Se Elimina Oficialmente el IDE y IETU 2014 – Se publica en el Diario Oficial de la Federacion


Por fin se publica en el Diario Oficial de la Federacion la eliminacon de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Unica y la Ley del Impuesto a Depositos en Efectivo, y con esto termina una gran carga administrativa que los contribuyentes y los contadores en Mexico tuvimos que afrontar durante varios años. A continuación les dejo la publicación en el DOF del dia de hoy donde se menciona este adelanto hacia la simplificación tributaria.

LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Se ABROGA la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de octubre de 2007.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. En relación con el Artículo Décimo Primero de este Decreto, se estará a lo siguiente:

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Analisis de la Ley de la Pension Universal y la Ley del Seguro de Desempleo

 

Autor: CP Mario Camposllera García

El día 08 de septiembre del 2013, el Ejecutivo Federal, por conducto del Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso, presentó ante la mesa directiva de la Cámara de Diputados el Paquete Económico 2014. Dentro del paquete económico se incluyó la Iniciativa de Decreto por el que se expiden la
Ley de la Pensión Universal y la Ley del Seguro de Desempleo, así como se reforman, adicionan y derogan diversas leyes para establecer mecanismos de seguridad social universal.

La justificación planteada por el Ejecutivo Federal en la Iniciativa de Decreto por el que se expiden la Ley de la Pensión Universal y la Ley del Seguro de Desempleo, se encuentran las de fortalecer la seguridad social en beneficio de los mexicanos, a través de la inclusión en la Carta Magna de la protección universal durante la vejez y la protección para el desempleo, con lo cual se pretende que los nuevos mecanismos de seguridad social garanticen a los mexicanos una red mínima de protección de seguridad social y, por el otro, que constituyan herramientas eficaces para fomentar la formalidad y para mejorar las condiciones de los trabajadores.

Por virtud de lo anterior, a continuación plasmaré algunos puntos relevantes del decreto de referencia.

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Requisitos de los Comprobantes Fiscales para 2014 – CFDI a partir del 1ro de Enero 2014

 

Hoy 09 de diciembre de 2013 se publico en el Diario Oficial de la Federación el Código Fiscal de la Federación que estará vigente a partir del 1ro de enero de 2014. Respecto a la Facturación Electrónica se encuentra el articulo 29-A del CFF 2014 donde nos dice que requisitos debe de contener un CFDI o Comprobante Fiscal Digital por Internet.

A continuación se transcribe lo expresado en el articulo 29-A del Código Fiscal de la Federación para 2014:

Requisitos Facturación Electrónica 2014

Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:

I. La clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida y el régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales.

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Presupuesto de Egresos de la Federacion 2014 – Publicado en el Diario Oficial de la Federacion

DOF.GOB.MXEl día de hoy 03 de diciembre de 2013 se publico el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014. Las disposiciones administrativas emitidas con base en lo dispuesto en los Decretos de Presupuesto de Egresos de la Federación de ejercicios fiscales anteriores, que se encuentren vigentes hasta antes de la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán aplicándose en lo que no se opongan a éste, hasta en tanto no se emitan nuevas disposiciones administrativas que las reformen o abroguen. El presente Decreto entrará en vigor el primero de enero del año 2014.

Algunos temas interesantes del Presupuesto de Egresos de la Federación 2014 son los siguientes:

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Calculo del ISR anual de los trabajadores 2013 y Ajuste Anual a Favor o a Cargo

 

calcular-impuestos_thumbLos patrones deben de realizar el calculo anual del ISR 2013 a sus trabajadores, esto con el propósito de definir si se le debe de retener o devolver algún saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta. Tratándose de ingresos por salarios, los patrones además de efectuar las retenciones y enteros mensuales, mismos que tienen el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual, tienen la obligación de calcular el impuesto anual para cada una de las personas que les hubieran prestado un servicio personal subordinado.

