Skip to main content

A continuación les hacemos llegar las preguntas frecuentes para el manejo del Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal 2012 (SIPRED) en lo que a cuestiones técnicas se refiere, el SIPRED ha sido creado para simplificar la presentación y evitar errores en su envió:

OBJETIVOS DEL SIPRED, SIPIAD Y HOJA DE TRABAJO

  • Simplificar a los contribuyentes y a la contaduría pública organizada la captura, registro y conservación de los datos financieros y contables para cada empresa, así como permitir la generación de la información específica del dictamen fiscal.
  • Generar el dictamen fiscal y la información alternativa al dictamen utilizando plantillas de Excel
  • Reducir al mínimo, el rechazo y/o aclaración de la información del dictamen fiscal y de la información alternativa al dictamen que presenta el contribuyente ante el SAT, por errores en la captura o su incorrecta elaboración.
  • Hacer más eficiente y oportuna la forma de llevar a cabo la entrega del dictamen fiscal y la información alternativa al dictamen a la autoridad.

Calculadora ISR 2025 de Regalo: Descárgala y calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2025 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!

1. ¿Qué versión de plantilla debo utilizar para la captura y el envío del dictamen en el aplicativo SIPRED 2012?

TIPO DE PLANTILLA Y VERSIÓN

  • Estados Financieros General. 2
  • Donatarias. 1
  • Régimen Simplificado. 1
  • Bancos y Sofoles. 1
  • Grupos Financieros. 1
  • Casas de Bolsa. 1
  • Casas de Cambio. 1
  • Establecimientos Permanentes. 1
  • Aseguradoras y Afianzadoras. 1
  • Intermediarios Financieros no Bancarios. 1
  • Sociedades de Inversión de Renta Variable y en Instrumentos de Deuda. 1
  • Sociedades de Inversión de Capitales. 1
  • Sociedades Controladoras y Controladas. 1

2. ¿Qué debo hacer si en el SIPRED se actualizó la versión con una nueva plantilla; por ejemplo, si mi dictamen fue creado con la versión 1 y posteriormente se actualizó a la versión 2? Debe crear nuevamente el dictamen y verificar que se genere con la última versión de la plantilla actualizada, además, si se tenía capturada información en el dictamen con versión de plantilla 1, se deberá copiar y pegar en el dictamen con versión de plantilla 2.

3. ¿En el anexo “Determinación del Costo de lo Vendido para Efectos Contables y del Impuesto sobre la Renta” es necesario requisitar todos los índices? En el SIPRED 2012, el llenado de la información del anexo “Determinación del Costo de lo vendido para Efectos Contables y del Impuesto sobre la Renta”, está en función de lo que el usuario seleccione en el combo del índice 01D017000.

Cuando se seleccione la opción “1-COSTEO DIRECTO (COSTOS HISTORICOS)”, será obligatorio requisitar en el anexo antes señalado, el rango comprendido del índice 01060000000000 AL 01060026000000. No se omite precisar que será necesario que se anote cero “0” en todos los índices de los cuales no se tenga información.

Cuando se seleccione la opción “2-COSTEO DIRECTO (COSTOS PREDETERMINADOS)”, será obligatorio requisitar en el anexo antes señalado, el rango comprendido del índice 01060000000000 AL 01060026000000. No se omite precisar que será necesario que se anote cero “0” en todos los índices de los cuales no se tenga información.

Cuando se seleccione la opción “3-COSTEO ABSORBENTE (COSTOS HISTORICOS)”, será obligatorio requisitar en el anexo antes señalado, el rango comprendido del índice 01060027000000 AL 01060056000000. No se omite precisar que será necesario que se anote cero “0” en todos los índices de los cuales no se tenga información.

Cuando se seleccione la opción “4-COSTEO ABSORBENTE (COSTOS PREDETERMINADOS ESTIMADOS)”, será obligatorio requisitar en el anexo antes señalado, el rango comprendido del índice 01060027000000 AL 01060056000000. No se omite precisar que será necesario que se anote cero “0” en todos los índices de los cuales no se tenga información.

Cuando se seleccione la opción “5-COSTEO ABSORBENTE Y METODO DE VAL. COSTO ESTANDAR” será obligatorio requisitar en el anexo antes señalado, el rango comprendido del índice 01060027000000 AL 01060056000000. No se omite precisar que será necesario que se anote cero “0” en todos los índices de los cuales no se tenga información.

Cuando se seleccione la opción “6-SISTEMA DISTINTO A LOS ANTERIORES”, será obligatorio requisitar en el anexo antes señalado, el rango comprendido del 01060057000000 AL 01060066000000. No se omite precisar que será necesario que se anote cero “0” en todos los índices de los cuales no se tenga información.

Cuando se seleccione la opción “7-NO APLICA”, se entenderá que no le es aplicable ninguno de los métodos de valuación de inventarios mencionados en los puntos del 1,3,3,5 y 6.

4. ¿El índice 01070072000000 “TOTAL DE GASTOS” tiene fórmula para determinar su importe? El índice 01070072000000 “TOTAL DE GASTOS” contiene fórmula que hace la suma del total, además en los índices denominados “OTROS” de cada grupo, se incorporaron fórmulas que únicamente suma los importes que corresponda a los índices que agregue cada contribuyente.

5. ¿El índice 01070070000000 “TOTAL DE OTROS GASTOS” suma en forma automática los importes correspondientes al ejercicio 2012? Sí, los suma en forma automática.

