Como cada año en el mes de febrero es obligación de los patrones presentar la determinación de la prima de riesgo de trabajo, a comparación con años pasados ahora es mas sencillo poder llenar y presentar la determinación de la prima de riesgo de trabajo ya sea por escrito en la subdelegación que nos corresponda o a través de la pagina de internet. Para la presentación por escrito el IMSS puso a nuestra disposición un formato electrónico de la Determinación de la Prima, solo tendrá que capturar los datos generales de la empresa y la siniestralidad laboral en las plantillas de la Determinación (carátula y relación de casos de riesgos de trabajo terminados), imprímalo en original y copia y preséntelo en la Oficina Administrativa del IMSS que le corresponda
➡ Determinación Prima de Riesgo de Trabajo para Impresión
La determinación que se presente impresa en las Oficinas Administrativas, deberá contener nombre y firma del patrón o sujeto obligado o de su representante legal, así como el sello de la empresa, en caso de contar con él. Sin la firma el documento carece de validez; además de lo anterior, presentará tarjeta de identificación patronal y, en su caso, copia certificada del acta notarial del representante legal que lo acredite para actos administrativos y para pleitos y cobranzas.
ASPECTOS IMPORTANTES
Se eximirá a la empresa de la obligación de presentar ante el IMSS la “Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad”, cuando:
- La nueva prima determinada resulte igual a la del período anterior.
- Se haya dado de alta ante el IMSS o modificado su actividad durante el período comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre del año que corresponda (período de revisión).
- Exista una reanudación y conserve la misma actividad durante el período que se revisa y haya transcurrido un tiempo mayor a seis meses entre ésta y la fecha de la baja.
La empresa que estando obligada a presentar ante el IMSS la determinación respectiva durante el período establecido no lo hiciere, el IMSS le notificará de oficio la Resolución de Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo.
Cuando un patrón deje de tener trabajadores a su servicio durante más de seis meses y no haya comunicado baja patronal, al reanudar la relación obrero-patronal, será colocado en la prima media de la clase que corresponda a su actividad. Si el período fuera de seis meses o menos será colocado en la prima en que venía cubriendo sus cuotas, siempre y cuando conserve la misma actividad.
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.
Hi, en la página del IMSS relacionada con la revisón de la prima de riezgo indica que también se puede presentar a través del IDSE, algo más cómodo (si es que corre éste site en tu pc), y, por lo ke surge el comentario, que sólo se presenta en caso de que haya modificación a la prima de riezgo, ¡sabes el fundamento de éste rubro???
salu2
hola Daryl
las disposiciones qu eximen al patron de presentar la declaracion anual de riesgo de trabajo cuando el resultado obtenido sea el mismo al del ejercicio inmediato anterior, encontraras el fundamento en el Art 32 Fracc V del Reglamento de la LSS en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
El art. 32 de la LSS dice:Los patrones revisarán anualmente su siniestralidad para determinar si permanecen en la misma prima, o si ésta se disminuye o aumenta, de acuerdo a las reglas siguientes:…
V. Los patrones deberán presentar al Instituto, durante el mes de febrero, los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el programa informático que el Instituto autorice, en donde se harán constar los casos de riesgos de trabajo terminados durante el año, precisando la identificación de los trabajadores y las consecuencias de cada riesgo, así como el número de trabajadores promedio expuestos al riesgo dados en razón de la mecánica bajo la cual efectúen los pagos de cuotas. El Instituto deberá dar aviso al patrón cuando califique algún accidente o enfermedad de trabajo, o en caso de recaída con motivo de éstos.
Además determinarán, con base en los datos proporcionados al Instituto, la prima correspondiente y, conforme a la misma, cubrirán sus cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo.
Se eximirá a los patrones de la obligación de presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético mencionados, cuando al determinar su prima ésta resulte igual a la del ejercicio anterior;
la liga para bajar el formato de declaracion para imprimir en excel me manda a una descarga del formato para 2008… helpp
Ermmm no se por que se complican si el SUA lo hace todo xd solo lo tenes que tener actualizado, el problema seria que el IDSE es una de las peores paginas xd
exactamente por eso se creo este articulo, para tener una opcion aparte del IDSE, saludos