El ajuste anual de sueldos y salarios es una obligación que tiene los patrones de conformidad con los artículos 97 y 99 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta 2019.
En primer término veamos a quien no se le realiza el cálculo anual de conformidad con el artículo 97 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta 2019.
El procedimiento para determinar el cálculo anual ha cambiado debido a la entrada en vigor de los CFDI, para el ajuste todos los pagos de los trabajadores deben de estar timbrados y en su caso haber realizado las correcciones de los CFDI con errores, una vez que se tenga toda la información correcta, procederemos a realizar el cálculo anual de sueldos y salarios, pongamos el siguiente ejemplo:
Clave | Concepto | Gravado | Exento |
1 | Sueldo | 56,184.00 | |
1 | Vacaciones | 6,211.52 | |
2 | Aguinaldo | 0.00 | 2,279.76 |
3 | PTU | 6,784.71 | 1,267.35 |
19 | Horas extras | 531.00 | 531.00 |
21 | Prima vacacional | 285.53 | 1,267.35 |
Total | 69,996.76 | 5,345.46 | |
Total de sueldos gravados | 69,996.76 | ||
(-) Ajuste a sueldos gravados | 0.00 | ||
(-) Ausentismo | 0.00 | ||
(=) Base para el ajuste | 69,996.76 | ||
(-) Límite inferior | 58,922.17 | ||
(=) Excedente límite inferior | 11,074.59 | ||
(x) % excedente límite inferior | 10.88 | ||
(=) Impuesto marginal | 1,204.92 | ||
(+) Cuota fija | 3,460.01 | ||
(=) ISR causado | 4,664.93 | ||
(-) Subsidio al empleo causado | 1,650.00 | ||
(-) Retención de ISR | 2,956.00 | ||
(=) ISR a cargo | 58.93 |
En el caso de nuestro ejemplo resulta un ISR a cargo derivado del ajuste, si el descuento se le realiza al trabajador en el mes de diciembre se puede utilizar lo siguiente:
Clave | Deducción | Importe |
101 | ISR derivado del ajuste anual | 58.93 |
Hasta el 31 de diciembre de 2019 se puede utilizar lo establecido en la guía de llenado del CFDI de nómina del SAT en su página 59, es decir se puede cambiar el concepto de la deducción.
Pero si el descuento se realiza a partir del mes de enero de 2020 se tiene que utilizar el procedimiento Apéndice 8 Procedimiento para el registro de la diferencia del ISR a cargo (retención) derivado del cálculo del impuesto anual por sueldos y salarios en el CFDI de nómina.
I.Nodo Deducción
- En el campo TipoDeduccion del Nodo:Deduccion, se debe registrar la clave “101” (ISR Retenido de ejercicio anterior) del catálogo c_TipoDeduccion, publicado en el Portal del SAT.
- En el campo Concepto del Nodo:Deduccion, se debe registrar la siguiente descripción: “ ISR Retenido de ejercicio anterior”.
- En el campo Importe del Nodo:Deduccion, se debe registrar el importe del ISR a cargo del trabajador derivado del cálculo del impuesto anual. Para este ejemplo son: $58.93
Clave | Deducción | Importe |
101 | ISR Retenido de ejercicio anterior | 58.93 |
A continuación veremos los cambios establecidos en la guía del SAT que se publicó el día 14/10/2019
Es importante considerar las disposiciones de la guía del SAT que entran en vigor a partir del 1 de enero de 2020.
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Y si sale a favor y se le regresa al empleado, con que clave seria?