Fecha Limite de Declaraciones Informativas en 2016 – Descarga DIM 2015 y Anexos


dim 2016 3.3.10

Si estas obligado a presentar declaraciones informativas de 2014, debes hacerlo a más tardar el 15 de febrero de 2016, mediante el programa Declaración Informativa Múltiple (DIM).

Expedir Constancias: Si expides constancias a terceros, utiliza los Anexos 1, 2 y 4 del programa DIM, según corresponda. El Anexo 1 debe tener sello y firma del empleador que lo imprime.

Existen varios motivos por lo que los contribuyentes deban de presentar alguna de las declaraciones informativas múltiples ante el SAT.

El anexo mas común es el «Anexo 1» el cual lo presentan las Personas Físicas y Morales que hayan pagado remuneraciones a sus trabajadores, le sigue el «Anexo 2» que es donde se declaran las retenciones de IVA, ISR o IEPS que hayan hecho a terceros.

A continuación les dejo los anexos de la Declaración Informativa Múltiple y quienes están obligados a presentarla:

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Deducción Inmediata de Activos Fijos – Reforma de la Ley del ISR

activos fijos deduccion inmediata

activos fijos deduccion inmediata

Autor: LCP Luis Francisco Díaz García

Como es de su conocimiento, el pasado 18 de noviembre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, por lo que él interese del presente artículo no es analizar toda la reforma en materia de ISR, sino resaltar, lo que en mi opinión, son los aspectos más importantes de la misma.

Debo señalar que algunas de las reformas que comentaré, carecen de una adecuada técnica legislativa, lo que provoca ambigüedades y falta de certeza jurídica para el contribuyente.

Deducción inmediata de activos fijos.

De manera acertada, a través de las disposiciones de vigencia temporal de la Ley del ISR para 2016, se otorga nuevamente el estímulo fiscal consistente en permitir, a ciertos contribuyentes, la posibilidad de deducir de manera inmediata las inversiones que realicen en la adquisición de bienes nuevos de activo fijo, destacando lo siguiente:

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Contabilidad Electrónica 2016 – Obligados y fechas Límite para su envió al SAT

contabilidad electr nica 2016

 

contabilidad-electr-nica-2016 Es hora de enviar la Contabilidad Electrónica al SAT, a partir de 2016 todas las Personas Físicas y Morales que hayan tenido ingresos menores a 4 millones en 2013, Contribuyentes que se inscriban al RFC durante el ejercicio 2014, 2015 y 2016 incluyendo a los Contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca.

Esto quiere decir que ya hay muchos más obligados que el año pasado (unos 4.2 millones aproximadamente).

Podríamos resumir que los Nuevos Obligados a partir de 2016 son los siguientes:

  • Personas morales y personas físicas con ingresos acumulables menores a cuatro millones de pesos en el ejercicio 2013
  • Personas morales y personas físicas del sector primario
  • Personas morales con fines no lucrativos
  • Personas morales y personas físicas inscritas en 2014, 2015 o 2016

Existen mas aspectos que como contribuyentes debes conocer tales como las fechas limites de entrega (sin prorroga), quienes no están obligados y las multas aplicables por el no envió de la información. Por eso los invito a leer este articulo donde trataremos estos temas que para muchos son nuevos y les serán de gran ayuda:

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DAS Movil – Declaración Anual de Personas Físicas desde cualquier dispositivo

das movil SAT

 
das movil SAT El SAT lanzo la aplicacion DAS Movil para los que perciben ingresos exclusivamente por sueldos, salarios y asimilados presenta tu Declaración Anual. Es muy importante para los contribuyentes que tengan la posibilidad de obtener un saldo a favor del impuesto sobre la renta, ya que para obtener el saldo a favor debes de considerar las deducciones personales a las que tienes derecho, por lo que la declaracion que envies a traves de DAS Movil debera estar correctamente presentada.

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Venta de Casa Habitación Exenta de ISR – Cambia de 5 a cada 3 años

 
ISR venta casa habitacion Actualmente si vendes una casa habitación se te cobra un Impuesto Sobre la Renta de hasta un 35% del ingreso obtenido esto si no aplicas la exención que permite el artículo 109, fracción XV de la Ley del ISR. Se prevé que este articulo establezca que los ingresos obtenidos por las personas físicas con motivo de la venta de su casa habitación, estarán exentos del pago de esa contribución cuando se cumplan con los siguientes requisitos:

  • Su importe no exceda 700 mil unidades de inversión (UDIS)
  • La operación se formalice ante fedatario público
  • Que en los últimos 3 años inmediatos anteriores a la fecha de esa venta el contribuyente no haya vendido otra casa habitación también exenta.

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Pagas Colegiaturas y quieres deducirlas en tu Declaración Anual 2015? Sigue estas sencillas indicaciones

pagos deducibles SAT Si pagas colegiaturas de los niveles de preescolar, primaria, secundaria, profesional técnico, bachillerato o su equivalente. Puedes deducirlos en tu declaración anual de persona física del ejercicio 2015 en abril de 2016. Para esto es necesario que los pagos cumplan con requisitos mínimos para ser deducibles y que en caso de una revisión de la autoridad te digan que no son deducibles solo por omitir un de ellos.

Las instituciones educativas pueden expedir facturas electrónicas que fueron pagadas en efectivo, ya que es su obligación, éstas no serán deducibles el próximo año cuando presentes tu declaración anual 2015.

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Se busca Aumento a 300 mil pesos de la Deducción de Automóviles – AMDA

automoviles deduccion autorizada Se busca que la deducción autorizada de automóviles se incremente hasta 300 mil pesos, se solicita al Congreso de la Unión que en el próximo paquete fiscal se incluya una regla.

En la reforma hacendaría de 2014 se bajó el monto de 175 mil a 130 mil pesos y sólo es aplicable a las personas morales; la propuesta de la AMDA busca extender el beneficio a las Personas Físicas Asalariadas y aumentarlo hasta 300 mil pesos.

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Como se calculan los Impuestos del RIF que pasa a ser Persona Física con Actividad Empresarial?

 
regimen de incorporacion fiscal RIF SAT El Régimen de Incorporación Fiscal o RIF surge como una posible solución a la baja recaudación de Impuestos en México en los antes llamados REPECOS o Régimen de Pequeños Contribuyentes, los cuales podían tributar en este régimen siempre y cuando no excedieran los 2 millones de pesos (mismo limite para el RIF).

La diferencia de ser REPECO y RIF es que el REPECO pudo trascender a lo largo de los años pagando una cómoda cuota mensual y olvidarse de la carga de trabajo que representa ahora ser RIF, siempre y cuando sus ingresos no sobrepasaran los 2 millones de pesos.

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