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Cada vez se hacen más extensas las guías del SAT, en el caso de la guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento que publica el SAT no es la excepción, ya que pasó de 85 a 102 páginas desde su última actualización.

En la propia guía de emisión del CFDI con el complemento de nóminas del SAT al final del ella, se mencionan los cambios los cuales los enlistamos a continuación:

  • Se realizó actualización a dirección electrónica de los siguientes apartados: Documentación técnica, Consulta preguntas frecuentes del complemento de nómina 1.2., Chat y materiales de apoyo de la Introducción.
  • Se agregó en el campo “LugarExpedicion” del comprobante, que hace referencia a la regla 2.7.1.32., fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
  • Se agregó nota en el campo Total del comprobante, para indicar que este valor debe coincidir con los importes de los totales y estos con el detalle de percepciones y deducciones.
  • Se agregó una nota en el campo “Rfc” del Nodo: Receptor a nivel Comprobante, para indicar el RFC que se debe registrar en el caso de que el trabajador ya haya fallecido.
  • Se precisa redacción y se agregó nota en el campo TotalPercepciones del Nodo: Nómina.
  • Se agregó nota en el campo TotalDeducciones del Nodo:Nomina, para indicar que el importe de este campo debe coincidir con la suma de todas las deducciones (descuentos) que considere el comprobante.
  • Se precisa redacción en el campo RfcPatronOrigen del Nodo Emisor del Complemento de Nómina.
  • Se adicionó un tercer párrafo en el campo “Curp” del Nodo: Receptor del Complemento de Nómina, para precisar la clave de RFC que se debe registrar en caso de residente extranjero sin clave CURP.
  • Se actualizó tabla con la incorporación de la clave “013” Indemnización o Separación del CatálogoTipoRegimen en el campo TipoRegimen del Nodo:Receptor.
  • Se modifican los datos registrados en los ejemplos del campo “PorcentajeTIempo” del Nodo:SubContratacion del Complemento de Nómina.
  • Se agregó nota en los campos TotalSueldos, TotalSeparacionIndemnizacion, TotalJubilaciónPensionRetiro del Nodo:Percepción, para indicar que el importe de este campo tiene que ser la suma de todas las percepciones gravadas y exentas de los conceptos de sueldos y salarios y conceptos asimilados a salarios que incluya el comprobante.
  • Se agregó nota al campo TotalExento del Nodo:Percepciones para indicar que el total de ingresos exentos no puede ser mayor al total de las percepciones que se registraron en el comprobante.
  • Se agregó nota en el campo Concepto del Nodo:Percepción, para indicar que, aunque la descripción no coincida con la descripción del catálogo c_TipoPercepción, esta debe tener relación y ser concordante con la descripción de la clave.
  • Se agregó nota en el campo TotalImpuestosRetenidos del Nodo:Deducciones, para indicar que no debe existir un importe mayor a cero en el ISR retenido , cuando el trabajador sólo percibe ingresos exentos.
  • Se agregó párrafo al campo TipoDeduccion del Nodo:Deduccion, para  indicar que si  fueron utilizadas de forma errónea las clave tipo deducción 65,66, 69 y 70, deberán cancelar los comprobantes emitidos volver a elaborarlos y expedirlos “timbrar” y relacionarlos con los cancelados.
  • Se agregó nota en el campo Concepto del Nodo:TipoDeduccion, para indicar para indicar que aunque la descripción no coincida con la descripción del catálogo c_TipoDeducción, esta debe tener relación y ser concordante con la descripción de la clave.
  • Se agregó nota en el campo TipoOtroPago del Nodo TipoOtroPagos, para indicar que en caso de que no exista subsidio entregado en efectivo al trabajador, se deberá verificar el Apéndice 5 de esta guía.
  • Se agregó nota en el campo Subsidio Causado del Nodo:SubsidioAlEmpleo para indicar que en caso de que no exista subsidio entregado en efectivo al trabajador, se deberá verificar el Apéndice 5 de esta guía.
  • Se agregó notas 4,5,6,7, 8, 9, 10, 11 y 12 al Apéndice 1 Notas Generales.
  • Se actualizó la dirección electrónica de los catálogos del comprobante del Apéndice 2.
  • Se adicionaron las preguntas 24, 25,26 y 27 en el Apéndice 3 Preguntas y respuestas sobre el Complemento de nómina versión 1.2. Se corrige la palabra CFDI en el Apéndice 4 Caso de Uso Reporte de viáticos.
  • Se adicionó el Apéndice 5 Procedimiento para el registro del subsidio al empleo causado, cuando no se entregó en efectivo.
  • Se adicionó el Apéndice 6  Matriz de percepciones y deducciones para el pre llenado de nómina.
  • Se adicionan las claves “051” (Pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a extrabajadores derivados de jubilación en parcialidades), “052” (Pagos que se realicen a extrabajdores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de resolución judicial o de un laudo) y “53” (Pagos que se realicen a ex trabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de resolución judicial o de un laudo) en el catálogo TipoPercepción, para identificar este tipo de pagos.
  • Se adicionan las claves “102” (Ajuste a pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a extrabajadores derivados de jubilación en parcialidades, gravados) y “103” (Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados), “104” (Ajuste a pagos que se realicen a ex trabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos), “105” (Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados) y “106” (Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos) para identificar los ajustes a las claves tipo percepción “051”, “052” y “053”.
  • Se adiciona la clave “13” (Indemnización o separación en el catálogo TipoRegimen.

