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ecotecnologia infonavit 2011 Se dieron a conocer los cambios a las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Infonavit, por virtud de los cuales se incorpora el concepto de las ecotecnologías

se entenderá por Ecotecnologías: los aparatos y equipos que estén instalados o que se incorporen a las viviendas y que, utilizando tecnologías modernas y eficientes, hagan posible el ahorro en el consumo de energía y agua.

Este concepto ira ligado en los siguientes aspectos:

  • La vivienda que se pretenda adquirir, construir, reparar, ampliar, mejorar, o por la que se pretenda cubrir pasivos adquiridos por cualquiera de estos conceptos, deberá ser cómoda e higiénica y estar ubicada en zonas que cuenten con toda la infraestructura urbana: servicios de agua potable, energía eléctrica, drenaje o, en su defecto, fosa séptica y contar con la presencia de ecotecnologías.
  • La vivienda deberá tener una vida útil probable de 30 años, a partir del otorgamiento del crédito y ser garantía suficiente del mismo.
  • el total del crédito otorgado por el Instituto no podrá exceder de la suma del monto máximo señalado en las tablas correspondientes y del tope de ecotecnologías, y
  • el Infonavit incorporará en el importe de la cuota mensual de amortización el monto del pago correspondiente a la amortización del crédito otorgado por ecotecnologías

Asimismo se señala que el Infonavit podrá:

  • otorgar los montos máximos de crédito establecidos en las Tablas siempre y cuando transfiera a una entidad financiera el porcentaje del crédito otorgado. En este caso el saldo de la subcuenta de vivienda se podrá aplicar parcialmente junto con el monto del crédito y así la suma total por concepto de crédito más el saldo de la subcuenta de vivienda que podrán recibir los trabajadores no estará sujeta a ningún límite máximo, y
  • aplicar el saldo de la subcuenta de vivienda de la cuenta individual, para reducir el saldo insoluto del crédito o para mejorar las condiciones financieras de éste

Las solicitudes de crédito presentadas al Instituto con anterioridad a la entrada en vigor de las presentes Reglas, se tramitarán conforme a las disposiciones vigentes en la fecha de presentación de dichas solicitudes.

Esta regla entra en vigor el día 1ro de enero de 2011.

Fuente: DOF

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