Que hago si tengo el Certificado de Sello Digital Sin Efectos? Desbloquear CSD ante el SAT

 
El SAT tiene ahora la autoridad para cancelar el Certificado de Sello Digital y al suceder esto el contribuyente no podrá emitir facturas, hasta que aclare las causas por las que se dejó sin efecto su certificado de sello digital. Los comprobantes fiscales emitidos después de esta observación de la autoridad, no tendrán valor para efectos fiscales.

Los contribuyentes que emiten comprobantes fiscales digitales (CFD) que se ubiquen en alguno de los supuestos, además de la revocación de sus certificados, se les negará la aprobación de nuevos folios y les serán cancelados los folios que no hayan sido utilizados a partir de que surta efectos la notificación. Y a los que expidan comprobantes con Codigo de Barras Bidimensional CBB el  SAT negará la aprobación de nuevos folios si se encuentran en alguno de los supuestos mencionados.

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Guia de como Verificar las Facturas con Código de Barras Bidimensional CBB

 
A partir del 1 de enero del 2011, el contribuyente que requiera validar los comprobantes fiscales impresos con CBB que posee, podrá validar los comprobantes al leer un código de barras bidimensional a través de un dispositivo lector o a través de una carga masiva por medio de un archivo de texto con un formato definido. Si recibes Facturas, Recibos o cualquier comprobante fiscal con CBB lo primero que debes de hacer es verificar si es valido desde la pagina del SAT.

OBJETIVOS DE LA VERIFICACION EN SICOFI

Ofrecerle al contribuyente la funcionalidad de validar un comprobante fiscal impreso de forma manual, o por medio de la lectura de un código de barras bidimensional, así como la validación masiva a través de la carga de un archivo de texto.

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Que es el Servicio de Timbrado y como se conectan a los programas que ya Utilizo?

 
¿Qué es el timbrado y cómo puedo integrar un sistema de gestión de información, contable o ERP al servicio del timbrado? Bien. Para todos aquellos que se preguntan si deben abandonar o cambiar su sistema de administración de clientes, su punto de venta donde guardan todos los datos de sus clientes y productos, o su sistema contable o cualquier otro sistema integral en donde hoy guardan toda su información de clientes, productos e inventarios por otro nuevo que ya tenga el servicio de facturación electrónica, les confirmamos que esto no es necesario.

Hay un par de aspectos que evaluar. Si su sistema actual puede ser programado para el envío de datos por internet a través de webservices, entonces usted es candidato para usar el servicio de timbrado. La mayoría de los sistemas de gestión hechos a la medida pueden ser adaptados, pregunte a su proveedor de sistemas. Timbrado se le llama a la certificación de un comprobante fiscal digital. Un comprobante fiscal digital certificado tiene validez fiscal. Consiste en la verificación de la información, validación del comprobante y en agregar un sello digital que compruebe y corrobore que dicho comprobante ha sido certificado. Por supuesto también hay que analizar el costo/beneficio de tal desarrollo, no solo ahora que se requiere, sino durante todo el tiempo que dicha integración tenga que recibir mantenimiento y soporte. En todo caso, hay veces que preferimos pagar que cambiar todo un sistema. Y también hay que decirlo, no siempre resulta caro, ya que hay programadores e integradores muy decentes que cobran lo justo. El timbrado comienza con sus propios datos, al extraer de su sistema actual todos los datos de facturación requeridos por el SAT y enviarlos al “timbrador”.

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Nuevo Requisito al verificar facturas – CSD Vigente a la fecha de emitir los Comprobantes

 

Con motivo de la Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal publicada el día 14 de agosto de 2013, los contribuyentes que se deduzcan comprobantes fiscales deben de verificar que el Certificado de Sello Digital del emisor este vigente. Para esto si reciben un Comprobante Fiscal Digital CFD o un Comprobante con Código de Barras Bidimensional deberán estar al pendiente de que sean válidos a través de los servicios de validación de comprobantes fiscales.

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Si te Cancelan tu Sello Digital no podrás emitir Facturas Electrónicas CFDI o CFD y no tendras mas folios para CBB

 
El dia de hoy entra en vigor la posibilidad de que el SAT cancele el Sello Digital de tu Firma Electronica Avanzada y que por ende no puedes facturar electronicamente y todos los folios seran desaprobados en automatico tanto de CFD, CFDI y CBB. Esto se publico en el diario oficial de la federacion el dia de ayer 14 de agosto de 2013 en la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013.

