El 20 de enero de 2011, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó, a través de su página de Internet, la versión 2011 del software DEM de IVA 1.0.0. Este programa permite relacionar la información de proveedores para la solicitud de devolución o el aviso de compensación de IVA.
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Si tu empresa ya tomó la decisión de no dictaminar los estados financieros de una persona moral, deberán manifestar en la declaración anual la opción conforme a lo siguiente:
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El Calculo de Ajuste Anual por Inflación es lo que cada año las Personas Morales deben determinar para ver si acumularan o deducirán a la base para el calculo de ISR Anual, básicamente se trata de conocer tanto el promedio de créditos y el promedio de deudas que obtuviste en el año.
Deudas Mayores a los Créditos: Ajuste Anual por Inflación Acumulable
Créditos Mayores a las Deudas: Ajuste Anual por Inflación Deducible
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Se elimina para el 2011 la presentación mensual del listado de conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única; y se establece que la presentación se realice en el mismo plazo que la declaración del ejercicio.
Esta es sin duda es de las noticias que a nosotros los contadores nos agrada, y no es para no otorgarle mas información a la autoridad, sino de otorgar información reiterada mes con mes, sabiendo nosotros desde el principio que lo mas optimo es presentarla como las declaraciones de ISR (anual).
La disposición nos dice que los contribuyentes deberán presentar a las autoridades fiscales, en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración del ejercicio la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio fiscal de 2011, en el formato que establezca para tal efecto el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
La información del la determinación del Impuesto Empresaria a Tasa Única se deberá presentar incluso cuando en la declaración del ejercicio de 2011 no resulte impuesto a pagar.
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Aviso anual de las donatarias autorizadas, para continuar con la autorización para recibir Donativos Deducibles de acuerdo con la legislación vigente, donde declaran, bajo protesta de decir verdad, seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones fiscales para continuar con ese carácter
¿Quiénes lo presentan? Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR.
¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, a través de transmisión electrónica de datos usando FIEL.
¿Qué documentos obtengo? Acuse de Recibo del aviso presentado con sello digital.
¿Cuándo se presenta? En los meses de Enero o febrero de cada año.
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El SAT nos podría tener una buena noticia a nosotros los Contadores, ya que podríamos tener la opción de NO presentar el anexo 8 en la Declaración Informativa, y es una buena noticia ya que la carga de la información que nosotros los contadores les hemos entregado mes a mes, como sabemos representa y de mas lo que el propio anexo podría contener.
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En el caso de que una persona moral requiera realizar la declaración informativa, primero habrá que identificar todas las partes relacionadas con las que esa persona moral realizó operaciones durante 2010.
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Ta es tiempo para ir preparando nuestra información referente a la declaración Anual Del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), les traigo la información al respecto, junto con una explicación rápida referente a este impuesto.
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Si eres persona física o moral, donaste alguna cantidad este año y la donataria te expidió un recibo de donativos, puedes deducir ese monto, siempre y cuando presentes la Declaración Informativa sobre donativos otorgados en su Anexo 3.
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