Regimen de Incorporacion, Pension Universal y Seguro de Desempleo – Motivantes para dejar la Informalidad

El 8 de septiembre de 2013 fue anunciado por Enrique Peña Nieto su paquete económico para el ejercicio 2014 el cual entregó al congreso para su análisis y aprobación por el congreso el día 13 de septiembre de mismo año. Los puntos a destacar en cuanto a la reforma SOCIAL es la siguiente parte del documento
original:

Medidas para promover la formalidad, reduciendo las barreras de acceso y ampliando los servicios de seguridad social.

Reconociendo que la informalidad representa una importante barrera para el crecimiento acelerado de la productividad, uno de los ejes de la Reforma Hacendaria consiste en promover la formalidad. Con ese fin, en la nueva Ley del ISR, se propone la inclusión de un Régimen de Incorporación Fiscal, con lo que se crea un punto de entrada para los negocios de pequeña escala al ámbito de la formalidad. El Régimen de Incorporación, en el que solamente podrán participar contribuyentes con ingresos anuales de hasta 1 millón de pesos, preparará a los negocios para el cumplimiento completo de sus obligaciones fiscales, a través del otorgamiento de descuentos decrecientes en el pago de impuestos durante los primeros años de participación. Adicionalmente, el Régimen permitirá a la autoridad contar con información para evitar que las grandes empresas utilicen operaciones con pequeños negocios para realizar prácticas de evasión fiscal.

Leer más…

Nuevo Régimen de Incorporación para Personas Físicas, Adiós REPECO – Iniciativa 2014

empresarioEsta Comisión Dictaminadora coincide con la propuesta del Ejecutivo Federal relativa a establecer el Régimen de Incorporación, el cual sustituirá el aplicable a las personas físicas con actividades empresariales con ingresos de hasta 4 millones de pesos anuales, esto es, el Régimen Intermedio, y el REPECOS. Mediante este nuevo régimen se pretende que las personas físicas con actividades empresariales y las que prestan servicios inicien el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en un esquema que les permita cumplir fácilmente con sus obligaciones tributarias, lo que trae aparejado el acceso a servicios de seguridad social, con lo que se creará un punto de entrada para los negocios a la formalidad, tanto en el ámbito fiscal como en el de la seguridad social.

Esta dictaminadora considera que dicho régimen prepara a las personas físicas para ingresar al general que regula el Título IV de la Ley cuya emisión se plantea por lo que se propone que el Régimen de Incorporación sea aplicable sólo a personas físicas con actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional. Se trataría de un régimen cedular y de aplicación temporal durante un periodo de hasta 6 años, sin posibilidad de volver a tributar en el mismo, por lo tanto, al séptimo año, estos contribuyentes se incorporarán al régimen general de personas físicas con actividad empresarial.

Leer más…

Limite de Deducciones por Consumo en Restaurantes sera del 8.5% – Iniciativa 2014

Conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente, las personas morales y las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, pueden efectuar la deducción de los consumos en restaurantes hasta por un monto equivalente al 12.5% del pago realizado.

La Comisión que probo la iniciativa comparte la opinión del Ejecutivo en el sentido de que este tipo de deducciones deben limitarse, considerando la necesidad de ampliar la base del impuesto sobre la renta y toda vez que las mismas se han prestado a abusos por parte de los contribuyentes que declaran para efectos fiscales consumos en restaurantes que no corresponden a los gastos necesarios para la realización de su actividad.

No obstante lo anterior, la que dictamina no concuerda con la Iniciativa en el sentido de que esta deducción deba eliminarse. Por lo tanto, propone mantener como deducible un porcentaje equivalente a 8.5% de los consumos realizados en restaurantes, siempre que el pago se realice mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria.

Leer más…

Cuales son las Actividades Vulnerables en la Ley Antilavado – Quienes Presentan los Avisos al SAT

A partir del 01 de septiembre de 2013, se deberán de integrar los expedientes de identificación de Clientes o Usuarios, cuando se involucren operaciones de compra o venta de dichos bienes en actos u operaciones, también a partir del 31 de octubre de 2013 presentaran Avisos a más tardar el día 17 del mes siguiente en el que se realizó el acto u operación a la Unidad de Inteligencia Financiera, por conducto del SAT. Para conocer mas acerca de las actividades vulnerables que están obligadas a presentar estos avisos al SAT les dejamos primero lo que deben de recabar de las personas con las que tengan operaciones, el seguimiento que se le debe de dar y una pequeña explicación de cada una de las actividades vulnerables en la Ley Anti Lavado.

Leer más…

Llevar la Contabilidad por Internet en la Pagina del SAT – Reforma al CFF 2014 de la Iniciativa

Una de las iniciativas de la Reforma al CFF 2014 es promover que se lleve La Contabilidad por internet a través de sistemas informáticos, esta dice que existe la necesidad de que los contribuyentes cumplan con elementos mínimos y características específicas y uniformes en materia de contabilidad, por lo que se propone modificar los artículos 28 y 30 del Código Fiscal de la Federación a efecto de que se logren tales propósitos, aunado a la pretensión de que la autoridad fiscal cuenta con una contabilidad más estructurada.

