Por C.P. Verónica Luis Mojíca
Gerente de Auditoría, Sueldos y Beneficios
de Deloitte, Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.
A pesar de que este gravamen existe desde 1963, el ejercicio 2014 y las reformas obligan a revisar a detalle los cambios y as diferencias al calcular la retención en los diferentes estados de la República.
De igual forma habría una afectación en los incrementos salariales, los cuales podrían ser los mínimos y para ello simplemente se podría comparar el incremento al salario mínimo de 3.9 por ciento.
Por ello, cualquier modificación al monto o procedimiento para otorgar las prestaciones a los trabajadores podría originar que las bases de cálculo para algunos de los impuestos sufran una considerable variación, donde la mayoría originaría un incremento en el impuesto a cargo.