Cambios en el llenado del Anexo V del Dictamen del IMSS – Reporte de las actividades y clasificacion

Por Javier Juárez Ocotencatl
Integrante de la Comisión Representativa ante
Organismos de Seguridad Social (CROSS)

Después del cambio total al Anexo V, este corresponderá al análisis del ejercicio fiscal a dictaminar y se debe presentar por cada registro patronal con que cuente el patrón dictaminado. Entre los aspectos más relevantes del cambio al Anexo V, Reporte de las Actividades y Clasificación de la Empresa Dictaminada están:

  • Se modifica totalmente el anexo, para dejar el formato como se presenta en la  inscripción patronal.
  • Se pide una cantidad mayor de información contra el formato anterior.
  • Se pregunta expresamente si la empresa es prestadora de servicios de personal.
  • Se contempla la descripción de procesos de trabajo bastante más detallados (procesos iniciales, intermedios y finales).
  • La fecha del llenado es por el ejercicio dictaminado, a diferencia del formato anterior que se llenaba con datos a la fecha de presentación del dictamen.
  • Para las prestadoras de servicios de personal, se incluye la relación de beneficiarios de servicios con que se tengan contratos, para reforzar la fiscalización de las prestadoras de servicios de acuerdo con el Artículo 15-A LSS.

La presentación de información de los beneficiarios de los servicios se hará con base en una muestra selectiva delimitada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que de acuerdo con el instructivo será determinada así:

  • De uno a 10 beneficiarios deberá relacionar 100% de sus beneficiarios.
  • De 11 a 30 beneficiarios deberá relacionar 50% de sus beneficiarios.
  • De 31 beneficiarios en adelante deberá relacionar 35% de sus beneficiarios.

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Pros y Contras de la Reforma a la Ley Seguro Social para los Trabajadores y Contribuyentes

Pool de Especialistas en Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México
C.P. y P.C.FI. Jorge Luis Confalonieri Herrero, Presidente
confajo@gmail.com

El 19 de marzo de este año, se presentó una iniciativa de ley en la cual se propone reformar el artículo 27 y derogar del artículo 32 de la Ley del Seguro Social (LSS). El 25 de abril la Cámara de Diputados aprobó la propuesta y fue enviada a la de Senadores, donde quedó pendiente su aprobación. En su exposición de motivos, uno de los objetivos es homologar el Salario Base de Cotización (SBC) al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con los ingresos gravados para el Impuesto Sobre la Renta (ISR) con la finalidad de hacer similares ambas bases gravables.

Consideramos que el objetivo principal de esta reforma es incrementar los recursos del IMSS. Como es sabido, esta institución tiene problemas económicos serios, principalmente porque sus recursos no han sido canalizados adecuadamente para los fines que fue creada.

Sin embargo, en lugar de corregir su situación interna detectando y eliminando las fugas de sus recursos económicos, se busca que, mediante esta reforma, se incrementen sus recursos, con el impacto negativo directo para los patrones y trabajadores, que son cautivos y que en términos generales cumplen adecuadamente con esta obligación social.

Propuesta de reforma

De manera muy general, los cambios que se plantean son los siguientes:

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Determinar y Pagar las Coutas Omitidas en el Dictamen del IMSS, duerma Tranquilo

Autor: LCP Marisol Díaz Cortés

Los patrones obligados a dictaminarse para efectos del Seguro Social, así como los que lo hacen en forma voluntaria, pueden tener diferencias en la determinación de los Salarios Base de Cotización (SBC), en la prima de riesgo u otros conceptos, las cuales serán detectadas durante la auditoría que se practique. Una vez que el contador público termina la auditoría o en el proceso de ésta, se las hace saber al patrón para que éste pague las cuotas omitidas por cualquier concepto descrito anteriormente.

DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES

Los ordenamientos que regulan los procedimientos para la determinación y pago de cuotas cuya omisión fue detectada durante la auditoría practicada, son las siguientes:

  • Artículo 165 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RLSS):
    “Las cuotas omitidas que resulten de la revisión del contador público autorizado serán determinadas y pagadas dentro del plazo señalado en los artículos 126 o 149de este Reglamento…”
  • Artículo 149 del RLSS:
    “Los patrones que en términos de la Ley y este Reglamento, dictaminen a través de contador público autorizado sus aportaciones al Instituto, podrán pagar las cuotas determinadas en dictamen, así como la actualización y recargos respectivos hasta en doce mensualidades, debiendo anexar a la solicitud de pago en parcialidades la garantía del interés fiscal…”

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Que pasaría si se Aprueba el Proyecto de Reforma a la Ley del Seguro Social – Art. 27 y derogar el Art. 32 LSS

C.P.C. Álvaro Sedano Candelas
Miembro de la Comisión Representativa ante
Organismos de Seguridad Social del CCP de Aguascalientes

El pasado 19 de marzo de 2013, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de decreto que reforma el artículo 27 y deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social.

Exposición de motivos
De la exposición de motivos se concluye que la propuesta en comento, pretende homologar el tratamiento que la Ley del Seguro Social otorga a los conceptos que se consideran excluyentes de la integración del salario base de cotización, al tratamiento que dichos conceptos reciben como ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, con la finalidad de facilitar los procedimientos de cálculo y fiscalización de las autoridades fiscales, esto al pretender que éstos concepto conservan la misma naturaleza al provenir del salario y que actualmente se encuentran disociados.

Por otra parte, argumenta la existencia de sistemas complejos y difíciles para los contribuyentes y que actualmente la Ley del Seguro Social genera “incentivos perversos” a algunos patrones para subestimar el salario base de cotización, reducir la carga de seguridad social y reportar una nómina mayor para su deducción en su base gravable, a la vez que ocasiona pérdidas a los trabajadores en su ahorro (RCV e INFONAVIT).

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Se puede pelear la Resolucion de Modificacion de Grado de Riesgo de Trabajo del IMSS?

Lic. Hugo Valderrábano Sánchez
Miembro de la Comisión Representativa
del IMCP ante Organismos de Seguridad Social

Cada año en el mes de febrero los patrones están obligados a presentar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la Declaración Anual en el Seguro de Riesgos del Trabajo, misma que se elabora con base en las estadísticas que se generan de los riesgos de trabajo ocurridos a los trabajadores de los patrones, teniendo una vigencia por el período del primero de marzo del año y hasta el último día de febrero del año siguiente.

De conformidad con el artículo 74 de la Ley del Seguro Social, las empresas tienen la obligación de revisar anualmente su siniestralidad para determinar si permanecen en la misma prima, aumenta o disminuye, respecto al grado de riesgo anterior declarado, empero, esta prima sólo podrá variar en una proporción no mayor al uno por ciento respecto a la del año inmediato anterior, tomando en consideración los riesgos de trabajo terminados en el año de calendario que corresponda.

Así las cosas, los patrones determinarán con base en los datos proporcionados al Instituto, la prima correspondiente y conforme a la misma cubrirán sus cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo. Si la prima resulta igual a la del ejercicio anterior, se exime a los patrones de la obligación de presentar la declaración anual en los formatos impresos o en dispositivo magnético.

Acto seguido, el Instituto tiene la facultad de verificar la información proporcionada por las empresas y de confrontarla contra sus registros y si determina que la prima manifestada por el patrón no es congruente con la obtenida por el propio Instituto, hará la rectificación correspondiente, a través del documento denominado: “Resolución de Rectificación de Prima en el Seguro de Riesgos del Trabajo”, mismo que procederá a notificar por escrito a los patrones.

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Que es el SIPARE y como usarlo para Pagar el IMSS, SAR e Infonavit ¡No mas Discos 3 1/2!

El IMSS liberó en su página electrónica el Sistema de Pago Referenciado (SIPARE) y con esto se pretende agilizar el pago de las cuotas del IMSS; SAR e Infonavit, básicamente con esta herramienta el sector patronal puede cubrir las cuotas obrero-patronales ya sin la necesidad de utilizar discos de 3 1/2 ya que todo es generado desde internet, también se pueden cubrir las diferencias de pago y cuotas producto de los actos de fiscalización del Instituto y de los procesos de autocorrección, así como las aportaciones de vivienda (Infonavit). Aquí podrás conocer una nueva y moderna herramienta para que pagues tus aportaciones y la amortización de los créditos de tus trabajadores de una manera sencilla, rápida y segura.

