Tercera resolucion de modificaciones a la resolucion miscelanea fiscal para 2013
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:
UNICO. Para los efectos del artículo 12 del CFF y de la regla II.2.11.2., los contribuyentes que tengan como fecha de vencimiento el 1 de julio del 2013 para la presentación del dictamen de estados financieros correspondiente al ejercicio 2012, tendrán por presentado en tiempo dicho dictamen cuando lo envíen a más tardar el 3 de julio de 2013.
Primero. La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación
Fuente: SAT
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