Por otra parte, también se plantea reformar el artículo 30-A del código tributario, a efecto de eliminar la información que los contribuyentes deban proporcionar mediante declaración informativa, en virtud de que la autoridad contara con ella a través de los comprobantes fiscales digitales por Internet.

Asimismo, la Iniciativa en estudio destaca la conveniencia de que se precise el alcance de la figura de contabilidad, que conceptualmente se define como un sistema de registro de ingresos y egresos, el cual es proporcionado sin costo alguno por la autoridad; de igual forma se explica que para las personas morales y físicas con actividad empresarial se propone la creación de un método electrónico estándar para la entrega de información contable, con el que se simplifique y facilite el cumplimiento, lo que atañe a 66% de los contribuyentes emisores de facturas aproximadamente.

Leer más…

Como serán las Notificaciones del SAT desde el Buzón Tributario en la pagina www.sat.gob.mx ?

Por C.P.C. Antonio González Rodríguez
agonzalezrodriguez@deloittemx.com

El pasado 14 de agosto se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, que entró en vigor el 15 de agosto. A continuación se mencionan los temas más importantes: En relación con las notificaciones de los actos administrativos que realice la autoridad fiscal a los contribuyentes, se adiciona una regla señalando que las notificaciones electrónicas por documento digital se harán a través del Buzón Tributario disponible en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en la opción Mi portal.

Leer más…

Requisitos de Facturación Electrónica para el CFDI 2014 – Iniciativa CFF Art. 29-A


Según la Iniciativa de la modificación al Código Fiscal de la Federación para 2014, se propone añadir en el penúltimo párrafo al artículo 29-A que se emitan los comprobantes fiscales digitales por Internet con las retenciones de impuestos. Entre otros cambios también se encuentra la de tener un elemento de control en las Facturas Electrónicas, se trata que cuando estas se paguen en una o en varias exhibiciones lo precisen dentro de la factura electrónica y en el caso de una sola exhibición se tendrá que emitir un comprobante fiscal de inmediato señalando el monto total de la operación y forma de pago.

A continuacion se transcribe como quedaria el articulo 29-A del Codigo Fiscal de la Federacion en dado caso de que se aprobara esta iniciativa (enfasis añadido):

Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:

Leer más…

Cambios en Obligaciones al Emitir Facturas Electronicas en 2014 – Iniciativa CFF Art. 29

La iniciativa de Reforma al Código Fiscal de la Federación para 2014 aprobada por los diputados en cuestión de emisión de Comprobantes fiscales Digitales por Internet para 2014, nos dice que pretenden extender a todas las operaciones que realizan los contribuyentes el uso de comprobantes fiscales por Internet, a efecto de emplearlo también para las retenciones que efectúen a otros contribuyentes y con esto en poco tiempo eliminar la obligación de emitir declaraciones informativas de retenciones y de expedir constancias (anexo 2 DIM).

Entre los cambios en la Facturación Electrónica para 2014, también se encuentra la obligación de entregar o poner a disposición de sus clientes el comprobante fiscal una vez sellado por el SAT o por un PAC, eliminando así el plazo de 3 días siguientes en que se realice la operación.

A continuación se transcribe el Articulo 29 del Código Fiscal de la Federación sujeto a aprobación:

Leer más…

Obligacion de los contribuyentes ingresar al Buzón Tributario–Notificaciones de actos y tramites de la autoridad – Iniciativa CFF 2014

La iniciativa en estudio expone la necesidad de que el sistema tributario Mexicano avance en la simplificación administrativa con base en una filosofía de servicio que evite el excesivo formalismo, pero que a su vez fomente el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, a través del aprovechamiento de la tecnología.

Bajo ese contexto, el ejecutivo federal propone en la iniciativa que se dictamina la creación de un sistema de comunicación electrónico denominado, buzón tributario, el cual, señala, no tendrá costo para los contribuyentes y será de fácil acceso, al tiempo que permitirá la comunicación entre estos y las autoridades fiscales. En dicho sistema se notificaran al contribuyente diversos documentos y actos administrativos así mismo, permitirá a este presentar promociones, solicitudes, avisos, o dar cumplimiento a requerimientos en la autoridad, por medio de documentos electrónicos o digitalizados, e inclusive realizar consultas sobre su situación fiscal y recurrir actos de autoridad, lo cual facilitara el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y redundara en beneficio del contribuyente.

Leer más…

CONTADORMX

Mantente actualizado sin perder tiempo buscando información

Recibe directamente en tu correo información práctica para el contador en México.

  • Actualizaciones fiscales y contables
  • Herramientas y recursos prácticos
  • Información para facilitar tu trabajo
No hemos podido validar tu suscripción.
Se ha realizado tu suscripción.