Ya se encuentra habilitado el aplicativo del SAT para el envío de la declaración anual de las Personas Físicas que hayan recibido ingresos por sueldos, salarios y/o asimilados en 2018, teniendo que presentarla a más tardar el martes 30 de abril de 2019.
El envío de la declaración al SAT como asalariado es obligatoria si se encuentran en alguno de estos supuestos:
- Si obtuvieron ingresos de dos o más patrones.
- Si dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2018.
- Si recibieron ingresos anuales que excedan de 400 mil pesos.
- Si obtuvieron ingresos por salarios de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones.
- Si recibieron ingresos por indemnización o jubilación.
Están exentos de la obligación de presentar Declaración Anual quienes se ubican en alguno de los siguientes supuestos:
- Si obtuvieron ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón, y siempre que el patrón haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso los superiores a 400 mil pesos.
- Si recibieron ingresos por salarios y que, en su caso, hayan obtenido ingresos por intereses nominales que no hayan excedido de 20 mil pesos.
Prellenado de la declaración anual 2018
El SAT considera la información de los CFDI que recibió el contribuyente para prellenar los campos de la declaración anual del asalariado, este es el mensaje que muestra el SAT al generar la declaración del contribuyente:
Para el prellenado de tu declaración anual, el Servicio de Administración Tributaria cuenta con información presentada por tu(s) retenedor(es) así como de las facturas emitidas a tu nombre. Favor de verificarla o en su caso modificarla
Se recomienda utilizar el visor de nóminas del SAT como trabajador, para corroborar la información que el SAT consideró para el llenado de los ingresos y retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del trabajador.
Deducciones Personales
El SAT también considera los CFDI que recibió el contribuyente en el ejercicio 2018 para aplicarlos en la declaración anual y así disminuir el pago de ISR. En el caso de constancias de créditos hipotecarios o aportaciones a cuentas de ahorro para el retiro, estas debieron de haberse emitido en 2019 antes del envío de la declaración anual del asalariado.
Dentro del aplicativo del SAT es posible ingresar de forma manual las diferentes deducciones personales.
Se recomienda encarecidamente que si el contribuyente agrega deducciones personales de forma manual, estas sean sustentadas con CFDI`s emitidos correctamente y que estos cumplan con los requisitos de las deducciones que indica el SAT.
Propuesta del SAT
Al ingresar al aplicativo el SAT tiene precargada la información, mostrando el resultado de la declaración anual, si estás de acuerdo con la propuesta automática del SAT, puedes continuar con el envió de la declaración anual como asalariado, dando clic en “Acepto propuesta” o dar clic en “No aceptó propuesta” para que te permita modificar y agregar la información que consideras como correcta.
Devolución de ISR a favor
El SAT pone a tu consideración una propuesta de tu Declaración Anual basada en los datos obtenidos en los comprobantes de nómina que emitió tu retenedor (patrón) y, las facturas emitidas a tu nombre, que pueden constituirse como deducciones personales.
Revisa la información en el botón de detalle y, si estás de acuerdo, da clic en Acepto, y podrás obtener tu devolución a partir de 5 días. Para modificar la propuesta, da clic en No Acepto.
Cuenta bancaria para la devolución del saldo a favor
Si obtuviste saldo a favor en el calculo del ISR anual como asalariado, puedes solicitar la devolución de forma automática, si ya tienes registrada la cuenta CLABE de tu banco en el aplicativo del SAT puedes seleccionarla y enviar la declaración con la contraseña.
Pero si vas a registrar una nueva cuenta CLABE, tendrás que utilizar la e.firma (FIEL) al momento de enviar la declaración anual, para que el depósito del saldo a favor se haga en la nueva cuenta registrada.
Seguimiento de la devolución automática
Los contribuyentes que hayan solicitado la devolución del saldo a favor de ISR podrán consultar el estatus en la página del SAT, ingresando a la sección de “Consulta tu devolución automática”.
Solo que, para poder realizar la consulta del estatus de la devolución automática, el SAT pide al contribuyente que tenga habilitado el “Buzón Tributario”.
A darle clic en “Aceptar” redirigirá al contribuyente a ingresar el medio de contacto y habilitar el buzón tributario, que necesitará firmar con la FIEL o e.firma.
Saldo por pagar de ISR en declaración anual
En dado caso de que el contribuyente tenga como resultado un saldo a pagar de ISR, este lo puede hacer en un solo pago o en parcialidades. Si elige el pago en parcialidades, la declaración anual deberá ser enviada antes del vencimiento del plazo, seleccionando dentro de la determinación del pago que “Opta por pagar en parcialidades”.
Al enviar la declaración generará las 6 líneas de captura para el pago de las parcialidades.
Recuerda que al elegir el pago en parcialidades se cobrará una tasa de interés del 1.26% mensual sobre el saldo insoluto.

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En mi declaración me toco pagar, lo hice en una sola exhibición el 22 de abril, pero cuando voy ha declaraciones pagadas no aparece mi pago, llame Hacienda y me dicen que me espere a que entre el pago, pero fue por transferencia electrónica, nunca me había pasado que se tardara el pago, siempre era inmediato, a alguien le ha pasado igual?