El SAT podrá dejar sin efectos el certificado de sello digital de un contribuyente, cuando:

  • 1. En el ejercicio de las facultades de comprobación, no se localice al contribuyente, éste desaparezca durante el procedimiento, no ponga a disposición o no presente su contabilidad, o bien, se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos, se utilizaron para amparar probables operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
  • 2. Se tenga conocimiento de la probable existencia de un delito de los previstos en el Código Fiscal de la Federación y la conducta sea imputable al contribuyente titular del certificado.
  • 3. Los contribuyentes en un mismo ejercicio fiscal omitan, estando obligados a ello, la presentación de tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.
  • 4. Durante el procedimiento administrativo de ejecución no se localice al contribuyente o éste desaparezca.

Al dejar sin efectos el certificado de sello digital el contribuyente no podrá emitir facturas, hasta que aclare las causas por las que se dejó sin efecto su certificado de sello digital. Los comprobantes fiscales emitidos después de esta observación de la autoridad, no tendrán valor para efectos fiscales.

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Se publica en el DOF – 3ra Resolución de Modificaciones a la RMF para 2013 y sus anexos 1, 1-A, 1-B y 3

 

Se publico el dia de hoy en el Diario Oficial de la Federacion la modificacion a la Resolucion Miscelanea Fiscal 2013 la cual contiene cambios importantes, la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus anexos 1, 1-A, 1-B y 3, que contiene:

  1. Causas para dejar sin efectos el certificado de sello digital
  2. Saldos a favor de personas físicas
  3. Causas para dejar sin efectos los comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad
  4. Destrucciones periódicas de mercancías que hubieran perdido su valor
  5. Presentación de la declaración anual por intereses reales y caso en que se releva de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones
  6. Presentación de declaraciones anuales de personas físicas vía Internet y realización de pago por ventanilla bancaria
  7. Medios electrónicos (FIEL y Contraseña) que sustituyen a la firma autógrafa
  8. Medio de comprobación de integridad y autoría de documentos firmados con FIEL del funcionario competente o del acuse de recibo de la notificación electrónica
  9. Notificación electrónica de documentos digitales
  10. Se derogan a partir del 1 de agosto de 2013, las formas oficiales de “Pagos provisionales, mensuales y retenciones de impuestos federales 2002”.li>

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El SAT no me deja Facturar con Código de Barras Bidimensional por FIEL Cancelada – Defensa Fiscal

Si estas en el supuesto en que el SAT no te permite emitir comprobantes fiscales impresos con Código de Barras Bidimensional o CBB por el motivo de Cancelación de Firma Electrónica Avanzada, puedes aclarar tu situación con la autoridad demostrando que no caíste en ninguna falta que a continuación se enlistan:

  • No localicen al contribuyente, éste desaparezca durante el procedimiento, no ponga a disposición o no presente su contabilidad, o bien, se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos, se utilizaron para amparar probables operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
  • Las autoridades fiscales tengan conocimiento de la probable existencia de un delito de los previstos en los artículos 96, 102, 103, 105, 108, 109, 110, 111, 112 y 113 del CFF; la conducta sea imputable al contribuyente titular del certificado y pudiera encuadrar en los supuestos del artículo 92 o, en su caso, 93 del propio ordenamiento.
  • Los contribuyentes en un mismo ejercicio fiscal, omitan estando obligados a ello, la presentación de tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.
  • Durante el procedimiento administrativo de ejecución no se localice al contribuyente o éste desaparezca.

Lo anterior corresponde a los motivos por el cual se puede llegar a cancelar el Selo y Certificado Digital de tu Firma Electronica Avanzada, lo que repercute directamente en el derecho a la emisión de tus comprobantes fiscales con Codigo de Barras Bidimensional, asi lo marca la siguiente modificación a la RMF 2013:

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Modificación a la 3a Resolución de Modificaciones a la RMF para 2013 y sus Anexos 1, 1-A, 1-B y 3

 

El día de hoy se publico en la pagina del SAT la Modificación a la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus Anexos 1, 1-A, 1-B y 3, en la cual debemos considerar cambios importantes, por ejemplo los motivos de cancelación de la FIEL o la no emisión de Facturas con CBB.

SAT / Tercera Resolución de modificaciones a la RMF para 2013 y sus anexos 1, 1-A, 1-B y 3, pendiente de publicarse en el DOF

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer por medio de su página de Internet: www.sat.gob.mx, Tercera Resolución de modificaciones a la RMF para 2013 y sus anexos 1, 1-A, 1-B y 3, pendiente de publicarse en el DOF, la cual contempla:

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Si te Cancelan tu FIEL no podras volver a emitir Facturas con Codigo de Barras Bidimensional CBB

 

El día de hoy 12 de agosto el SAT publico las “Causas para dejar sin efectos el certificado de sello digital”, en dado caso de que la persona física o moral se encuentren expidiendo comprobantes fiscales digitales con Código de Barras Bidimensional (Facturas CBB) y les llegaran a cancelar su FIEL (certificado y sellos digitales) ya no podrán emitir este tipo de comprobantes por lo que solo les quedara la opción de emitir Comprobantes fiscales Digitales por Internet.

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