El uso del CFDI para pagos es una realidad que se había postergado durante algunos meses en 2018, a partir del 1ro de septiembre el SAT obliga a los contribuyentes que emitan sus CFDI con método de pago PPD (pago en parcialidades o diferido) a emitir un Recibo Electrónico de Pago (REP) con la información del pago a más tardar el día 10 del mes posterior en el que se recibió el pago.
Durante la etapa de transición nos hemos topado con dudas respecto al manejo del REP que se plantean en comentarios o eventos en línea que hemos organizado.
El propósito de este articulo es exponer cuales son las recomendaciones respecto a las actividades administrativas y contables que incluirán el manejo, revisión y aplicación de facilidades por parte del SAT.
Es por eso que les dejamos las siguientes 7 actividades y las recomendaciones que surgen de cada una de ellas:
1 Revisión de los CFDI de pagos emitidos y recibidos
Aunque tengas alguna aplicación que elabore de forma automática los CFDI para pagos, estas pueden llegar a fallar. Es necesario mantener un control permanente que revise que los datos enviados en el CFDI de pagos sean los correctos.
Estos son alguno de los posibles problemas que se generarán al momento de emitir un REP:
- Números de parcialidades erróneas o repetidas, se tiene que monitorear que los consecutivos de parcialidades sean los correctos.
- Fecha errónea de cobro puede generar diferencias en el calculo de impuestos ante el SAT.
- UUID relacionado en el REP no corresponde al CFDI de ingresos.
Es importante que los importes y datos que se envíen en el REP se revisen antes y después de su timbrado, ya que es probable que alguno esté incorrecto al permitir el SAT timbrar los datos que el contribuyente ingrese en cada REP.
2 CFDI recibido vs CFDI de pagos
Si bien la obligación de emitir el CFDI con el complemento para pagos recae en el proveedor, es necesario considerar las siguientes recomendaciones en la recepción de los REP:
- Monitorear cuáles son las facturas recibidas que se deban y que estas contengan el método de pago PPD y forma de pago 99 (por definir).
- Amarrar los pagos de facturas con PPD con su respectivo REP, considerando la fecha límite de 10 días del mes siguiente en que se realizó el pago.
- Revisar que los datos del REP recibido sean correctos y se vinculen al CFDI de ingreso correctamente.
Si se encontrara algún dato erróneo, se debe hacer saber al emisor para que realice las correcciones necesarias y esto no acarree problemas futuros.
3 CFDI emitido vs CFDI de pagos
Esta es la actividad más importante que se tiene que cuidar, ya que el emisor de los CFDI de ingresos con método de pago PPD y forma de pago 99, tienen la obligación de emitir el o los REP que amparen la liquidación de dicho CFDI de ingresos.
Estas son las recomendaciones para este tipo de CFDI y que necesitan un REP para comprobar su cobro:
Mantener comunicación con el departamento de cuentas por pagar y contabilidad, amarrando los CFDI de ingresos cobrados y por cobrar.
- Es muy importante llevar un control de los pagos realizados en parcialidades, monitoreando que el número de parcialidad sea el correcto y no tener que corregir todos los REP emitidos en caso de tener algún error.
- Si el CFDI de ingresos se va a pagar antes del día 17 del siguiente mes y se conoce la forma de pago, se puede emitir con método de pago PUE y no será necesario el REP (ver siguiente recomendación).
4 CFDI de ingresos que se les aplica la facilidad de la regla 2.7.1.44
A partir del 1ro de septiembre de 2018, el SAT permite que los contribuyentes que conozcan cuál va a ser la forma de pago, pueden ponerla si esta va a ser pagada el mismo mes o a más tardar el día 17 del mes siguiente a su emisión. Debiendo poner el método de pago PUE (pago en una sola exhibición) en el CFDI de ingresos, evitando con esta facilidad el emitir el CFDI de pagos por los CFDI´s que no han sido pagados al momento de su emisión.
Al aplicar esta facilidad, tanto el emisor del CFDI de ingresos como el receptor están aceptando que el pago del CFDI se realizará a más tardar el día 17 del mes siguiente a su emisión.
Pero si este no fue pagado a esa fecha, se tendrá que corregir la emisión, cancelando el CFDI de ingresos, para volver a emitirse con método de pago PPD y forma de pago 99. Al realizar la corrección antes mencionada, será necesario emitir el REP cuando sea efectivamente pagado.
5 CFDI de pago emitido por un CFDI con método de pago PUE
Puede surgir el caso al momento de la revisión interna del contribuyente que emitió un REP relacionando un CFDI de ingresos que se considerar como pagado, ya que al momento de su emisión se le asignó el método de pago PUE.
Esta situación se podrá detectar cuando el receptor del REP quiera amarrar el comprobante con las facturas que tiene por pagar, pero esta no contenga el método de pago PPD y forma de pago 99.
Si se presenta este caso, se tendrá que analizar si fue error al emitir un REP de un CFDI que se considera como pagado o si el error se genero al momento de emitir el CFDI de ingresos con método de pago PUE.
6 Avisos al receptor de los CFDI de pagos
Es recomendable que su sistema de emisión de CFDI de pagos envié de forma automática el XML y PDF del REP al receptor e incluso al área contable interna, para que se pueda trabajar en el amarre con los CFDI de ingresos y sea posible detectar errores a tiempo.
La mayoría de los sistema de facturación en línea dan la opción de enviar los XML y PDF al receptor del REP.
7 Herramientas recomendadas
Por último me gustaría recomendarte algunas de las herramientas que distribuimos en ContadorMx.net y que ya forman parte imprescindible en las actividades de las empresas que los adquieren, refiriéndonos a la emisión, manejo y revisión del REP, estas son las recomendaciones para nuestros lectores:
- Descarga y organización de los XML´s que incluye el CFDI de pagos (SAT y correo electrónico)
- Ok CFDI, analiza de forma masiva los XML y detecta errores en su emisión.
- Sistema de facturación integral que incluye CFDI de pagos
Espero te sirvan las sugerencias de este articulo, pero si tienes alguna otra que compartir con nosotros, déjanos tu comentario y con gusto lo publicamos para hacerlo llegar a los lectores de este blog.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Muchas gracias por estas cápsulas, es sin duda un buen servicio para los que no tenemos otro recurso para estar al corriente de las leyes fiscales
muchas gracias Contador MX.
Buen dia!!
Solo una pregunta, hubo un error al emitir el complemento de pago, se hizo la cancelacion correspondiente, y al emitir el correcto me aparece la parcialidad numero 2, cuando es solo un pago, esto trae problemas fiscales???
Hay problemas para el receptor del pago si aparece parcialidad dos???
Ojala me respondan.
Muchas gracias!!