Como respuesta a la presentación del Paquete Económico para el ejercicio fiscal 2014, el cual conlleva la promulgación y modificación de distintas leyes, la Asociación Mexicana de Actuarios Consultores, A.C. (AMAC); integrada por la mayoría de las firmas de consultoría actuarial; ha elaborado el presente análisis sobre el fuerte impacto que traerá consigo la aprobación de estas disposiciones. Dicho impacto afectará significativamente el nivel de bienestar de la población que forma y formará parte de la economía formal.
La LISR define Previsión Social como las erogaciones efectuadas por las compañías a favor de los trabajadores con el objetivo de promover su superación física, social, económica y cultural; permitiendo mejorar su calidad de vida y la de su familia.
I. Aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones
Los planes de pensiones y jubilaciones complementan la insuficiente pensión provista por el Seguro Social, por lo que incentivar su establecimiento y desarrollo
es vital para la estabilidad económica y social del país. El proponer eliminar la deducción de las aportaciones hechas por las compañías a los fondos de pensiones y jubilaciones, sin duda alguna desincentivará su creación y promovería la desaparición de los existentes, lo que coadyuvará al deterioro de la calidad de vida de los trabajadores en el mediano y largo plazos.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
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Se propusieron cambios igualmente importantes y de impacto directo en el bolsillo de los empleados y sus familias. En primer término, se propone un incremento en la tarifa del ISR a una tasa marginal del 32%, para quienes perciben ingresos anuales gravables superiores a $500,000 MXN.
El artículo 15, fracción II de la LISR permite a los contribuyentes que estimen el coeficiente de utilidad que deben aplicar para determinar los pagos provisionales, superior al coeficiente del ejercicio al que correspondan tales pagos, a partir del segundo semestre del ejercicio (julio), solicitar autorización para disminuir el monto que les corresponda. En caso de haber cubierto una cantidad menor a la que les hubiera correspondido, se cubrirán “recargos” por la diferencia entre los pagos autorizados y los que les hubieran correspondido.
El pasado 8 de Septiembre, 2013, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso la Iniciativa de Reformas Fiscales para 2014. De inmediato nos dimos a la tarea de estudiarla, por lo que enseguida compartimos con ustedes nuestra visión de la misma y respecto a la Ley del IVA se puede decir lo siguiente: