Prorroga para cambiar a Factura Electronica CFDI

Al parecer el SAT dio a las Personas Físicas para este 2014 un respiro de 3 meses para cambiar al esquema de Facturación Electrónica con CFDI. Como se había publicado en el Código Fiscal de la Federación para este 2014 en su articulo 29 que todas las personas físicas estarían obligadas a expedir CFDI a partir de 2014. Pero ahora con la publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 nos dice que las personas físicas con ingresos anuales de hasta 500 mil pesos tendrán los meses de enero, febrero y marzo de 2014 para migrar a factura electrónica, la facilidad se condiciona a que en abril de 2014 ya hayan migrado al nuevo esquema de facturación.

El SAT reitera que no habrá prórroga en la entrada en vigor de la factura electrónica a partir del 1 de enero de 2014, y que esta gradualidad está condicionada sólo a personas físicas obligadas a facturar y con ingresos anuales de hasta 500 mil pesos.

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Facturas Electronicas para Regimen de Incorporacion Fiscal a partir de 2014

 

A partir de 2014 todos los contribuyentes deberán de emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, al menos eso es lo que nos dice el SAT tan insistentemente. Los CFD y CBB’s ya no serán validos desde el 1ro de enero de 2014 por lo que todas las personas físicas que se encuentren en el régimen de Incorporación Fiscal deberán de emitir CFDI.

En 2014 todos los que estuvieron en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS)
automáticamente pasaran a estar registrados en el Régimen de Incorporación Fiscal y
los Régimen Intermedio tienen la posibilidad de elegir estar en este nuevo régimen,
presentando el aviso correspondiente.

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Requisitos para hacer los CFDI de Nomina y otras retenciones a partir de 2014

A partir del 1 de enero de 2014, deberás emitir recibos de pago de nómina en CFDI. Para la expedición de CFDI por concepto de nómina y otras retenciones debemos de considerar los requisitos básicos. Con las nuevas reformas aprobadas en el Diario Oficial de la Federación a partir de 2014 los contribuyentes que emitan pagos por concepto de nomina deberán de emitir estos Comprobantes Fiscales Digitales por cada pago que realicen.

Expedición de CFDI por concepto de nómina

Para los efectos del artículo 99, fracción III de la Ley de ISR, los CFDI que se emitan por las remuneraciones que se efectúen por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, deberán cumplir con el complemento que el SAT publique en su página de Internet. LISR 99 RMF X4

Artículo 99. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, tendrán las siguientes obligaciones:
……………….
III. Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804, primer párrafo, fracciones II y IV, de la Ley Federal de Trabajo.

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CFDI Nominas – Que Percepciones, Deducciones, Regimen de Contratacion y Banco deben Contener

 

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A partir del 1 de enero de 2014, deberás emitir recibos de pago de nómina en CFDI. Es esta pagina nos damos a la tarea de recabar información respecto a los pormenores de como deberán los contribuyentes de emitir estos comprobantes. En este articulo podrán ver las descripciones o atributos a incorporar en los recibos CFDI de Nomina se básicamente se dividen en 5 los cuales son:

  • 1. Régimen de Contratación del trabajador
  • 2. Catálogo de Bancos
  • 3. Riesgo Puesto
  • 4. Tipo de Percepción
  • 5. Tipo de Deducción
  • 6. Tipo de incapacidad

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CFDI para Pagos en Especie – Complemento para los Comprobantes Fiscales Digitales

 

xml logo thumb Complementos para CFDI – Elementos del XML en la Factura ElectronicaA continuación les dejamos la información referente al Pago en Especie y el complemento que deben de utilizar los CFDI al tratarse de estas actividades, la información es muy técnica por lo que si necesitan emitir este tipo de comprobantes en un futuro se aconseja acercarse a un experto en la materia.

El Complemento Pago en Especie se utiliza para integrarlo a un comprobante fiscal digital, la estructura resultante deberá integrarse como un nodo hijo del nodo /Comprobante/Complemento. Adicionalmente a su inclusión, se deberá definir el namespace correspondiente dentro del nodo Comprobante, así como referenciar la ubicación pública del esquema xsd correspondiente.

Por ejemplo, asumiendo que el contribuyente requiere integrar el namespace correspondiente al presente estándar se deberá incluir la referencia al namespace aplicable (https://www.sat.gob.mx/pagoenespecie) el cual se define mediante el esquema público definido en https://www.sat.gob.mx/sitio_internet/cfd/pagoenespecie/pagoenespecie.xsd y se vincularía de la siguiente forma:

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Requisitos de los Comprobantes Fiscales para 2014 – CFDI a partir del 1ro de Enero 2014

 

Hoy 09 de diciembre de 2013 se publico en el Diario Oficial de la Federación el Código Fiscal de la Federación que estará vigente a partir del 1ro de enero de 2014. Respecto a la Facturación Electrónica se encuentra el articulo 29-A del CFF 2014 donde nos dice que requisitos debe de contener un CFDI o Comprobante Fiscal Digital por Internet.

A continuación se transcribe lo expresado en el articulo 29-A del Código Fiscal de la Federación para 2014:

Requisitos Facturación Electrónica 2014

Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:

I. La clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida y el régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales.

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Declaracion Informativa Multiple DIM 2013 de Sueldos y Salarios – Puntos a Considerar en 2014

 

La Declaración Informativa Múltiple de Sueldos, Salarios y conceptos Asimilados 2013 aun es obligatoria para la Personas Físicas y Morales, esta se deberá presentar ante el SAT, con la información de las personas a quienes les hubieran efectuado retenciones de ISR por concepto de remuneraciones por Sueldos, Salarios y Conceptos Asimilados en el año de calendario anterior.

Declaración Informativa Múltiple 2013 para 2014

Los patrones tienen la obligación de presentar diversas declaraciones informativas, como son, entre otras:

  • Subsidio para el empleo.
  • Sueldos y salarios.
  • Retenciones por honorarios.
  • Retenciones por arrendamiento.
  • Retenciones del IVA.

Los contribuyentes obligados a presentar las declaraciones informativas antes citadas, correspondientes al 2013, incluyendo la información complementaria y extemporánea de éstas, deberán efectuarlas a través del programa DIM y anexos que lo integran, vía internet o en medios magnéticos, según corresponda, observando el procedimiento siguiente:

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