El envío de la Contabilidad Electrónica es una actividad que implica mucho esfuerzo por parte de los Contribuyentes y Contadores Públicos. Analizando un poco la obligación del envío de la Contabilidad Electrónica vemos que implica enviar información que ya tiene el SAT por lo que el mismo SAT da la oportunidad a las Personas Físicas de simplificar su contabilidad utilizando “Mis Cuentas”.
Si ya estás obligado al envío de la contabilidad electrónica este 2016 puedes evitar su envío si utilizas el Herramienta del SAT “Mis Cuentas”, en esta herramienta registrara sus ingresos y egresos pudiendo también emitir facturas electrónicas.
Que Contribuyentes que NO avisan al SAT
Los contribuyentes que por default deben utilizar ‘Mis Cuentas’, quedando por lo tanto liberados del envío del aviso al SAT son:
- Contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). (3ª RMF 2016 2.8.1.5)
- Sociedades y asociaciones civiles autorizadas para recibir donativos deducibles que perciban ingresos iguales o menores a $2’000,000.00., siempre que éstos no provengan de actividades por las que deban determinar ISR.(3ª RMF 2016 2.8.1.2)
Contribuyentes que necesitan avisar al SAT
El SAT da la facilidad a los contribuyentes de utilizar “Mis Cuentas” siempre y cuando le envíen un aviso desde su portal. Las siguientes personas son los contribuyentes que deben enviar el aviso si optan por no enviar la Contabilidad Electrónica:
- Las personas físicas que presten servicios profesionales (honorarios), siempre que sus ingresos del ejercicio de que se trate no excedan de $2´000,000.00 (3ª RMF 2016 2.8.1.6)
- Demás personas físicas (obligadas a llevar contabilidad) y asociaciones religiosas que hayan optado por utilizar la herramienta electrónica ‘Mis cuentas’ de conformidad con lo previsto en la regla 2.8.1.5. (3ª RMF 2016 2.8.1.6)
Que capturó en Mis Cuentas?
Si vas a utilizar la herramienta del SAT “Mis Cuentas” vas a obtener el beneficio de la autoridad, el cual consiste en que los ingresos y gastos amparados por un CFDI se registran de forma automática en “Mis Cuentas” por lo que los contribuyentes únicamente deberán capturar aquéllos movimientos que no se encuentren pre-cargados.

Consideraciones:
Si usted actualmente ya lleva su Contabilidad en algún software contable o algún servicio en línea, a estas alturas la mayoría de estos sistemas se adaptaron a la generación de la información que ayuda a cumplir con la Contabilidad Electrónica, por lo que no representa esfuerzo adicional notable.
En cambio si usted no necesita una contabilidad y sus operaciones son muy pocas, la opción del uso de “Mis Cuentas” es su mejor opción para evitar tener que contratar el envío de la Contabilidad Electrónica aparte del servicio contable.
Hasta cuándo se puede avisar al SAT?
El 14 de julio se publicó en el Diario Oficial de la federación la 3era Modificación a la RMF 2016, donde da prórroga hasta el 31 de diciembre a los contribuyentes que pueden enviar el aviso:
Los contribuyentes a que se refiere la regla 2.8.1.19., podrán ejercer la opción de utilizar “Mis cuentas” a más tardar el 31 de diciembre de 2016, con efectos a partir del 1 de enero de 2016, siempre y cuando la autoridad no haya requerido la presentación de su contabilidad electrónica que se debió haber enviado mediante el Portal del SAT
Cómo enviar el Aviso del Uso de Mis Cuentas al SAT?
Si estás convencido de que el uso de la herramienta del SAT es mejor te invito a leer el siguiente artículo donde explico paso a paso cómo enviar el trámite basado en lo que el SAT indica.