Ofrece a los patrones mayor certidumbre respecto del pago de sus contribuciones de seguridad social, pues obtienen vía Internet la línea de captura respectiva, la cual les permite hacer el entero en la ventanilla bancaria de su preferencia, o a través de la banca electrónica. Si estás de acuerdo con la propuesta de pago de la Emisión Bimestral enviada por el IMSS, haz tu pago en ventanilla o por Internet a través de la banca en línea. Si no lo estás, entra al Sistema de Pago Referenciado (SIPARE) y genera una nueva línea de captura; sólo necesitas el archivo de pago SUA con el que calculaste tus aportaciones.

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Eliminar la Evasión y la Elusión Fiscal en la Nueva Cultura Contributiva – Prodecon

L.C. Y L.D. ALBERTO DAVID ESQUIVEL MEDINA
Integrante de la Comisión Fiscal

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) es un nuevo organismo del Estado mexicano que brinda atención profesionalizada e imparcial al contribuyente para defender, proteger y promover sus derechos. En este sentido, la cultura contributiva es de gran importancia para Prodecon no solo porque, como se observa de la lectura del Art. 5, Fracc. XV, de su Ley Orgánica, el legislador le encomendó la alta labor de fomentar y difundir una nueva cultura contributiva, sino porque la Prodecon está convencida de que esta será de beneficio para el país.

¿QUÉ ES CULTURA CONTRIBUTIVA?

Discurrir sobre cultura contributiva requiere referirse primero a la cultura, entendida como el conjunto de valores, creencias y actitudes que tienen en común un determinado número de personas y que modelan la forma como ellos perciben, piensan y actúan.

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Guía Dictamen IMSS 2012: Llenado de Anexos y Modelos de Opinión Vigentes en 2013

Si ya empezaste a trabajar en tu Dictamen para efectos del IMSS debes de tener presente que no cambien los formatos de presentación, los anexos y los modelos de opinión. A continuación les dejo una pequeña guía elaborada por el IMSS para que la descarguen y se puedan apoyar en la realización de su Dictamen para efectos del Seguro Social (IMSS) 2012 que deberán presentar a mas tardar el día 30 de septiembre de 2013.

Guía Dictamen IMSS 2012

Los siguientes son los anexos que debe incluir el dictamen del IMSS a presentar este 2013, en la guía viene que debe de contener los anexos y las características de cada uno, lo mas útil seria que da las instrucciones para su elaboración y la explicación de cada uno de los datos requeridos. Los anexos a incluir en el Dictamen del IMSS 2012 serian los siguientes:

  • Anexo l y I-A: informe de la situación del patrón dictaminado
  • Anexo II y II-A: cuadro analítico de las cuotas obrero patronales omitidas y determinadas en el dictamen
  • Anexo III y III-A: análisis de los conceptos de percepción por grupos o categorías de trabajadores, indicando si estos se acumularon o no al salario base de cotización y revisión a los pagos efectuados a personas físicas
  • Anexo IV y IV-A: conciliación del total de percepciones de trabajadores en registros contables contra la base de salarios manifestados para el instituto; así como contra lo declarado para efectos del impuesto sobre la renta
  • Anexo V: reporte de las actividades y clasificación de la empresa dictaminada

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¿Cómo inscribo a mi esposa, hijo, papás o concubina al Seguro Social? Formato editable del IMSS

¿Cómo inscribo a mi esposa, hijo, papás o concubina al Seguro Social? Formato editable del IMSS

La seguridad social en la familia es indispensable. Si como trabajador estás afiliado al IMSS, debes registrar a las personas susceptibles a este derecho antes de que necesiten el servicio de manera urgente. Para esto, el IMSS ha simplificado el trámite, el cual, según lo establecido en la ley, no debe llevarte más de dos horas, de modo que en un solo día quede listo.

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