Los contribuyentes deben aplicar el aprovechamiento de deducciones de ley, ante falta de estímulos fiscales importantes del gobierno federal, los cuales aportarían para evitar agrandar esta nueva crisis económica.
De acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) la económica en la región tendrá una contracción promedio del -5.3% de acuerdo con sus estimaciones, lo cual representa la mayor contracción económica en la región registrada históricamente, derivado principalmente por la pandemia del coronavirus (COVID-19).
Mientras que otros países del mundo se han publicado estímulos fiscales tales como:
- Prórrogas en las fechas de presentación de declaraciones de impuestos
- Diferimiento de impuestos y contribuciones
- Quita de penas y multas, entre otros
En México el gobierno federal no ha implementado un plan de estímulos fiscales para que las empresas puedan afrontar esta crisis histórica
Aprovechamientos de ley ante la crisis actual
Actualmente se tienen beneficios de Ley que se pueden aprovechar y que en ciertas ocasiones por desconocimiento de los contribuyentes no se aprovechan, a continuación, mencionamos los siguientes:
- Aprovechamiento de deducciones de servicios pagados al extranjero: los pagos de servicios como licencias de software, dominios de correo electrónico y servicios de compañías con residencia fiscal en el extranjero cada vez son más comunes y en ciertas ocasiones por desconocimiento se pierden dichas deducciones. Sin embargo, el pago al extranjero debe ser estrictamente indispensable para la operación y apegarse a lo establecida en el artículo 76 de LISR.
- Deducción de cuentas incobrables: la crisis financiera mundial que se está viviendo puede llevar a nuestros clientes a caer en incumplimientos de pagos, el articulo 27 fracción XV nos establece los requisitos para realizar la deducción de créditos incobrables.
- Deducción de inventarios obsoletos: el articulo 27 es su fracción XX nos menciona la posibilidad de realizar la deducción de “mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados, en existencia, que por deterioro u otras causas no imputables al contribuyente hubiera perdido su valor”. En el contexto actual podemos encontrar que nuestras mercancías pierdan su valor derivado de situaciones NO imputables a las empresas del país.
- Disminución de la PTU pagada correspondiente al ejercicio anterior: La LISR en su artículo 14 fracción II inciso A permite la deducción de la PTU pagada en el ejercicio anterior de los ingresos para efecto del pago provisional de ISR por partes iguales de los meses de mayo a diciembre.
- Pago a parcialidades o diferido: El articulo 66 del Código Fiscal de la Federación menciona que las autoridades fiscales a petición del contribuyente podrán autorizar el pago a plazos, ya sea en parcialidades o diferido de contribuciones omitidas y de sus accesorios.
- Solicitud de disminución del coeficiente de utilidad: La LISR en su artículo 14 último párrafo inciso B, otorga el beneficio de solicitar la autorización para disminuir el coeficiente de utilidad, cuando se estime que el coeficiente de utilidad es superior al ejercicio en curso, a partir del segundo semestre de ejercicio que corresponda.
- Deducción de donativos: el articulo 27 de LISR contempla la deducción de donativos siempre y cuando el monto deducible no exceda el 7% de la utilidad fiscal.
- IMSS pago diferido: derivado de la crisis del generada por el COVID-19 el IMSS ha puesto a disposición de los contribuyentes un convenio de pago a plazos sin necesidad de garantizar el interés fiscal, únicamente cubriendo el 20% de las cuotas patronales y el 100% de las cuotas obreras.
- Prórroga del pago de aportaciones al Infonavit. A partir del 27 de abril de 2020 se puede solicitar en el portal empresarial, la prorroga para el apoyo de las aportaciones aplicables a trabajadores que no cuenten con un crédito de vivienda.
Conclusiones
En el contexto de la crisis económica provocada por el COVID-19 y aunado a esto la falta de apoyo del gobierno federal en relación con la publicación de estímulos fiscales, debemos de analizar y aprovechar todas las posibles deducciones que se encuentren dentro del marco legal, así como los estímulos fiscales que se estipulan en la LISR, de los cuales estaremos hablando en próximos artículos.
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- Contador Público egresado de la Universidad del Valle de Atemajac, con más de 14 años de experiencia como Auditor Externo, Asesor Fiscal y
- Contralor Financiero en firmas BIG 4 y empresas transnacionales en giros de manufactura, comercialización, desarrollo de software, hotelería entre otros.
- Se desempeña como socio fundador de la firma de asesoría integral Tax ID, donde se atienden clientes extranjeros y nacionales de diferentes tipos de industrias.
Correo Electrónico: contacto@taxid.mx
Como siempre, gracias por su oportuna y eficiente orientación.
Exelente informacion.
Muy interesante sus artículos. Ayudan y sirven de base para todo público. Gracias por apoyarnos con toda esta información