Ir al artículo: Como Enviar la Aclaración para usar “Mis Cuentas”

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ENTONCES , EL CONTRIBUYENTE TIENE QUE SEGUIR CONTABLIZANDO EN SU PROGRAMA,Y NADA MAS USAR MIS CUENTAS PARA FACTURAR Y/O HACER RECIBOS DE NOMINA….POR QUE SEGUN LEO DICEN NO CONTABILIZAR EN EL PORTAL MIS CUENTAS LOS CFDI POR QUE , YA ESTAN AUTOMATICAMENTE ESA INFORMACION Y QUE NO DE DUPLIQUE……Y QUIEREN QUE CONTABILICES LAS REMISIONES,NOTAS ..PERO SI DESPUES LLEGAN LOS CFDI DE ESAS REMISIONES……..AHORA SI QUE ALGUIEN ME EXPLIQUE…YO CREIA QUE EL FUNDAMENTO ERA QUE AL SAT LE LLEGARA EN CALIENTE LA INFORMACION DE TODAS LAS OPERACIONES Y ASI RAPIDAMENTE SOLICITAR Y/O REQUERIR LA PRESENTACION DE LAS DECLARACIONES……PERO ADEMAS DA LA OPCION DE USAR PROGRAMAS EXTERNOS DE FACTURACION…
Esto de enviar un escrito libre para avisarle al SAT el uso de mis cuentas, es en verdad una contradicción, los contribuyentes del RIF, los profesionistas, los arrendadores, que no rebasen los $2.000,000.00 de pesos no tienen obligación de enviar su contabilidad. Mas sin embargo cada uno ha escogido el PAC para la elaboración y timbrado d sus CFDI, independientemente de que pudieran hacerlo en Mis Cuentas. De tal suerte que si voy a Mis Cuentas y consulto mis facturas emitidas y mis facturas de compras y gastos, las puedo obtener fácilmente. Luego entonces ya el SAT tiene mis registros, entonces porque carajo tengo que enviar otra vez mi contabilidad. Si uso el PAC para timbras y Mis Cuentas para timbrar, entonces estoy duplicando mis ingresos y mis gastos. Debería ser mas explicito el SAT y emitir de una vez por todas, un comunicado donde explique con quien quiere que timbremos, porque el SAT al final se dio cuenta de que los contribuyentes mejor deberían timbras con su aplicación de Mis Cuentas y no hayan como atemorizarnos y aterrorizarnos sacando sus reglas que no tienen ninguna sana intención, menos de una simplificación positiva.
El asunto del pre-cargado, me genera mucha confusión ya que no hay un apartado donde puedas ver la información según pre-cargada, por lo tanto no hay manera de que revises que la información que tiene esta correcta. Según la información en CFDI ya esta cargada y al presentar la declaración no te sugiere cantidades para el calculo o por lo menos en mi caso aun siendo RIF.
BUEN DIA:
Tengo 2 dudas.. espero me ayuden a aclararla..
1.-El uso del portal de mis cuentas exime al contribuyente a presentar DIOT?
2.-En el caso de las P. F. con actividades empresariales y profesionales donde presentan la declaración mensual, si optan por el uso del portal de mis cuentas?
Estare muy atento a sus comentarios..
gracias…
Hola Buen día, gracias por la información, una pregunta:
¿Ya debi mandar mi Contabilidad Electronica, independientemente que no he realizado el tramite de dar aviso del uso de mis cuentas?
Saludos.
HOLA, REFERENTE A EL USO DE MIS CUENTAS, PARA LAS PERSONAS FISICAS, HICE MIS ENVIOS DE VARIOS CONTRIBUYENTES DESDE ANTES DEL 30 DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, Y JAMAS RECIBI RESPUESTA POR PARTE DEL SAT, O NO SE SI TENDRÍA QUE ESPERAR RESPUESTA, O EL SAT QUEDARIA EN EL ENTENDIDO QUE SE USARIA DICHA APLICACION; MI DUDA AHORA ES: DONDE DEBO DECLARAR IMPUESTOS DE LOS CONTRIBUYENTES DE ARRENDAMIENTO Y HONORARIOS, EN EL APLICATIVO MIS CUENTAS O EN EL ESQUEMA QUE SE HA VENIDO USANDO EN LA PLATAFORMA DEL SAT?
PODRIAN ACLARAR MI DUDA?
