Prácticamente ya tenemos a nuestra disposición las Reformas Fiscales 2012, solo queda pendiente su publicación en el DOF. Respecto a los comprobantes con Código de Barras Bidimensional (CBB), debemos recordar que estos son creados como la opción impresa frente el surgimiento de la facturación electrónica, la cual sustituye a la de imprenta autorizada.
En 2011, este tipo de comprobante en base al CFF solo es permitido para los contribuyentes que deseen emplearlos en operaciones que no rebasen los $2,000 y mediante Resolución Miscelánea se permitió para aquellos contribuyentes cuyos ingresos del ejercicio inmediato anterior para efectos del ISR no rebasen los $4,000,000. Esto permitió a un sinnúmero de contribuyentes acogerse a esta facilidad, dejando pendiente adoptar la facturación electrónica y permitiendo que aquellos contribuyentes que rebasen dichos ingresos puedan hacer uso de este esquema de comprobante con CBB, con el deber de usarlos solo para operaciones que no rebasen los $2,000.00. Sin embargo, esto no se está respetando:
Contribuyentes con ingresos superiores a los $4,000,000 han expedido comprobantes por montos superiores a los $2,000 sin que la autoridad logre poner el orden respectivo. La pregunta es: ¿hay sanción para el que la expide y el que la recibe?
Ante esto, las reformas al CFF para 2012 solo permitirán que los contribuyentes que no rebasen determinado ingreso (que se indicará por medio de reglas de carácter general) expidan este tipo de comprobantes. Supongo que serán los mismos $4,000,000, con los cual será más fácil para la autoridad cerrar la llave del otorgamiento de folios de CBB cuando observe que se rebasa dicho tope de ingresos, quedando fuera de todas posibilidad que contribuyentes que rebasen este monto puedan emitir dichos comprobantes, aun cuando quisieran emitir por montos que no rebasen los $2,000.
¿Qué pasará con mis comprobantes con CBB que solicité en 2011 si soy de esos contribuyentes con ingresos superiores? ¿Hay alguna sanción por expedirlos, aunque no debería corresponderme? Solo analizando y estudiando detenidamente estas reformas estaremos en condiciones de contestar, por lo que es necesario observar detenidamente los cambios para 2012.
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