Skip to main content

 

Usualmente, el fin de año es la época en que comenzamos a preocuparnos de lo que vamos a deducir para no pagar de más. Las deducciones personales son frecuentes pero no suelen ser aprovechadas en su momento, debido a que no nos preocupamos por ellas sino hasta el momento de hacer la declaración anual.

Así que, si tienes alguno de los siguientes gastos personales, puedes deducirlos en tu Declaración Anual:

  • Honorarios médicos, dentales y de enfermeras.
  • Gastos hospitalarios, análisis y estudios clínicos.
  • Alquiler o compra de aparatos para rehabilitación y prótesis, incluida la compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por 2,500 pesos.
  • Gastos funerarios hasta por el monto de un salario mínimo general de tu área geográfica elevado al año.
  • Primas por seguros de gastos médicos. Los gastos anteriores pueden haberse realizado para ti, tu cónyuge, concubino(a), hijos, nietos, padres o abuelos, siempre que dichas personas no perciban durante el año ingresos mayores o iguales a un salario mínimo general elevado al año.
  • Intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a tu casa habitación, siempre que el monto total de los créditos otorgados por dicho inmueble no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión.
  • Donativos a personas autorizadas hasta por una cantidad que no exceda de 7 % de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el ISR a cargo del contribuyente en 2010 antes de aplicar las deducciones personales.
  • Transporte escolar de tus hijos o nietos, siempre que sea obligatorio.
  • Las aportaciones a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan la permanencia para los planes de retiro. El monto de esta deducción será como máximo de 10 % de tus ingresos acumulables en el ejercicio.
  • El importe de los depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión, siempre que no excedan en el año del equivalente a 152,000 pesos.

Para que procedan las deducciones personales, debes contar con los comprobantes (facturas o recibos de honorarios) que reúnan requisitos fiscales; para ello, recuerda que no requieres proporcionar la Cédula de Identificación Fiscal, solo indicar tu nombre, domicilio y RFC de manera verbal para que te sean proporcionados los comprobantes.

Calculadora ISR 2026 de Regalo: Descárgala y calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2026 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!

3 Comentarios

  • andrea dice:

    Hola!!

    Una pregunta, el quinquenio causa impuesto? esta pregunta es poque en años anteriores no se descontaba el isr en la empresa y este año si. de antemano gracias por su respuesta.

  • Victor Manuel dice:

    Mi duda es la Siguiente: En el trabajo contamos con un fondo de ahorro para el retiro contratado con Metlife, pudiendo aportar hasta el 10% de sueldo, y el patrón aporta un porcentaje igual. ¿Se pueden deducir las aportaciones efectuadas en el año por este concepto?

Dejanos tu comentario

Accede gratis a la aplicación web para la Descarga Masiva de XML del SAT

problemas descarga XML web service SAT

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga gratis la calculadora 2026 de ISR, IMSS e Infonavit en Excel.

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga la Tablas de ISR para 2026 en Excel de regalo de la RMF (Anexo 8).

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.