
Esto funcionaria de manera similar que la facturación electrónica por lo que es de esperarse que los PAC’s sean los PSRDD´s
Con el fin de no saturar la página del SAT (como paso con la facturas electrónica) se crean a los Prestadores de Servicios de Recepción de Documentos Digitales PSRDD.
Si el SAT intenta hacerlo por si solo su página se saturara, por lo que busca que un tercer lo haga por el tal y como sucede con la facturación electrónica, pero en lugar de proveedores autorizados de certificación PAC’s se llamaran Prestadores de Servicios de Recepción de Documentos Digitales o PSRDD.
Cuál será la tarea de los PSRDDs?
Como mencionamos los PSRDDs serán como los PAC’s por lo que es de esperarse que estos últimos sean invitados a también ser PSRDDs ya que el SAT considera que tienen la capacidad tecnológica para recibir los documentos digitales de los contribuyentes, así como validar, asignar un UUID, sellar la información con sello digital y dar acuse de recibo.
Para ser PSRDD se debe de cumplir con varios requisitos entre los que están:
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales
- Mantener un capital social suscrito y pagado de por lo menos $10’000,000.00
- Presentar el dictamen de sus estados financieros para efectos fiscales
- Permitir y facilitar la realización de actos de verificación y de supervisión
- Conservar los documentos digitales recibidos por un término de tres meses
- Entre otras
Para conocer cuáles son todos los requisitos los puedes consultar desde: Requisitos para ser PSRDD
Se enviara la Contabilidad Electrónica a los PSRDD?
En el 2016 se trabajará para que los PSRDD puedan ser receptores, no sólo de declaraciones de IVA, sino que también de la contabilidad electrónica, pagos provisionales y declaraciones anuales.
Más vale prevenir!
Si eres un contribuyente obligado al envió de la contabilidad electrónica debes buscar un sistema que le permitirá enviar su contabilidad a través de la página del SAT. Esto quiere decir que su sistema debe ser capaz de generar los cinco documentos que necesitan para cumplir con esta obligación a tiempo y evitar cualquier clase de multas.
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TENGO ENTENDIDO QUE PARA EL 2016 TODO SE DEBE MANEJAR ATRAVES DE LA CONTABILIDAD ELECTRONICA PERO QUE PASARIA CON LAS PERSONAS FISICAS QUE NO LLEGAN O REBASAN LOS
DOS MILLONES DE PESOS EN INGRESOS ANUALES MAS BIEN ME REFIERO A LAS QUE SOLAMENTE OBTIENEN INGRESOS ANUALES POR 650,000.00 HASTA 1,500.000.00 Y QUE TRIBUTAN EN EL REGI-
MEN DE LAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES DEBEN LLEVAR CONTABILIDAD ELEC
TRONICA O DEBEN DE CAMBIAR DE REGIMEN. ES UNA DUDA QUE TENGO EN ESE ASPECTO OJALA –
ME PUEDA ORIENTAR PARA PODER HACER MEJOR LAS COSAS.
SALUDOS.