El Programa Crezcamos Juntos fue presentado para ampliar las facilidades del Régimen de Incorporación Fiscal el cual busca hacer atractiva la transición a la formalidad
La estrategia Crezcamos Juntos parte de tres premisas fundamentales:
- Combatir la informalidad de manera integral, transversal;
- La innovación, para generar incentivos dirigidos a quien hoy decide estar en la informalidad, como el Régimen de Incorporación Fiscal y el Régimen de Incorporación a la Seguridad Social, y
- La comunicación en todos los niveles, en todo el país, para que se conozcan los beneficios, se comprendan los mecanismos y reciban la asesoría para ser formales.
Los beneficios para las personas que se sumen a este esfuerzo son acceso a los servicios médicos y sociales del IMSS para el dueño del negocio y para sus empleados; pensión para el retiro y créditos a la vivienda.
También contarán con descuentos en el pago del Impuesto sobre la Renta durante 10 años; apoyos económicos a los pequeños empresarios a través del Instituto Nacional del Emprendedor; créditos para los negocios y sus empleados, gracias a las garantías que otorgará Nacional Financiera, y acceso a los programas de capacitación en el trabajo mediante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Decreto de Beneficios Fiscales para RIF
Se firmó un decreto que contempla tres medidas para ampliar las facilidades y los beneficios del Régimen de Incorporación Fiscal el cual fue publicado el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación.
- Que los contribuyentes que realicen ventas al público en general, hasta por 100 mil pesos anuales no pagarán el Impuesto al Valor Agregado (IVA) ni el Impuesto Especial de Producción y Servicios (IEPS), durante los primeros diez años.
- Que los contribuyentes con ventas al público en general, con ingresos entre 100 mil y 2 millones de pesos anuales no pagarán IVA ni IEPS en su primer año de incorporación y se les otorgarán descuentos durante los siguientes nueve años.
- Sera más sencillo para calcular los impuestos, ya que bastará con que especifiquen dos datos: la actividad a la que se dedican y el monto de sus ingresos.
Fuente: SAT
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