Skip to main content

Descargar Ley del Seguro de Desempleo en PDF – Reforma Hacendaria 2014

 

El pasado 8 de Septiembre, 2013, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso la Iniciativa de Reformas Fiscales para 2014, entre las cuales esta la creación de la del Seguro de Desempleo. A continuación les dejamos una pequeña introducción con lo mas importante al respecto de esta iniciativa de Ley la cual podrá empezar el próximo 2014.

Ley del seguro de desempleo 2014

El objetivo que persigue esta ley consiste en establecer los términos y condiciones para otorgar el acceso al Seguro de Desempleo en beneficio de los Trabajadores, a que se refiere el último párrafo del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo al que también se propone modificar; esta ley apoyará a los trabajadores formales por un plazo de seis meses y se otorgará en una sola ocasión dentro de un periodo de cinco años, siempre que cumplan con los requisitos siguientes:

  • a) Contar con Cotizaciones al Seguro, por lo menos por veinticuatro meses en un periodo no mayor a treinta y seis meses, a partir de su afiliación o desde la fecha en que se devengó el último pago mensual de la prestación.
  • b) Haber permanecido en situación de desempleo al menos 45 días naturales consecutivos.
  • c) No percibir otros ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión, apoyo por desempleo, u otro de naturaleza similar.
  • d) Acreditar el cumplimiento de los requisitos comprendidos en los programas de promoción, colocación y capacitación a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

La administración y operación de este seguro estará a cargo del IMSS y del ISSSTE, el del mismo se obtendrá de dos formas, la primera a través de la aportación forzosa a cargo del patrón, equivalente a 3% sobre el salario del trabajador y los rendimientos que este genere; la segunda vía será mediante el subsidio que pague el Gobierno Federal.

En este capítulo se establece que para hacer frente a los conflictos económicos que la situación de desempleo implica, el seguro de desempleo consistirá en máximo seis pagos mensuales, divididos en dos etapas. La primera etapa comprende los dos primeros pagos, por un monto establecido con base en el promedio de las últimas veinticuatro cotizaciones, correspondiente al 60% para el primer pago y 50% en el segundo pago. Para los cuatro pagos siguientes, el monto mensual será equivalente al 40% del salario promedio antes descrito.

Calculadora ISR 2025 de Regalo: Descárgala y calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2025 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!

En caso de que el saldo disponible de la subcuenta mixta no sea suficiente para cubrir los pagos correspondientes, se utilizarán recursos del Fondo Solidario para cubrir la diferencia, hasta por un pago equivalente a un mes de salario mínimo por cada mes que falte por cubrir la prestación. Asimismo, cuando el saldo del Fondo Solidario sea insuficiente, el Gobierno Federal cubrirá un pago por la diferencia que subsista con el equivalente a un mes de salario mínimo por cada mes que falte de cubrir la prestación.

Toda vez que la iniciativa de ley que nos ocupa tiene como propósito evitar el efecto negativo que implica dejar de percibir ingresos laborales, así como establecer requisitos precisos para fomentar la formalidad en el empleo, se incluyen como beneficiarios del seguro a personas que hayan prestado sus servicios por contrato por tiempo determinado, por temporada, para obra determinada, sujeto a prueba, capacitación inicial, eventuales y estacionales.

Para estos casos, se deberá cumplir con los requisitos relativos al tiempo de desempleo, no percepción de otros ingresos y cumplimiento de los requisitos de los programas a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como contar al menos con seis meses de cotizaciones al seguro de desempleo en un periodo no mayor a doce meses a partir de su afiliación o desde la fecha en que se devengó por última vez la prestación, pudiendo considerarse como  cotizaciones las que, de manera sucesiva y en el mismo periodo, se hayan realizado en términos de la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

En estos supuestos, el pago se realizará en una sola exhibición con cargo a los recursos acumulados, y no podrá exceder del equivalente a dos veces el salario promedio de los últimos seis meses de cotizaciones registradas. Por otra parte, para el caso de que se hayan prestado servicios a varios patrones, la prestación se determinará tomando en cuenta para su cálculo la suma de los salarios que hayan sido percibidos de manera simultánea en los distintos empleos, cuyo monto no podrá exceder de veinticinco veces el salario mínimo.

Finalmente, en atención a la temporalidad del seguro de desempleo, el pago de la prestación terminará, cuando:

  • 1. Se hayan cobrado la totalidad de las exhibiciones antes señaladas;
  • 2. El desempleado se reincorpore a una relación laboral;
  • 3. El desempleado perciba algún tipo de ingreso económico por concepto de jubilación, pensión, apoyo por desempleo, u otro de naturaleza similar;
  • 4. El desempleado incumpla con las obligaciones establecidas en los programas de promoción, colocación y capacitación a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
  • 5. El desempleado fallezca.

Para descargar esta propuesta de Reforma lo puedes hacer desde el siguiente enlace: Ley del Seguro de Desempleo propuesta para 2014

Dejanos tu comentario

Accede gratis a la aplicación web para la Descarga Masiva de XML del SAT

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga gratis la calculadora 2025 de ISR, IMSS e Infonavit en Excel.

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga la Tablas de ISR para 2025 en Excel de regalo de la RMF (Anexo 8).

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Escanea el código