Cómo renovar la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) paso a paso: tutorial

Cómo renovar la firma electrónica avanzada FIEL paso a paso tutorial

En estos tiempos, casi todas las personas físicas y morales contamos con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL). Esta firma tiene vigencia, y, si no queremos ir de nuevo a las oficinas del SAT para tramitarla, debemos renovarla antes de su vencimiento.

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Si se me olvidó mi clave CIECF, ¿cómo la recupero?

Si se me olvidó mi clave CIECF, ¿cómo la recupero?

Es muy común que se nos olvide nuestra clave CIECF, más aún, si somos de los que la necesitan una vez al año para presentar nuestra declaración anual de personas físicas.

La siguiente herramienta nos ayudará a recuperar nuestra clave, y también, la clave CIECF de personas morales.

Ingresa al portal del SAT>Sección accesos rápidos>Obtención de la CIECF a través de internet>Aplicación de obtención de CIECF a través de internet>Olvido de Clave CIECF. O ve a la siguiente dirección:

➡ ¿Olvidaste tu clave CIECF?

Captura tu RFC para contestar la pregunta secreta que realizará el sistema, la cual debe coincidir con la que originalmente habías registrado.

Es importante tener nuestras claves y contraseñas seguras y al alcance de la mano, con el fin de que nuestros datos estén a buen resguardo y no perdamos información valiosa.

Requisitos para ingresar autos usados de Estados Unidos a México

Requisitos para ingresar autos usados de Estados Unidos a México

La importación definitiva de vehículos es el trámite que debes realizar si quieres que tu vehículo permanezca en México de manera ilimitada. Este proceso está regulado por la Secretaría de Economía, y normalmente requiere un permiso previo para el ingreso del vehículo al país, aunque existen excepciones según el año-modelo y el país de fabricación o ensamble.

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Facilidades administrativas a los patrones en los Estados de Chihuahua, Sinaloa, Sonora, Durango, y Baja California

Como parte de las diferentes facilidades para los Estados de Chihuahua, Sinaloa, Sonora, Durango y Baja California que sufrieron heladas de los días 1 al 5 de febrero del presente año se les otorga el siguiente beneficio.

El IMSS ha concedido la Facilidad administrativa a los afectados por las heladas, el cual a grandes rasgos consiste en que se Concedan el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas que se hayan causado durante el mes de enero de 2011 y las que se causen durante el mes de febrero de 2011, cuyo pago en el primero de los casos, debió efectuarse a más tardar el día 17 de febrero del mismo año, y en el segundo, a más tardar el día 17 de marzo próximo, a solicitud de los patrones y demás sujetos obligados, con trabajadores permanentes y eventuales del campo, con domicilio fiscal o con centros de trabajo o cualquier otro establecimiento ubicados en los municipios de:

Del Estado de Chihuahua:

Ascención, Guadalupe, Juárez, Praxedis G. Guerrero, Aldama, Casas Grandes, Chihuahua, Coyame del Sotol, Delicias, Guerrero, Ignacio Zaragoza, Manuel Benavides, Nuevo Casas Grandes, Ojinaga y Temósachi.

Del Estado de Sinaloa:

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Recomendaciones del SAT ante un requerimiento

Recomendaciones del SAT ante un requerimiento

Cuando recibas una notificación, atiéndela. La mejor persona para responderla eres tú. Revísala. La notificación te hace llegar la resolución que indica claramente cuáles son las obligaciones fiscales omitidas registradas en el SAT, o bien, qué información adicional requiere la autoridad de ti. También especifica el fundamento legal, el motivo por el que se te requiere y el plazo para cumplir.

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Declaracion Anual del 2010 Agricultura Ganaderia Silvicultura y Pesca Personas Morales


Esta es una pequeña explicación de como pueden cumplir con la Obligación como Personas Morales y su principal actividad esta en el Sector primario (agricultura, ganadería, silvicultura y pesca) del régimen Simplificado. (Ingresos hasta por diez millones de pesos, opción régimen Intermedio).

Recuerde que debe cumplir oportunamente con esta obligación, a más tardar en marzo de 2011

Ingresos acumulables

En este apartado debe capturar sus ingresos acumulables por cada concepto.

Para determinar el ISR en el régimen Simplificado se utiliza el sistema de flujo de efectivo, que consiste en acumular sólo los ingresos efectivamente cobrados en el ejercicio.

Deducciones autorizadas

Las personas morales del régimen Simplificado pueden deducir en el cálculo del impuesto sobre la renta, los gastos e inversiones relacionados con su actividad aplicando el flujo de efectivo; es decir, considerarán sólo las erogaciones que efectivamente hayan pagado en el ejercicio. También pueden deducir los conceptos que le permitan las facilidades administrativas otorgadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Principales cambios en la declaración de personas morales: DEM 2011

Principales cambios en la declaración de personas morales DEM 2011

Cada año hay cambios en la declaración anual de personas morales, y en 2011 tenemos tres cambios a considerar.

1. En la carpeta Datos de identificación se incorpora un renglón para indicar si se opta por presentar la información alternativa al dictamen de conformidad con el decreto del 30 de junio de 2010, cuando la persona moral esté obligada a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales.

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Cambio de domicilio fiscal en la página del SAT

Cambio de domicilio fiscal en la página del SAT


Hoy se publicaron las modificaciones que te permiten realizar el cambio de domicilio por Internet desde la página del SAT. Este avance representa una mejora importante para reducir la burocracia en los trámites fiscales.

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Deduccion adicional de inversiones de IETU ya no aplica en 2011

alt Ya han pasado mas de 3 años desde que el IETU se empezó a aplicar en nuestros calculo de impuestos. Una de las Facilidades, Créditos o Deducciones Adicionales al Impuesto Empresarial a Tasa Única.

Era el que marca El Artículo Quinto Transitorio de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), del decreto publicado el 1° de octubre de 2007 en el Diario Oficial de la Federación prevé una deducción adicional de las inversiones adquiridos entre septiembre y diciembre de 2007.

Esta es la regla de la aplicación de dicha deducción:

Los contribuyentes podrán efectuar una deducción adicional, tanto para la determinación del impuesto del ejercicio y de los pagos provisionales del mismo ejercicio, por las erogaciones que efectúen en inversiones nuevas, que en los términos de la Ley del IETU sean deducibles, adquiridas en el periodo comprendido del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, hasta por el monto de la contraprestación efectivamente pagada por dichas inversiones en el citado periodo.

  • El monto de la erogación a que se refiere el párrafo anterior se deducirá en una tercera parte en cada ejercicio fiscal a partir del 2008, hasta agotarlo.
  • La deducción que se determine, se actualizará por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre de 2007 y hasta el último mes del ejercicio fiscal en el que se deduzca.
  • Tratándose de los pagos provisionales, se deducirá la doceava parte de la cantidad del monto total de la deducción adicional por inversiones adquiridas de septiembre a diciembre del 2007, multiplicada por el número de meses comprendidos desde el inicio del ejercicio y hasta el mes al que corresponda el pago.
    Asimismo, dicha deducción se actualizará con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre de 2007 y hasta el último mes al que corresponda al pago provisional de que se trate.

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