La deducción de colegiaturas han causado revuelo entre los contribuyentes que presentan su declaración anual por medios propios y por los que aun no la presentan (asalariados), siendo considerada la presentación por estos últimos por la posibilidad de deducirse ese concepto y tratar de obtener un saldo a favor en su próxima declaración anual por deducirse el pago de colegiaturas.
Para empezar quiero mostrarles la manera correcta de deducir este concepto y no caer en el error de deducir conceptos que no están dentro de la nueva disposición.
Requisitos del comprobante Contener impreso el:
- nombre de la institución educativa privada residentes en el país
- número de autorización o reconocimiento de validez oficial
- período relativo al pago del importe efectivamente erogado
- desglose de la cantidad por concepto de servicio de enseñanza
No se traslada el impuesto al valor agregado (IVA), debido a que la prestación de servicios de enseñanza está exenta (artículo 15, fracción IV de la LIVA). Y también deberá de contener los requisitos de cualquier otro comprobante fiscal
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.