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Como Presentar Mi Aviso de Suspensión de Actividades del SAT como Persona Física

 

El Servicio de Administración Tributaria [SAT], pone a su disposición el servicio de presentar por Internet el aviso de Suspensión de actividades, ingresando a la página del SAT www.sat.gob.mx en la sección “Mi Portal”, mediante su clave del Registro Federal de Contribuyentes [RFC] y Contraseña. El aviso debe presentarse cuando el contribuyente persona física, interrumpa todas sus actividades económicas que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas, siempre que no deba cumplir con otras obligaciones fiscales periódicas de pago, por sí mismo o por cuenta de terceros, supuesto en el cual procedería, en su caso, el de actualización de actividades económicas y obligaciones o de apertura de la sucesión.

Para realizar este trámite, es necesario que disponga de lo siguiente:

  • Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Contraseña.
  • PC con servicio de Internet.
  • Impresora.

El aviso de suspensión de actividades se tendrá por presentado, cuando cumpla con los requisitos establecidos en el Catálogo de Servicios y Trámites [CST], publicado en la página de Internet del SAT [www.sat.gob.mx] y haya capturado correctamente la información presentada, conforme a la presente Guía.

Es de señalar que las disposiciones fiscales que regulan la presentación del aviso de suspensión de actividades son: el Artículo 27 primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, así como los Artículos 25 fracción V y penúltimo párrafo, y 26 fracción IV inciso a) del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, vigente, destacando que el contribuyente debe presentar el aviso de suspensión de actividades, dentro del mes siguiente al día en el que tenga lugar dicho cambio.

Usted no tendrá que acudir a algún Módulo de Servicios Tributarios de las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente (ALS) del SAT a concluir su trámite, el trámite inicia y concluye por Internet, y por lo tanto, no requiere anexar documentación alguna.

Este trámite también puede presentarlo en las salas de Internet de la ALSC de su preferencia o en el Centro Nacional de Consulta.

Criterios de Operación que debe considerar al procesar la Suspensión de Actividades por Internet

Los contribuyentes que se encuentren cancelados en el RFC, no podrán operar el aviso de suspensión de actividades por internet; en caso de intentarlo, el sistema emitirá un mensaje que le impedirá continuar con el trámite.

El aviso de suspensión de actividades es exclusivo para personas físicas, sin embargo si usted tributa sólo en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, no podrá presentarlo por el canal de Internet y por tanto deberá acudir a las oficinas de la Entidad Federativa a la que corresponda su domicilio fiscal, a presentar dicho aviso.

Para operar este aviso, deberá seguir las instrucciones de la presente “Guía para presentar el Aviso de Suspensión de Actividades por Internet”.

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