GRACIAS POR ATENDER.
SI YA ESTOY UTILIZADON CONTABILIDAD MX TENGO O NO OBLIGACION DE ENVIAR MI CONTABILIDAD AL SAT O QUE DEBO DE HACER
CREO QUE A ESTAS ALTURAS LA MAYORIA DE LOS CONTADORES NOS HEMOS CONVERTIDO EN LAS CHACHAS DEL SAT, PORQUE TODO QUIERE QUE LE HAGAMOS PELADITO Y A LA BOCA, PERO GRACIAS A USTEDES CON LA INFORMACION QUE NOS DAN DIA A DIA NOS EVITAN MUCHAS DUDAS Y CAER EN ERRORES CON SUS INFORMACIONES TAN ATINADAS. Y COMENTARIOS TAN DIGERIBLES QUE NO CUESTA TRABAJO ENTENDER SU INFORMACION.
MUCHISIMAS GRACIAS Y FELICIDADES POR SU LABOR.
excelente informacion
Envie mi aclaracion en tiempo’ tengo que registrar cada mes los gastos d los cuales no cuento cn un cfdi y es solo eso para evidenciar q estoy utilizando mis cuentas.
NO ENCUENTRO LA FORMA DE INGRESAR PARA VER LA FORMA EN COMO PRESENTAR EL AVISO DEL USO DE MIS CUENTAS EN EL PORTAL DEL SAT
Hola, en éste mes de julio 2016 puedo cambiar de actividad empresarial y profesional al RIF? puedes indicarme la fecha del DOF de la publicación de RMF?
Yo ya envie mi escrito para usar mis cuentas para evitar el envio de la contabilidad electronica soy persona fisica actividad profesional (por honorarios) y mi pregunta es, si no tengo otro tipo de gastos, mas los que me facturan normalmente (gasolina, papeleria,seguros,etc) y mis impuestos los pago por pago referenciado, NO DEBO HACER NADA EN MIS CUENTAS Y AL TENER EL SAT MIS INGRESOS Y GASTOS YA SE CONSIDERA CUMPLIDA LA OBLIGACION, O DEBO DE HACER ALGUN TIPO DE ENVIO, si me pudieran aclarar por favor
Hola me podría facilitar un borrado del escrito libre, para utilizar MIS CUENTAS.
Por su atención muchas gracias.
Las personas morales con fines no lucrativos, mismas que que no causan isr, iva, ieps no entran en esta facilidad?
Únicamente expiden recibos a través del sistema gratuito del sat por las cuotas de mantenimiento que pagan los propietarios de condominios.
Saludos afectuosos
EXCELENTES COMENTARIOS Y DE MUY OPORTUNOS
MUY BUENA INFORMACION Y COMPLETA
los personas físicas del Régimen de arrendamiento deben enviar el aviso para el uso de mis cuentas?
GRACIAS POR TODO EL APOYO QUE BRINDAN, ME AYUDA MUCHO
necesito un soware de contabilidad electronica.
Tengo pregunta si tengo un cliente dado alta persona física con actividad empresarial y tiene además dos patrones puede estar RIF
HOLA BUENAS TARDES, QUE PASA SI YA ENVIÉ LA CONTABILIDAD ELECTRONICA DE ENERO A JUNIO DE 2016, TENGO LA OPCIÓN DE PRESENTAR EL AVISO PARA EL USO DE MIS CUENTAS O YA NO PROCEDE?
Excelente artículo. Muchas gracias por compartir sus conocimientos
GRACIAS
LA VERDAD ESTAS PUBLICACIONES ME HAN SERVIDO BASTANTE YA QUE A LA FECHA NO HE PRESENTADO LA INFORMACION CONTABLE Y ANTERIORMENTE PRESENTE EL ESCRITO EXTEMPORANEAMENTE Y ME FUE RECHAZADO POR LA AUTORIDAD. QUE BUENO QUE NOS DEN OTRA OPORTUNIDAD MAS PARA UTILIZAR LA OPCION DE MIS CUENTAS.