El Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició 2026 con el Programa de Regularización Fiscal 2026, publicado el 22 de enero. Con él, la autoridad ofrece una oportunidad para que personas físicas y morales regularicen adeudos del ejercicio 2024 o anteriores, con importantes reducciones en multas y recargos.
El programa está diseñado para personas y empresas con ingresos de hasta 300 millones de pesos en 2024 que tengan adeudos o irregularidades detectadas por la autoridad. Su objetivo es permitir la regularización voluntaria de obligaciones, ofreciendo descuentos de hasta 100 % en multas, recargos y gastos de ejecución, o hasta 90 % en caso exclusivo de multas.
Beneficios principales
- Reducción de hasta 100 % en recargos, multas y gastos de ejecución.
- Aplicable a contribuyentes con obligaciones fiscales, aduaneras o de comercio exterior incumplidas.
- Suspensión del procedimiento administrativo de ejecución sin garantía del interés fiscal.
- Posibilidad de pago en hasta seis parcialidades (solo para créditos fiscales firmes).
- El estímulo no se considera ingreso acumulable ni genera saldo a favor o devolución.
¿Quiénes pueden participar?
El SAT estableció tres supuestos para acceder a los beneficios:
- Contribuyentes que autodeterminen contribuciones omitidas de 2024 o ejercicios anteriores. Podrán aplicar el estímulo en la sección “Pago” de sus declaraciones, siempre que liquiden en una sola exhibición antes del 31 de diciembre de 2026.
- Contribuyentes bajo facultades de comprobación. Deberán autocorregirse y cubrir las diferencias detectadas antes de que se les notifique resolución definitiva y a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
- Contribuyentes con créditos fiscales firmes. Podrán solicitar el estímulo a través del portal del SAT o de manera presencial hasta el 31 de octubre de 2026. Si se aprueba, contarán con 15 días naturales para realizar el pago, o hasta seis parcialidades debiendo cubrir la última antes del 30 de noviembre de 2026.
Requisitos y exclusiones
No podrán adherirse al programa los contribuyentes que:
- Hayan recibido condonaciones en programas generalizados anteriores.
- Se beneficiaron del estímulo de regularización 2025 previsto en el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación.
- Tengan sentencia firme por delitos fiscales.
- Aparezcan en los listados definitivos del artículo 69-B o 69-B Bis del CFF.
Además, el estímulo se pierde si el contribuyente impugna total o parcialmente el crédito fiscal una vez aceptado el beneficio.
Fecha límite y trámite
La fecha límite general es el 31 de diciembre de 2026. Dicho estímulo puede significar un importante ahorro en recargos y sanciones si se aplica correctamente y dentro del plazo establecido.
Qué deben considerar los contadores y asesores fiscales
Este programa representa una ventana estratégica de regularización antes de que el SAT intensifique sus acciones de fiscalización digital y revisiones automatizadas. En 2026, se prevé un mayor cruce de información a través de CFDI 4.0, declaraciones prellenadas y controles de retenciones, lo que reducirá el margen de error o evasión.
Por ello, los contadores deben:
- Verificar si sus clientes cumplen los requisitos para recibir el beneficio.
- Evaluar la conveniencia de autocorregir antes de que inicie una auditoría.
- Registrar correctamente los pagos y conservar la evidencia documental para sustentar la aplicación del estímulo.
- Recordar que los pagos extemporáneos o parciales invalidan el beneficio.
Comentario final
En 2026, el SAT combina una fiscalización más selectiva y basada en datos con un incentivo temporal muy claro: quien se regularice mediante el Programa de Regularización Fiscal 2026 podrá obtener reducciones de hasta 100 % en multas, recargos y gastos de ejecución, mientras que quien no lo haga quedará expuesto de lleno a auditorías dirigidas y a un costo financiero mayor por recargos crecientes.
Para despachos contables y empresas, este programa no debe verse solo como un perdón de multas, sino como una herramienta estratégica para depurar ejercicios 2024 y anteriores, cerrar riesgos históricos y entrar a la etapa de fiscalización 2026 con expedientes ordenados, procesos documentados y coherencia total entre CFDI, declaraciones y contabilidad.
Fuente: Prensa SAT 22-01-2026.
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