A partir de septiembre de 2018 es obligatorio el uso del CFDI con el complemento para pagos, para aquellos contribuyentes que emitan un CFDI que no esté pagado al momento de su emisión, y que hayan reflejado en el método de pago PPD (pago en parcialidades o diferido) y forma de pago 99 (por definir).
Dentro de los principales campos a llenar es el nombre y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del banco al que se le realizo el deposito (cuenta destino o beneficiaria) y desde que banco se realizó el retiro (cuenta origen u ordenante), esto en caso de que se trate de una transferencia bancaria por medio de SPEI (Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios) o TEF (Transferencia Electrónica de Fondos).
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