El patrón para realizar el cálculo del impuesto anual de sus trabajadores deberá considerar lo siguiente:

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Como Evitar que el SAT Congele las Cuentas Bancarias – Defensa del Contribuyente con las Autoridades Fiscales

 

Tanto el SAT, IMSS e Infonavit practican el congelar las cuentas bancarias de los contribuyentes que ellos consideran evasores o ilocalizables. Es muy desagradable la experiencia de los contribuyentes que de un día para otro les congelan las cuentas bancarias y no pueden realizar sus operaciones bancarias cotidianas (Sueldos, pago a proveedores o depósitos de clientes). A continuación les dejamos la modificación de este tema en la ultima Reforma Hacendaria y lo mas importante serian las 8 recomendaciones para evitar que la autoridad (SAT en este caso) congele las cuentas bancarias.

Modificaciones contenidas en la reforma hacendaria

La inmovilización de cuentas bancarias se dará sólo hasta que se agoten otras medidas de apremio, salvo que el contribuyente sea ilocalizable, o en aquellos casos en que se le considere como evasor de contribuciones, y en todo caso se deberá aplicar el orden de aplicación de conformidad con el artículo 40-A del CFF.

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Utilizar la FIEL del SAT en los Actos ante el IMSS – Tramites por Internet como Patrones

Las presentes Reglas de carácter general tienen por objeto regular el uso de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en los actos que se realicen ante el Instituto Mexicano del Seguro Social mediante la zona aplicativa Web que el Instituto ponga a disposición de los interesados para tal efecto.

Son sujetos de aplicación de las presentes Reglas de carácter general, los derechohabientes, patrones, sujetos obligados, contadores públicos autorizados y público en general, sean personas físicas o morales, que mediante la autenticación con la FIEL y uso de la misma, manifiesten expresamente su voluntad de realizar actos mediante la zona aplicativa web del IMSS, y los firmen mediante la FIEL

DISPOSICIONES GENERALES.

4.1 Los particulares podrán optar por realizar ante el IMSS, los actos que estén habilitados en la zona aplicativa web del IMSS, de manera electrónica y mediante el uso de la FIEL, en cuyo caso deberán contar con un certificado digital vigente emitido por el SAT y las claves públicas y privadas que conforman la FIEL, así como seguir los procedimientos que se señalen en el manual de usuario que expida el Instituto para tal efecto.

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Tienes dudas respecto a la Ley de Ingresos de la Federación (preguntas frecuentes)

 

El día 20 de noviembre se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, hay cambio importantes los cuales generan preguntas al respecto. Para esto el SAT se dio a la tarea de responder las preguntas frecuentes que los contribuyentes pudieran tener. A continuación estas preguntas y respuestas que se basan en los cambios de la Ley de Ingresos de la Federación para 2014.

¿Cuáles son las tasas de recargos aplicables para el ejercicio fiscal 2014?

Se mantienen las tasas de recargos mensuales siguientes:

Prórroga0.75%
Parcialidades: 
Hasta 12 meses1.00%
Más de 12 y hasta 24 meses1.25%
Superiores a 24 meses y para pagos a plazo diferido.1.50%

Fundamento legal: Artículo 8 de la LIF.

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Cambios en la Ley de Ingresos 2014 – Confronta del SAT a la LIF para 2014

 

El día 20 de noviembre de 2013 se publico en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2014, al parecer hubo algunos cambios importantes en la LIF 2014. A continuación les dejamos algunos de los cambios en la LIF 2014:

Modificaciones y Confronta LIF 2014

ARTÍCULO 9o. Se ratifican los acuerdos y disposiciones de carácter general expedidos en el Ramo de Hacienda, de las que hayan derivado beneficios otorgados en términos de la presente Ley, así como por los que se haya dejado en suspenso total o parcialmente el cobro de gravámenes y las resoluciones dictadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre la causación de tales gravámenes.

Confronta: Se deja de considerar la extensión de los beneficios del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta, de derechos y aprovechamientos para las entidades federativas, municipios, D.F. y demarcaciones territoriales.

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