El Uso Indebido de comprobantes fiscales es una de las causas más dañinas y que más ha contribuido para agravar la recaudación fiscal, son los esquemas agresivos de evasión fiscal, por lo que deben eliminarse o corregirse los motivos que los originan, a través de instrumentos eficaces que permitan combatir frontalmente el referido fenómeno. Cuando no se cuenta con dichos instrumentos se provoca el avance de nuevas prácticas de evasión, las cuales erosionan de manera grave las bases gravables, sin poder reflejar incrementos significativos en la recaudación.
Un ejemplo que ilustra la evolución y sofisticación en la forma en que los contribuyentes disminuyen o evaden el pago de sus obligaciones fiscales, es el derivado de la adquisición de comprobantes fiscales.
Inicialmente este esquema consistía en usar comprobantes apócrifos, con la finalidad de deducir y acreditar las cantidades amparadas en los mismos, sin haber pagado las cantidades que se reflejaban en ellos. Posteriormente, con los controles de seguridad y requisitos que la autoridad implementó en diversas reformas tendientes a evitar y detectar la emisión de comprobantes fiscales apócrifos, disminuyó temporalmente el recurrir a esta práctica.
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La autoridad fiscal interpreta que la Regla I.2.7.1.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2013, relativa al almacenamiento de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), en su formato electrónico XML, es aplicable incluso a personas físicas no obligadas a llevar contabilidad, por lo que a éstas, para acreditar sus deducciones personales (las cuales tutelan su derecho al mínimo vital) no les basta con conservar la representación impresa de dichos comprobantes.
ANTECEDENTES
Esta Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en su carácter de organismo autónomo no sectorizado que tiene por objeto velar por el efectivo acceso a la justicia fiscal de los pagadores de impuestos, como lo dispone el artículo 1° de su Ley Orgánica y, en ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículos 5, fracciones I, IV, V, X, XI y XVI, de dicha Ley, así como 72 y demás relativos de los Lineamientos que regulan el ejercicio de sus atribuciones sustantivas, ha detectado la problemática de antecedentes, la cual se estima ocasiona inseguridad jurídica, molestias, afectación o vulneración de derechos a los contribuyentes.
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Durante el periodo de 2011 a 2012, los requisitos de los comprobantes fiscales digitales por Internet CFDI tuvieron diversas modificaciones, las que se dieron a conocer mediante reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) y la emisión de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) y sus diversas modificaciones.
Derivado de los múltiples cambios a los requisitos que se deben observar en los comprobantes fiscales, durante los últimos años, a continuación presentamos tres cuadros que muestran los requisitos vigentes de 2011 a 2013, así como los cambios que se conocen para 2014.
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C.P. ARMANDO PÉREZ SÁNCHEZ
Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP
Con la colaboración de la L.C.P. LIUBA CÁRDENAS PULIDO
Durante el periodo de 2010 a 2012, los requisitos de los comprobantes fiscales, así como las características de los diferentes medios de facturación tuvieron diversas modificaciones, las que se dieron a conocer mediante reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) y la emisión de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) y sus diversas modificaciones. Esas reformas se comentaron en el Boletín Fiscoactualidades 2012, número 13, emitido en julio de 2012 por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
Sin embargo, con la publicación de la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2012 (difundida en el DOF del 12 de octubre de 2012) y la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2013 (DOF del 31 de mayo de 2013), se hicieron cambios importantes a los requisitos de comprobantes fiscales.
En este sentido, este boletín tiene por objeto actualizar las características de los esquemas de facturación vigentes, así como indicar cuál es la tendencia para los siguientes años.
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Corre el año 2005, México inmerso en la parafernalia comercial internacional debe hacer ajustes en lo interno para ser tomado en cuenta como un competidor serio y distinguido, así lo hizo ver en su momento la OCDE. El plan era sencillo: modernidad, tecnología y simplificación tributaria. Arranca la modalidad de la facturación o mayor propiamente dicho: la expedición de comprobantes fiscales por medios electrónicos de la mano de las reformas en materia de Firma Electrónica Avanzada. ¿Iba en serio el SAT verdad?
