Hoy se publico las modificaciones que nos permiten hacer el cambio de domicilio por internet desde la pagina del SAT, por lo que es un gran avance en lo que seria la disminución de la burocracia en los tramites fiscales.
Aviso de cambio de domicilio fiscal por Internet a través de “Mi Portal”, podrás acceder con tu Registro Federal de Contribuyentes y clave CIECF. Una vez ingresando damos click en Menú / Cambio de Domicilio Fiscal, en el cual podremos modificar los datos deseados, elegir la fecha del cambio de domicilio fiscal y continuar con los datos que te solicitan al final obtendrás un Acuse de Envió.
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I.2.7.5. Para los efectos de los artículos 27, primer párrafo del CFF y 26, fracción III del RCFF, las personas físicas y morales podrán optar por presentar a través de la página de Internet del SAT, el aviso de cambio de domicilio, cumpliendo con los requisitos establecidos en la ficha 65/CFF denominada “Aviso de cambio de domicilio fiscal”, contenida en el Anexo 1-A y conforme al procedimiento previsto en la “Guía para presentar el aviso de cambio de domicilio fiscal por Internet”, publicada en la página de Internet del SAT.
El aviso de cambio de domicilio previsto en la presente regla, se tendrá por presentado cuando se haya enviado a la autoridad fiscal la totalidad de la documentación e información establecida como requisitos en la ficha antes señalada, y estará condicionado a que el SAT confirme mediante correo electrónico la procedencia del trámite, en un plazo que no excederá de 5 días hábiles, contados a partir de la presentación de la documentación correspondiente.
65/CFF Aviso de cambio de domicilio fiscal
¿Quiénes lo presentan?
Las personas físicas y morales que:
Establezcan su domicilio en lugar distinto al que manifestaron en el RFC.
Cuando deban actualizar datos que no impliquen un cambio de ubicación, tales como teléfono fijo, teléfono móvil, correo electrónico, tipo de vialidad, tipo de inmueble, referencias adicionales, características del domicilio, o entre calles.
Cuando deba considerarse un nuevo domicilio fiscal en términos del artículo 10 del CFF.
¿Dónde se presenta?
Internet
En la página de Internet del SAT o en la sala de Internet de cualquier ALSC sin previa cita, siguiendo las instrucciones contenidas en la “Guía para presentar el Aviso de Cambio de Domicilio por Internet” contenida en la página de Internet del SAT.
En forma personal
Previa cita, en cualquier ALSC.
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de Recepción del Aviso de Actualización al Registro Federal de Contribuyentes.
Aviso de Actualización o Modificación de Situación Fiscal.
¿Cuándo se presenta?
Dentro del mes siguiente a aquél en que cambie su domicilio. Tratándose de contribuyentes que se les hayan iniciado facultades de comprobación con cinco días de anticipación al cambio.
Requisitos:
Por internet:
Ingresar a la página de Internet del SAT en la opción “Mi Portal”, utilizando las claves del RFC y CIECF, seleccionando la aplicación “Servicios por Internet”.
Una vez seleccionada la aplicación “Servicios por Internet”, ingresar a la opción “cambio de situación fiscal” y posteriormente a la opción “cambio de domicilio fiscal”, en donde accesará a la aplicación.
Capturar la información que se desee modificar, la cual se señala en el formato que se despliega en la pantalla.
Concluida la captura de datos, se deberán confirmar los mismos a efecto de que se muestre el “Aviso de actualización o modificación de situación fiscal”, el cual deberá guardarse en formato de archivo PDF.
Posteriormente, el sistema mostrará en la pantalla el “Acuse de Recepción del Aviso de Actualización al Registro Federal de Contribuyentes”, de donde se obtiene el número de folio correspondiente a la operación realizada.
Escanear o digitalizar el “Aviso de Actualización o Modificación de Situación Fiscal”, así como el comprobante de domicilio (cualquiera de los señalados en el Catálogo de Servicios y Trámites contenido en la página de Internet del SAT).
Una vez realizado lo anterior, se deberá ingresar de nueva cuenta a la aplicación “Servicios por Internet”, en donde se levantará un caso de servicio seleccionando la opción “Servicio o solicitudes” y posteriormente la opción “Solicitud” seleccionando la opción “Cambio de domicilio”, donde se deberá ingresar la información solicitada y modificar el medio de contacto por “Correo-E”.
Seleccionar la opción “adjuntar archivo” a efecto de adjuntar el “Aviso de Actualización o Modificación de Situación Fiscal” y el comprobante de domicilio, previamente escaneados.
Al terminar de adjuntar los archivos correspondientes, activar el botón “enviar” a efecto de que se genere el comprobante con el número de folio.
En un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de envío de la solicitud conforme a los puntos anteriores, el SAT dará respuesta a través del medio elegido para ser contactado.
En forma personal:
Original del comprobante del nuevo domicilio fiscal (cualquiera de los señalados en el Catálogo de Servicios y Trámites contenido en la página de Internet del SAT).
Original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado de este anexo (excepto IFE terminación 03)
En caso de representación legal, copia certificada del poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder en original firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público.
Tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México, deberán acompañar copia certificada del documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales.
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Menores de edad
Los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como representantes de los mismos, deben presentar:
Copia certificada del acta de nacimiento del menor expedida por el Registro Civil.
Escrito libre en el que se manifieste la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante del menor.
Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela.
En lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado de este anexo, podrá presentar original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del (los) padre(s) o tutor(es) que funja(n) como representante(s) del menor.
Notas:
El trámite de cambio de domicilio por Internet no aplica para contribuyentes que únicamente tengan activo el Régimen de Pequeños Contribuyentes, en términos del Título IV, Capítulo II, Sección III de la LISR.
Los contribuyentes que se encuentren en estatus de “cancelados” en el RFC o en “Suspensión por defunción”, no podrán realizar el cambio de domicilio por Internet.
Los documentos deberán de ser escaneados en formato de imagen PDF, verificando que se encuentren completos y legibles.
En caso de que la documentación que exhiba de manera presencial ante la ALSC, se presente incompleta o no reúna los requisitos, se entregará al contribuyente un reporte de información pendiente y tendrá un plazo de diez días para integrarla correctamente. Si el contribuyente no presenta la documentación en los plazos señalados, el aviso de que se trate, se tendrá por no presentado y se
iniciará nuevamente el trámite.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
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Gracias por haber dejado plasmada esta informacion del aviso de cambio de domicilio por internet, ya que las autoridades el dia 20 de enero a unos dos dias de haberlo implementado, lo desaparecieron asi como asi.
Ahora mismo estoy efectuando una reclamacion ya que no se loclaiza dicho tramite en la guia correpondiente
Ese sistema del SAT es simplemente una basura.