Se publico en el Diario Oficial de la Federación la Tabla del Subsidio al Empleo que se aplicara en 2014. Esto con el fin de crear incentivos para evitar la informalidad, en la reforma social y hacendaria se propuso realizar modificaciones compensadas al subsidio para el empleo y a las cuotas de seguridad social, para lograr un fuerte impulso a la formalidad sin afectar el ingreso disponible del trabajador;
Que si bien en el Decreto a que se refiere el segundo considerando, se incluye la modificación de la tabla del subsidio para el empleo, es necesario modificar la referida tabla para no afectar el ingreso disponible de los trabajadores de menores ingresos, en tanto no concluya el proceso legislativo de la reforma en materia de seguridad social;
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El día de hoy se publico en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece la «Estrategia 4.3.3. Promover el incremento de la productividad con beneficios compartidos, la empleabilidad y la capacitación en el trabajo», y en ese marco, las líneas de acción: Fortalecer los mecanismos de consejería, vinculación y colocación laboral; Consolidar las políticas activas de capacitación para el trabajo y en el trabajo; Impulsar, de manera focalizada, el autoempleo en la formalidad; Fomentar el incremento de la productividad laboral con beneficios compartidos entre empleadores y empleados, y Promover la pertinencia educativa, la generación de competencias y la empleabilidad.
El mercado laboral mexicano, se autorregula con base en la oferta y la demanda, no obstante, al igual que otros mercados, presenta algunos desajustes que por sí mismo no puede corregir, como diferencias entre la generación de empleos y la disponibilidad de la mano de obra, información insuficiente sobre los empleos existentes, diferencias entre la calificación de la mano de obra disponible y los perfiles requeridos para los empleos ofrecidos. Tales defectos impactan de manera negativa la articulación entre los agentes del mercado, cuyas consecuencias principalmente se reflejan en el empleo.
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El día de hoy 20 de diciembre de 2013 se publica la quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus anexos 1, 1-A y 11. En la cual se publica principalmente los días inhábiles para el SAT en 2014, sobre la devolución del saldo a favor de personas físicas, las bases del sorteo del buen fin, Inscripción al RFC de personas físicas con CURP y la Forma oficial para realizar el pago en parcialidades o diferido.
A continuación les transcribimos la 5ta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus anexos 1, 1-A y 11. publicada el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación:
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:
PRIMERO. Respecto del Libro Primero, se reforman las reglas I.2.1.4. y I.2.3.1., fracción II y se adiciona el Capítulo I.12.8. Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos, publicado en el DOF el 11 de noviembre de 2013, que comprende las reglas I.12.8.1. a la I.12.8.7. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, para quedar de la siguiente manera:
«Días inhábiles
I.2.1.4. Para los efectos del artículo 12, primer y segundo párrafos del CFF, se considera periodo general de vacaciones, el comprendido del 20 de diciembre de 2013 al 6 de enero de 2014. Asimismo, se consideran días inhábiles para el SAT, el 17 y 18 de abril de 2014. CFF 12, 13
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Se da a conocer el Boletín 2013 que compila los criterios normativos en materia de impuestos internos. El Comité de Normatividad del Servicio de Administración Tributaria realizó la revisión integral del Boletín 2012 y de los criterios normativos dados a conocer en el ejercicio fiscal 2013 en materia de impuestos internos, con el propósito de adecuar su contenido a las disposiciones fiscales en vigor y con la finalidad de compilarlos en un sólo documento.
En virtud de lo anterior, con fundamento en los artículos 35 del Código Fiscal de la Federación y 22, fracción II del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, que otorgan a esta Administración General Jurídica la facultad de establecer el criterio de interpretación que las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria deberán seguir, mediante este oficio se hace de su conocimiento el Boletín 2013, que compila los criterios normativos en materia de impuestos internos.