6. ¿Cómo se deben realizar las sumatorias de los rangos de índices que contienen agregados en el concepto “Otros”? El sistema realiza la suma en forma automática de los índices agregados denominados como “otros”.

7. ¿Debo instalar algún programa adicional al Microsoft Excel para que funcione correctamente el SIPRED 2012? No, el SIPRED 2012 funciona con Microsoft Excel.

8. ¿Los dictámenes que respaldé con la versión del SIPRED 2011 puedo restaurarlos en el SIPRED 2012? No, únicamente se colocan en una ruta que elija el contribuyente. .

9. ¿Puedo utilizar el SIPRED 2012 como Excel? No, porque el manejo operativo de la hoja de cálculo del SIPRED 2012 es limitado.

10. Cuando envío un dictamen me manda un mensaje de rechazo que dice: “El RFC del Contador Público Registrado contenido en el dictamen enviado, es diferente al existente en la base de datos de CPR´s” ¿Qué debo hacer? Presente su escrito de aclaración ante la Administración Local de Auditoría Fiscal a la que le corresponda o bien directamente ante la AGAFF con la siguiente información:

– Número de CPR
– RFC actual (Fiel)
– RFC anterior
– Nombre completo
– Entidad Federativa

11. ¿Es posible accesar a las opciones de SIPRED por medio de teclas de dirección o teclas de función del teclado? No es posible, por la funcionalidad del propio sistema.

12. ¿Cuando se genera un nuevo dictamen, ¿es necesario capturar el RFC en el anexo de datos de identificación del contribuyente, para poderlo cerrar? El RFC es un dato que se vuelve obligatorio una vez que se crea el nuevo dictamen, por lo que es necesaria su captura.

13. ¿Es necesario utilizar la función de (X) para cerrar y salir del SIPRED? Para cerrar y salir del propio sistema, se tiene que utilizar la función de “cerrar” (X).

14. ¿El SIPRED afecta algunos programas que se tengan instalados? El SIPRED no afecta a ningún otro sistema, debido a que ocupa componentes comunes de Windows y office

15. ¿Qué procede cuando al bajar la información del contador público registrado o del contribuyente, aparece información incorrecta o incompleta? Si la información que se obtiene de las bases de datos del SAT no se encuentra actualizada o aparece incompleta, se deberá modificar o completar de manera manual.

16. ¿Qué pasa si en la “CONSULTA DE PAGOS y DECLARACIONES” la información no está actualizada? La “Consulta de pagos y declaraciones” es una herramienta que sólo permite visualizar e imprimir la información que tiene la autoridad registrada de cada contribuyente, por lo tanto en caso de existir discrepancia, se deberá hacer la aclaración correspondiente ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.

17. ¿Los dictámenes que respaldé con las versiones anteriores del SIPRED puedo restaurarlos en el SIPRED 2010? No, estos podrán ser restaurados instalando el SIPRED 2009.

18. ¿Si al capturar información en el anexo de notas a los estados financieros, no me es suficiente el espacio de captura, que debo hacer? Puede capturar la información restante en el anexo de “información adicional”, haciendo referencia que dicha información se trata del complemento a la información que se presenta en el anexo de notas a los estados financieros.

19. ¿Qué debo hacer cuando en el anexo de Estado de Variaciones en el Capital Contable agrego “otras cuentas de capital” ? Debe agregar índices en la columna de concepto “OTROS”, y en esta columna se adicionarán los nombres de cada una de las cuentas de capital que correspondan, y las cantidades de cada concepto se anotarán únicamente en la columna “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL”.

20. ¿Qué debo hacer si al enviar mi dictamen fiscal no recibo el acuse de aceptación? Debe ingresar a la Página del SAT con su firma electrónica avanzada y reimprimir el acuse de aceptación del dictamen enviado por Internet, en la ruta de “Oficina virtual – Personas físicas o Personas morales – TRÁMITES – Dictamen fiscal- Información general – Mayor información del dictamen fiscal – Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (SIPRED) – SIPRED 2012 – Monitor del Dictamen Fiscal 2012”.

21. Cuando se trate de un contribuyente que no es una empresa maquiladora o un recinto fiscalizado estratégico, se deben contestar todas las preguntas del anexo de información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas y, asimismo el contador público que dictaminó debe responder todas las preguntas del cuestionario de precios de transferencia.

En la plantilla o dictamen de estados financieros general.
- No se deben contestar las preguntas 01330084000000 a la 01330152000000 (Anexo 33).
- No se deben contestar las preguntas 01400039000000 a la 01400051000000 (Cuestionario en materia de precios de transferencia).

En la plantilla o dictamen de estados financieros aplicable a las sociedades controladoras y controladas
- No se deben contestar las preguntas 16320083000000 a la 16320149000000 (Anexo 32).
- No se deben contestar las preguntas 16690038000000 a la 16690052000000 (Cuestionario en materia de precios de transferencia).

En la plantilla o dictamen de Establecimientos Permanentes de residentes en el extranjero
- No se deben contestar las preguntas 08330083000000 a la 08330149000000 (Anexo 33).
- No se deben contestar las preguntas 08430036000000 a la 08430047000000 (Cuestionario en materia de precios de transferencia).

Dejanos tu comentario

Accede gratis a la aplicación web para la Descarga Masiva de XML del SAT

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga gratis la calculadora 2025 de ISR, IMSS e Infonavit en Excel.

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga la Tablas de ISR para 2025 en Excel de regalo de la RMF (Anexo 8).

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Escanea el código