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Debido al cambio en la forma de captura en el aplicativo del SAT, se han detectado algunos errores, sobre todo en la información precargada de la “Determinación de la nómina a deducir”, la cual afecta a otros apartados que a continuación se expondrán en este articulo.

Veamos como va el formato de la declaración anual 2019 de las Personas Morales del título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, respecto a la actualización de los CFDI de nómina esta información ya está actualizada al 16/02/2020.

En el apartado de deducciones, respecto a los no deducibles de los exentos ya se corrigió el error que duplicaba los exentos y los campos de nómina por sueldos y salarios, así como total de nómina exenta ya se pueden modificar manualmente, anteriormente estos campos no se podían modificar, el motivo para modificar estos datos es que no estén actualizados, ya que están desfasados en su actualización.

Antes de la corrección de la declaración los datos de sueldos en los campos nómina por sueldos y salarios, total de nómina exenta y monto deducible no se podían modificar, ver imagen 1, después de la corrección ya son modificables ver imagen 2.

Imagen 1

Imagen 2

Respecto al apartado de asimilados a salarios resulta los mismo antes de la corrección y posterior a ella.

Formato antes de la modificación.

Formato posterior a la modificación

El problema que sigue es el siguiente:

De la nómina se tiene la siguiente información correspondiente al ejercicio de 2019.

Percepciones
Clave Percepción Gravado Exento
1 SUELDO 2,507,424.76 0.00
1 VACACIONES 118,837.85 0.00
1 GRATIFICACION 20,821.56 0.00
2 AGUINALDO 74,161.54 30,755.76
3 REPARTO DE UTILIDADES 101,920.50 12,673.50
19 HORAS EXTRAS DOBLES 40,422.77 40,422.77
21 PRIMA VACACIONAL 15,698.87 13,717.87
22 PRIMA DE ANTIGUEDAD 88,889.55 225,712.99
25 INDEMNIZACION 741,692.31 557,439.95
28 COMISIONES 44,338.00 0.00
29 DESPENSA 0.00 14,000.00
Total de sueldos 3,754,207.71 894,722.84

Como se puede observar si empatan los ingresos exentos del programa del SAT con los cálculos de la empresa respecto a los XML de nómina, pero cuando se multiplica por el factor de deducibles de los exentos tenemos lo siguiente:

Total sueldos 894,722.84
(x) Factor de deducibles 0.53
(=) Deducibles de los exentos 474,203.11
No deducibles de los exentos 420,519.73

Si coinciden los datos con el sistema, pero en la parte deducible esta considerando la PTU exenta deducible al 0.53

Gravada Exenta Total
Total PTU pagada 101,920.50 12,673.50 114,594.00
(x) Factor de no deducibles de los exentos 0.47
(=) PTU no deducible 101,920.50 5,956.55 107,877.05

Ahora determinemos la parte no deducible de la nómina

Total de sueldos exentos 894,722.84
(-) PTU pagada exenta 12,673.50
(=) Base de los exentos 882,049.34
(x) Factor de no deducibles 0.47
(=) No deducibles de los exentos 414,563.19
(+) PTU gravada 101,920.50
(=) Nómina no deducible 516,483.69

Si lo comparamos con lo que tiene el programa del SAT.

Si realizamos las operaciones veremos que vuelve a sumar el importe de la PTU exenta, por lo tanto duplica este importe en la parte no deducible.

Total de sueldos exentos 894,722.84
(-) PTU pagada exenta 12,673.50
(=) Base de los exentos 882,049.34
(x) Factor de no deducibles 0.47
(=) No deducibles de los exentos 414,563.19
(+) PTU gravada 101,920.50
(=) Nómina no deducible 516,483.69
(-) Total del programa del SAT 529,157.00
(=) Diferencia de más que tiene el SAT -12,673.31

Y si capturamos el importe de los no deducibles en la parte de sueldos, el importe se suma a los no deducibles que ya se traían.

Veamos si seguimos las instrucciones de llenado de la pantalla de sueldos la cual indica lo siguiente:

Se establece que debemos de capturar la información de la nómina de salarios y asimilados a salarios no deducibles, entonces llenemos los campos de sueldos.

Ahora calculemos la parte de la nómina deducible de acuerdo con las disposiciones fiscales.

Total de sueldos gravados 3,754,207.71
(-) PTU gravada 101,920.50
(+) Deducible de los exentos
Total de sueldos exentos 894,722.84
(-) PTU exenta 12,673.50
(=) Base de los exentos 882,049.34
(x) Factor de deducibles 0.53
(=) Nómina deducible de los exentos 467,486.15
(=) Nómina deducible del ejercicio 4,119,773.36

Como se puede observar si capturamos la información como lo indican las instrucciones perderemos la deducción del importe capturado en el campo de nómina no deducible por sueldos y salarios que es de $516,482.36, por lo que si continúa el error para resolver el problema en el campo mencionado debemos de capturar $0.

Y entonces ya checa el importe a deducir de sueldos y salario.

Pero para el cálculo de la PTU se vuelve a tener el error de la nómina no deducible de sueldos y salarios, porque arrastra la duplicidad de deducir la PTU exenta, pero afortunadamente ya se pueden modificar los datos de INGRESOS ACUMULABLES Y SALARIOS Y PRESTACIONES EXENTAS NO DEDUCIBLES.

Pantalla de la versión antes de la modificación.

Pantalla de la versión ya actualizada.

Por lo que esperemos que la autoridad siga corrigiendo los errores del formato ya que el plazo se vence el 31/03/2020 y no sabemos si la autoridad dará prorroga para su presentación debido a los errores que contiene la declaración.

Los contribuyentes que ya presentaron la declaración tendrán que presentar la declaración complementaria con la “nueva versión”.

Y entonces sí ya es modificable el apartado de asimilados a salarios que pasa con su pregunta frecuente 13 del SAT.

Soy una Sociedad o asociación Civil y distribuyo anticipos de rendimientos que se timbran como CFDI de nómina y no deben ser deducibles como nómina, ¿Cómo deben ser incluidos en las deducciones autorizadas y en la determinación del coeficiente de utilidad?

Dentro de la ventana de Sueldos, salarios y asimilados, en el apartado de “Nómina por asimilados a salarios” están incluidos los CFDI de asimilados que se pagaron como anticipos de rendimientos, los cuales deben de disminuirse capturando el importe que corresponda en el campo “Nómina no deducible por asimilados a salarios”, mismo importe que deberá de agregar en el campo de “Gastos” seleccionando la opción “Los anticipos y los rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción y los que entreguen las sociedades y asociaciones civiles a sus miembros” para que este mismo importe se utilice en la determinación de su coeficiente de utilidad.

En esta ventana deberá de capturarlos para disminuirlos de la nómina.

En esta otra ventana podrás agregar los conceptos de nómina disminuidos para que sean considerados como una deducción autorizada.

En la determinación del coeficiente de utilidad, se muestra el concepto agregado en gastos el importe que se adiciona a la utilidad fiscal o se disminuye de la pérdida fiscal según corresponda el monto de los anticipos que pagan las sociedades civiles.

Como se puede observar en su pregunta dice que los anticipos y rendimientos se capturen el campo de NÓMINA NO DEDUCIBLE POR ASIMILADOS A SALARIOS, o sería conveniente modificar el campo de NÓMINA DE ASIMILADOS A SALARIOS?
 
 

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