La Ley Federal del Trabajo en México establece diversos tipos de contratos laborales, cada uno diseñado para adaptarse a diferentes situaciones y necesidades tanto de empleadores como de trabajadores. Esta diversidad de contratos permite una mayor flexibilidad en las relaciones laborales, al tiempo que busca proteger los derechos de los trabajadores y proporcionar claridad legal a ambas partes.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo tenemos diversos tipos de contratos laborales entre los cuales encontramos los siguientes.
- Contrato por obra determinada:
Artículo 36 LFT. – El señalamiento de un obra determinada puede únicamente estipularse cuando lo exija su naturaleza. - Contrato por tiempo determinado.
Artículo 37 LFT. – El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los caso siguientes:
I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;
II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y
III. En los demás casos previstos por esta Ley. - Contrato por tiempo indeterminado.
-Contrato a prueba.
-Contrato de capacitación inicial.
En relación con los contratos de prueba y/o de capacitación inicial, el artículo 39-A de la Ley Federal del Trabajo establece su duración.
En las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o cuando excedan de ciento ochenta días, podrá establecerse un periodo a prueba, el cual no podrá exceder de treinta días, con el único fin de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo que se solicita.
Tipos de contratos laborales

Vigencia de los tipos de contratos laborales
El período de prueba puede extenderse hasta 180 días para los trabajadores en los siguientes puestos:
- Dirección
- Gerenciales
- Cualquier persona que ejerza funciones de dirección o administración en la empresa, así como aquellos que realicen labores técnicas o profesionales especializadas.
Durante el período de prueba, el trabajador tendrá derecho a recibir su salario, así como a la garantía de la seguridad social y a las prestaciones correspondientes a su categoría o puesto. Al finalizar este período, si el trabajador no logra demostrar que cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desempeñar sus funciones, a criterio del empleador y considerando la opinión de la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento, se dará por terminada la relación laboral, sin que esto implique responsabilidad alguna para el empleador.
Fundamento: Artículo 39-A segundo y tercer párrafo LFT.
Se define como relación de trabajo para capacitación inicial aquella en la que un trabajador se compromete a prestar sus servicios de manera subordinada, bajo la dirección y supervisión del empleador, con el objetivo de adquirir los conocimientos y habilidades necesarios para el puesto al que será contratado.
Fundamento: Artículo 39-B primer párrafo LISR.
Vigencia de los tipos de contratos laborales

Conclusión
La Ley Federal del Trabajo establece varios tipos de contratos laborales, cada uno diseñado para satisfacer diferentes necesidades y circunstancias. Desde los contratos por obra o tiempo determinados, que permiten flexibilidad en la contratación, hasta los contratos por tiempo indeterminado, que ofrecen estabilidad, todos tienen un papel esencial en la regulación de las relaciones laborales. Además, los contratos a prueba y de capacitación inicial garantizan que los trabajadores adquieran las habilidades necesarias, beneficiando tanto a empleados como a empleadores. La correcta aplicación de estos contratos es clave para un entorno laboral justo y eficiente.

Asesoría y Capacitación Fiscal Monroy S.C.
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