Transcurre el tiempo y el grueso de los contribuyentes mortales deja pasar de lado la invitación que hizo la autoridad hacendaria de ir paso a paso cambiando sus métodos de trabajo que incluían reemplazar el papel en la expedición de sus comprobantes fiscales por el aspecto tecnológico en la emisión de los mismos, sin mucho resultado. Era de esperarse, Un Código de Comercio que data de la edad del Porfiriato y 120 años de práctica comercial llevan aparejado la idiosincrasia de una nación y su renuencia al cambio.
No obstante ello, en 2009 se lleva a cabo un cisma (si el lector me permite dar analogía a ese cambio de dimensiones de fe) en el ámbito de la comprobación fiscal en México; una Autoridad cansada (esa realmente es la palabra correcta) de sufrir descalabros -y de mala fe- de parte del contribuyente en lo que lamentablemente es conocido como el mal del siglo 21 en materia fiscal (la compra venta de facturación), lleva a cabo reformas trascendentales en el Código Fiscal de la Federación que «obligan» a cambiar la manera de expedir comprobantes fiscales en nuestro País.
Dichas reformas, haciendo uso de la memoria, suponen la coexistencia de 4 métodos reconocidos en la expedición de comprobantes fiscales y sus períodos de vigencia de cada uno de ellos, a saber:
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La obligación de emitir CFDI no ha entrado en vigor de inmediato para ciertos contribuyentes, es decir, ha tenido un régimen de transición, debido a que por medio del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal, los legisladores y las autoridades hacendarias han otorgado diversas opciones para que los contribuyentes emitan otro tipo de comprobantes fiscales, por ejemplo: los comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad (código de barras bidimensional), así como los comprobantes fiscales digitales (CFD).
Mediante la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de mayo de 2013, se realizaron cambios relevantes en materia de expedición de comprobantes fiscales, a saber:
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Si emites o recibes CFDI Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, debes de saber que estos deben de estar validados por el SAT para que sean deducibles para las personas que los reciban. Para esto existe el Servicio de Validación de CFDI del SAT el cual esta disponible las 24 horas del día. Muchos piensan que por ser un CFDI esta validado automáticamente porque lo emitió un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), lo cierto es que al emitirlos en formato XML este es un archivo que puede ser modificado una vez emitido y por lo tanto perder validez e incluso generarte problemas si consideras este comprobante en tus gastos.
¿Cómo podemos identificar si los comprobantes fueron modificados?
La única forma es si los validamos, debido a que es un documento electrónico en formato XML no se puede validar a “simple vista” ya que tiene operaciones matemáticas y algoritmos que se tienen que verificar para garantizar que no fue modificado en algún momento.
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Con toda la conmoción que causo el aviso del SAT que serán mas los obligados a facturar electrónicamente para 2014, les dejo este articulo que encontré en el blog factura-electronica-mexico.com, el cual me parece muy interesante ya que explica partes que no contábamos respecto a la expedición de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet CFDI para lo que queda de 2013 y lo que pasara desde el 1ro de enero de 2014.
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Por cada comprobante fiscal que recibamos estamos obligados a verificar su autenticidad, en este caso se hablara del Comprobante Fiscal Digital por Internet el cual debemos de verificar desde la pagina del SAT. A continuacion les dejo una pequeña explicacion de como hacerlo y tambien un video tutorial del SAT para Verificar Facturas CFDI.
Para Verificar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet lo puedes hacer desde el siguiente enlace: Verificar CFDI desde el SAT
Una vez que todos los datos han sido ingresados el usuario deberá dar clic en el botón “Verificar CFDI” para iniciar la verificación del CFDI. Si el comprobante a verificar ha sido encontrado se mostrarán al usuario los datos básicos de verificación:
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