El artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo prohíbe la subcontratación laboral; Sin embargo, el artículo 13 establece que, a través del REPSE, se permite la subcontratación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, siempre que estas no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderan.
Se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público a que se refiere el artículo 15 de esta Ley.

Servicios u obras especializadas: son aquellos que reúnen elementos o factores distintivos de la actividad que desempeña la contratista, que se encuentran sustentados, entre otros, en la capacitación, certificaciones, permisos o licencias que regulan la actividad, equipamiento, tecnología, activos, maquinaria, nivel de riesgo, rango salarial promedio y experiencia, los cuales aportan valor agregado a la beneficiaria.
Además, la contratista debe contar con su registro en el REPSE, un documento expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para aquellas contratistas que cumplen con los requisitos establecidos. Este registro debe renovarse cada tres años.
Obligaciones de declaración informativa en IMSS e INFONAVIT en el REPSE
IMSS: Presentar la declaración cuatrimestral en el ICSOE, respecto a esta declaración en preguntas frecuentes específicamente en la siete y ocho, indica en qué casos estoy obligado a presentar la declaración informativa y que pasa cuanto no tengo contratos.
7. ¿Cómo sé si estoy obligado a presentar la informativa de contratos?
Si eres una persona física o moral que ejecuta servicios especializados o realiza obras especializadas y para ello proporcionas o pones a disposición trabajadores propios en beneficio de otra para ejecutar los servicios o realizar las obras especializadas en los términos de los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo, estas obligado a presentar la informativa de contratos.
8. Si no celebré contratos en el cuatrimestre a reportar ¿estoy obligado a presentar informativa de contratos a través de ICSOE?
Si, se presenta la informativa de tipo “Sin información”.
INFONAVIT: Presentar la declaración informativa cuatrimestral y en preguntas frecuentes se establece como se debe de presentar la declaración en caso de no haber realizado contratos en el cuatrimestre.
Si existe un patrón que se registró ante la STPS, pero no tiene trabajadores que a la fecha estén prestando algún servicio especializado, ¿cómo se presentaría la información? Se deberá presentar un Informe sin actividad.
Comentario final
El registro en el REPSE es un requisito indispensable para aquellas empresas que prestan servicios u obras especializadas. Además de cumplir con este registro, es fundamental presentar las declaraciones cuatrimestrales ante el IMSS e INFONAVIT, incluso si no se han celebrado contratos en el período correspondiente. Mantenerse al día con obligaciones estas evita sanciones y garantiza el cumplimiento normativo en materia laboral y fiscal.
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