El 2 de mayo de 2016 fue el ultimo día para presentar la declaración anual como Persona Física ante el SAT, si aun no haz enviado tu declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puedes hacerlo aun para evitar se apliquen sanciones.
Si aun no te han requerido por no haber enviado la declaración anual como Persona Física, puedes hacerlo de manera extemporánea.
Evita que se te apliquen las multas que marca el Código Fiscal de la Federación que van desde los 1,240 hasta los 15,430 pesos por cada una de las obligaciones no enteradas en tiempo y forma. También evita el adjudicarte una sanción que va desde los 1,240 a los 30,850 pesos por cada declaración, solicitud o aviso que no se presento en el plazo obligado.
También por no enviar tus declaraciones por Internet cuando estés obligado a ello, enviarlas fuera de plazo o hacer caso omiso a los requerimientos del SAT, puedes adjudicarte una multa que va de los 12,640 a los 25,300 pesos.
Recupera tu saldo a favor
Si eres persona física puedes aplicar las deducciones personales para deducirlas y obtener un saldo a favor de ISR. Este saldo lo puedes solicitar en devolución, este año los depósitos de saldo a favor fueron ágiles y la mayoría recibió a los cinco días de presentar su información el deposito del monto de su saldo a favor.
Principal Problema: «La Tecnología»
Hay personas que todavía no se adecuan a los nuevos sistemas y la nueva tecnología, la realidad es que no todos cuentan con los medios tecnológicos para presentar sus declaraciones. La mayoría de los Contribuyentes se encuentran en una etapa de educación (transición), ya que no es lo mismo que hacer la declaración en papel.
Actualmente la plataforma disponible en Internet para efectuar la declaración es ágil pero aun la mayoría de los contribuyentes necesitan ir al SAT para recibir asesoría en el manejo de los servicios tecnológicos.
El SAT y el Buro de Crédito
Desde hace algún tiempo se sabe que los adeudos fiscales se envían a las sociedades de información crediticia y forman parte del historial crediticio del tributante. Y estos adeudos se envían al Buro de Crédito y pueden afectar al contribuyente al momento de solicitar un crédito mediante las entidades financieras del país.
Envió de la Declaración Anual Extemporánea
Si eres persona física y aun no envías tu declaración anual debes de ponerte al corriente con tus obligaciones, dado que si se incumple dentro del plazo que se indica en el requerimiento procede una multa adicional. Es posible presentar la declaración anual con posterioridad y de existir un saldo a cargo se debe pagar, además del impuesto determinado, la actualización y los recargos que en su caso procedan.
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No fue devuelto un saldo a favor, dice la autoridad que le envie por internet la constancia anual de percepciones, es un contribuyente obligado ya que sus ingresos son mayores a 400,000.00 y la clave interbancaria…cual es el procedimiento para hacer llegar esta información?? Agradezco de antemano su apoyo
Hola Nora buenas tardes, debe de realizar su aclaracion desde «Mi Portal» del SAT ingresando con su RFC y clave CIEC.
Saludos
Le agradezco su atención para dar a conocer estos asuntos delicados, Saludos cordiales.
Presenté mi declaración anual de las personas físicas extemporánea hasta el 09 de julio 2016 , tuve un saldo a favor. Cuánto tiempo aproximadamente tomará para la devolución del saldo ? considerando que fue extemporáneo el tramite.
Tengo una duda, si una persona estuvo en el regimen de honorarios y no pago impuestos ni presentó declaración anual en ese periodo, ahora es asimilado y el sat le pide que pague el impuesto que debio pagar durante 1 año 7 meses, se hace en una sola declaración el pago del impuesto generado en ese periodo?