A estas alturas el SAT tiene demasiada información de nuestras operaciones con terceros y viceversa. El próximo 15 de febrero de 2016 vencen algunas de las declaraciones informativas que se presentan al SAT.
Entre esas se encontraba la de Clientes y Proveedores, que no era más que la información de clientes y proveedores cuyo monto anual sea igual o superior a $50,000.00. Esta declaración informativa se generaba con el programa DIMM y se presentaba físicamente en las oficinas del SAT.
El día 08 de febrero el SAT publico la nueva regla 3.2.16 donde se da la opcion de no presentar la declaración informativa en cuestión:
Desde hace ya un par de años hemos venido escuchando del ‘buzón tributario’ y de cómo éste se convertirá en la nueva vía de comunicación con la autoridad fiscal, todo parece indicar que ahora sí, en 2016 se convertirá en una herramienta indispensable para los contribuyentes.
A través del buzón tributario la autoridad puede notificar digitalmente a los contribuyentes cualquier acto o resolución administrativa, incluyendo aquellas que pueden ser impugnadas. Por otro lado, los contribuyentes, a través de dicha herramienta, presentarán promociones, solicitudes, atenderán requerimientos, etc.
Si estas obligado a presentar declaraciones informativas de 2014, debes hacerlo a más tardar el 15 de febrero de 2016, mediante el programa Declaración Informativa Múltiple (DIM).
Expedir Constancias: Si expides constancias a terceros, utiliza los Anexos 1, 2 y 4 del programa DIM, según corresponda. El Anexo 1 debe tener sello y firma del empleador que lo imprime.
Existen varios motivos por lo que los contribuyentes deban de presentar alguna de las declaraciones informativas múltiples ante el SAT.
El anexo mas común es el «Anexo 1» el cual lo presentan las Personas Físicas y Morales que hayan pagado remuneraciones a sus trabajadores, le sigue el «Anexo 2» que es donde se declaran las retenciones de IVA, ISR o IEPS que hayan hecho a terceros.
A continuación les dejo los anexos de la Declaración Informativa Múltiple y quienes están obligados a presentarla:
Se sigue manejando que las devoluciones automáticas del IVA se harán en no más de 5 días hábiles, siempre y cuando no exceda de un millón de pesos.
La devolución de IVA se hará una vez enviado el pago provisional.
Dado a que se trata de una devolución automática, para esta no se necesita realizar ningún tipo de tramite (al principio). Esta devolución automática de IVA se hace una vez presentada la declaración del IVA a través del servicio de declaraciones y pagos en el formato electrónico correspondiente, utilizando la FIEL o e.firma portable.
Se han recibido reclamaciones en la PRODECON por la cancelación de Certificados de Sello Digital para poder emitir facturas electrónicas. Esta es una medida del SAT que busca el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
Esta es una practica que se pronostica sera mas común por parte del Servicio de Administración Tributaria.
El Certificado de Sello Digital o CSD sirve para emitir Facturas Electrónicas a tus clientes, en dado caso de que sea cancelado por el SAT debes de solicitar otro. Se tarda de 48 a 72 hrs en estar vigente, por lo que te sera imposible emitir Comprobantes Fiscales por Internet CFDI´s a tus clientes.
Hace unos días la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dio a conocer el mayor robo de identidad del que tuviera registro; usando los datos de una joven de Nayarit, se realizaron operaciones de venta de alcohol etílico por cerca de 800 millones de pesos.
Todo comenzó con el extravío de la credencial del IFE. Delincuentes que hoy siguen sin identificarse, falsificaron dicha identificación modificando la fotografía y la firma, y dejando el resto de los datos intactos.
Al día de hoy no hay ningún beneficiosi envías una declaración vía terceros. El pasado viernes el SAT informo que recibió la primera declaración a través de proveedor autorizado. El 22 de enero se realizó la primera recepción de Declaración de Proveedores de impuesto al valor agregado (IVA), también conocida como DIOT, realizada por un proveedor autorizado.
En la Primera Sesión Nacional de Asuntos Tributarios de la Coparmex, el Jefe del SAT dijo que las auditorías comenzarán en el segundo semestre del año. Asimismo, presentó dos modelos de simplificación en materia de devoluciones.
Las auditorías electrónicas que se realizarán en este año para cumplir con la máxima prioridad del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que es verificar que los contribuyentes estén cumpliendo con sus obligaciones fiscales, no serán sorpresivas y comenzarán en el segundo semestre de 2016, además de que serán pocas, debido a que se estará calibrando el modelo.