Usa «Mis Cuentas» y no envíes la Contabilidad Electrónica

mis cuentas sat 1
Contabilidad Electronica TAX

Si eres persona física que va optar por utilizar la herramienta “Mis cuentas” debes presentar un caso de aclaración por medio de “Mi portal” para manifestarle esta elección, a más tardar el 31 de diciembre de 2016 (Regla 2.8.1.19).

Recuerda que en 2016 ya te obligas a enviar tu información contable a la autoridad fiscal, la cual solo puedes proporcionarla a través de:

  • Contabilidad Electrónica, se enviará por medio del buzón tributario o por la página del SAT en la sección “Trámites”
  • “Mis cuentas”, los ingresos y gastos amparados por un CFDI se registran de forma automática únicamente deberás capturar aquellos que no se encuentren sustentados en dichos comprobantes

Si aún tienes dudas sobre la forma en que debes a enviar tu información contable verifica lo siguiente:

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Si puedes evita enviar la Contabilidad Electrónica! – Avisa al SAT uso de “Mis Cuentas”

aclaracion al SAT mis cuentas

 

El envío de la Contabilidad Electrónica es una actividad que implica mucho esfuerzo por parte de los Contribuyentes y  Contadores Públicos. Analizando un poco la obligación del envío de la Contabilidad Electrónica vemos que implica enviar información que ya tiene el SAT por lo que el mismo SAT da la oportunidad a las Personas Físicas de simplificar su contabilidad utilizando “Mis Cuentas”.

Si ya estás obligado al envío de la contabilidad electrónica este 2016 puedes evitar su envío si utilizas el Herramienta del SAT “Mis Cuentas”, en esta herramienta registrara sus ingresos y egresos pudiendo también emitir facturas electrónicas.

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