Preguntas Frecuentes dentro de la guía del SAT para el CFDI de nomina

En base a las consultas realizadas por los contribuyentes al SAT, respecto a la correcta emisión del CFDI con el complemento de nomina, se crearon nuevas respuestas a preguntas frecuentes, las cuales transcribimos a continuación:

Para el caso del fondo de ahorro de los trabajadores, con el objeto de no duplicar el registro de los ingresos del trabajador, ¿Cómo debe registrarse en el Complemento de sueldos, salarios e ingresos asimilados?, ¿Cómo un ingreso en cada pago y una deducción por aportación patronal al fondo de ahorro? ¿O se registra hasta que se cobra el monto ahorrado y los intereses?

Al ser las aportaciones patronales al fondo de ahorro una prestación derivada de la relación laboral, son ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado; de esta forma deben registrarse en el catálogo de percepciones del Complemento en cada pago de salarios que se realice, al mismo tiempo que debe registrarse en el catálogo de deducciones del Complemento el descuento correspondiente para realizar el depósito al fondo.

Al momento de percibir el monto ahorrado y los intereses, el pagador de éstos debe expedir un CFDI por este concepto, es decir por intereses, ya que se trata de estos y no de un sueldo, salario o ingreso asimilado a estos.

Fundamento Legal: Artículos 27, fracción XI,
93, fracción XI y 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

¿En qué momento y cómo se deberán reportar los gastos médicos mayores y el seguro de vida, se reportan cómo concepto de percepción del empleado?

Las primas que amparen estos seguros (por ambos conceptos) que sean otorgadas al trabajador por cuenta del patrón, al ser prestaciones derivadas de la relación laboral, se reportan en el Complemento, las primas a cargo del patrón primero como percepción y luego como deducción por pago de prima a cargo del patrón.

Cuando se realice el siniestro y esto de origen al pago de la cantidad asegurada por parte de la empresa asegurada, dichas cantidades no tienen el carácter de sueldos y salarios, y por ende no requieren ser incluidas en el Complemento.

Fundamento Legal: Artículos 27, fracción XI, 93, fracción XXI y
94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

En el caso de la deducción por pago de prima de gastos médicos mayores, ¿Se puede incluir una sola vez al año en un recibo de nómina?

La deducción por pago de prima se debe reflejar en el CFDI conforme se vaya devengando.

Fundamento Legal: Artículos 27, fracción XI, 93, fracción XXI y
94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Cuando se deba emitir un CFDI que sustituye a otro CFDI, ¿Qué debo hacer?

Se debe actuar en este orden:

1.- Primero se debe cancelar el CFDI que se va a sustituir, y

2.- Se debe emitir el nuevo CFDI en el cual se debe registrar en el campo TipoRelacion la clave “04” (Sustitución de los CFDI previos) y UUID del Nodo CFDIRelacionado se debe registrar el folio fiscal del comprobante que se va a sustituir.

Fundamento Legal: Guía de llenado del complemento de nómina,
publicada en el portal del SAT.

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