A continuación te damos ejemplos de los temas que contiene esta compilación de criterios normativos del SAT y al final puedes descargar la compilación completa en PDF:
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El día 11 de diciembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto donde se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para 2014. A continuación les dejo lo que son las preguntas frecuentes sobre el tema de la Ley del IVA para 2014, mas abajo encontraran la publicación de la LIVA 2014 y su confronta contra 2013.
Reforma fiscal 2014: Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)
¿Qué tasa de IVA se aplica a las operaciones realizadas por residentes en la región fronteriza? Se aplica la tasa general del 16%. Fundamento Legal: Artículo 1, segundo párrafo de la LIVA.
En la enajenación de perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas, así como el alimento para los mismos¿se debe aplicar la tasa del 0% para determinar el IVA? No, la tasa de IVA que debe aplicarse es la del 16%. Fundamento Legal: Artículo 2-A,fracción I incisos a) y b) numeral 6 de la LIVA.
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El 09 de diciembre de 2013 se publico en el Diario oficial de la Federación el Código fiscal de la Federación para 2014. Hay varios cambios importantes en este CFF 2014 por lo que los invitamos a leer las siguientes 17 preguntas y respuestas respecto al CFF 2014, al final encontraran también las modificaciones que sufrió el CFF para 2014 y la confronta del Código Fiscal de la Federación 2013 vs 2014:
Reforma fiscal 2014: Preguntas y Respuestas al Código Fiscal de la Federación (CFF 2014)
1. ¿Qué otro lugar se considera domicilio fiscal del contribuyente? Además de los lugares ya establecidos, se considera como domicilio fiscal el que los contribuyentes manifiesten a las entidades financieras y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, en donde se localice. Fundamento Legal: Art. 10, fracción I, último párrafo del CFF.
2. La solicitud de firma electrónica avanzada, ¿se puede llevar a cabo a través de un apoderado o representante legal? Sí, tratándose de personas físicas, en los casos establecidos a través de reglas de carácter general, la comparecencia podrá efectuarse mediante apoderado o representante legal. Fundamento Legal: Art. 17-D, séptimo párrafo del CFF.
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El día 11 de diciembre de 2013 se publico en el Diario Oficial de la Federación la modificación a la Ley del Impuesto Sobre la Renta. El ISR para 2014 se modifica y trae consigo nuevas obligaciones, nuevos impuesto e incluso nuevos tipos de personas físicas. A continuación les dejamos las preguntas frecuentes y sus respectivas respuestas acerca de los cambios a la Ley del ISR para 2014 y al final de eso encontraras la LISR 2014 y su respectiva confronta:
Reforma Fiscal 2014: Preguntas y Respuestas, Ley del Impuesto Sobre la Renta
¿Cómo puedo acreditar, a solicitud de la autoridad fiscal, la existencia de una doble tributación jurídica, cuando se trate de operaciones entre partes relacionadas? Con una manifestación bajo protesta de decir verdad firmada por su representante legal, en la que expresamente señale:
Que los ingresos sujetos a imposición en México y respecto de los cuales se pretendan aplicar los beneficios del tratado para evitar la doble tributación, también se encuentran gravados en su país de residencia.
Que las disposiciones jurídicas aplicables y Documentación que el contribuyente considere necesaria para tales efectos.
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Como saben el IDE y el IETU ya no se pagaran a partir de 2014, pero los recientes cambios en las leyes fiscales en México abrieron la puerta sino son nuevos impuestos son impuestos que no se pagaban durante 2013. El Congreso de la Unión aprobó este miércoles la miscelánea fiscal, con lo cual quedaron delineados cuáles serán los nuevos impuestos y tarifas para bienes servicios.
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A partir del 1 de enero de 2014, deberás emitir recibos de pago de nómina en CFDI. Es esta pagina nos damos a la tarea de recabar información respecto a los pormenores de como deberán los contribuyentes de emitir estos comprobantes. En este articulo podrán ver las descripciones o atributos a incorporar en los recibos CFDI de Nomina se básicamente se dividen en 5 los cuales son:
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