Desde hace tiempo se menciona la nueva figura del Proveedor de Certificación de Recepción de Documentos Digitales, más conocida como PCRDD, al parecer constituye el futuro modelo de recepción de documentos digitales impulsado por el SAT.
Los PCRDD deben facilitar a los contribuyentes la declaración ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de diversos documentos, actuando como “ventanillas electrónicas”.
En este sistema, la figura del PCRDD es el responsable de recibir los documentos fiscales y tributarios, aplicar los procesos de validación, certificarlos y enviarlos de forma segura al SAT. Además, debe proporcionar una constancia oficial del trámite u operación realizada al contribuyente.
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El contribuyente que opte por emitir documentos digitales deberá generarlos bajo el estándar que se requiera, validando su forma y sintaxis en un archivo con extensión XML. Esto se publicó el día de hoy 10 de marzo de 2015 en el Diario oficial de la federación el Anexo 21 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada el 3 de marzo de 2015.
La presentación mensual de la Declaración Informativa por Operaciones con Terceros mejor conocida como DIOT sigue estando vigente para las Personas Físicas (excepto RIF en algunos casos) y Morales.