Si eres ya sea una persona física y en tu trabajo te retienen como Asimilado a Salario o un Asalariado, puedes hacer rápidamente el cálculo del ISPT que te deben de retener, en el caso de los Asalariados la única diferencia es la retención adicional del IMSS.
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A continuación pongo a tu disposición la siguiente herramienta que te ayudará a calcular tus retenciones para cualquiera de los casos antes mencionados, espero que sea de utilidad.
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Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
QUIERO AGRADECER A CONTADOR MX ( A TODAS LAS PERSONAS QUE ESTEN EN ESTA EMPRESA ) POR COMPARTIR SU TRABAJO E INFORMACION CON NOSOTROS, MUCHAS GRACIAS
Gracias Antonio, ese tipo de comentarios hace que nos de gusto poder ayudar con lo poco que tenemos a nuestra disposición, saludos
Una pregunta… tengo al Director de la empresa que gana 50 000 pesos mensuales. Hice el cálculo por asimilables y sale mucho impuesto. Otra contadora sugiere que se le aplique una tabla «trimestral», es de cir, meter los 50 000 en una tabla que considere como si hubiese ganado el ingreso en tres meses, por lo tanto le sale un impuesto mucho menor… es válido hacer eso?… como que no me convence, pero mejor no me quedo con la duda…
Gracias de antemano. Saludos.
Según yo los cálculos Trimestrales no aplican para Asimilables, podrías preguntarle que fundamento tiene para aplicar dicha tabla, Saludos.
Hola buenas tardes, antes que nada felicitarlos ya que me parece excelente esta pagina en la que podemos auxiliarnos cuando surgen dudas al respecto de algun tema contble.
Abordando el tema tengo una duda quiero saber como debo registrar una perdida que me salio en el estado de resultados, no se con que cuentas debo hacer el registro, podrian auxiliarme, saludos.
Aunque no es el tema del post te podría decir que las perdías que se refleja en el estado de resultado al final del ejercicio deberán de verse reflejadas en una cuenta de capital llamada resultados de ejercicios anteriores, saludos
hola buenos dias contador Mix esta pagina esta al dia, por lo cual mesurge una duda
me podran aux. con respecto de como eliminar los recibos de onorarios y sustituirlos por solo el pago y/o retencion de isr de un trabajador
Hola muchas felicidades por su pagina me ha ayudado en muchas dudas que tengo pero ten go una muy importante porque al realizar mi calculo anual de sueldos y salarios me refleja mucho de impuesto a pagar ya dice que tengo que retenerle de mas me podria ayudar
Hola, cuando te da a retener mas se puede dar por varios factores, el principal seria una mala aplicacion de las tablas del ISR ,otra que podria ser es que no se consideraron algunas percepciones como gravadas o en algun pago extraordinario se aplico el impuesto del art 142 LISR, espero habertr ayudado, saludos