En el estado de Puebla, la tenencia y el refrendo aplica para vehículos nuevos y usados con antigüedad de uno a nueve años. El impuesto se determina según el tipo de vehículo, valor de factura y año modelo, de acuerdo con la Ley de Hacienda del Estado.
Sin embargo, el artículo 50 de dicha ley contempla un programa de apoyo que permite exentar el 100 % del impuesto sobre tenencia, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
Artículo 8.- El pago del impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados será la cantidad que resulte de aplicar el factor del 0 (cero) a la base a que se refiere la Ley de Hacienda del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Artículo 9.- Los sujetos de este impuesto que adquieran vehículos automotores cuyos modelos sean de más de diez años de fabricación nacional, anteriores a la aplicación de esta Ley, pagarán la cantidad de $0.00.
Artículo 7 LIP 2013.- El impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos a que se refiere la Ley de Hacienda del Estado Libre y Soberano de Puebla, se causará y pagará de conformidad con lo siguiente:
I.- Automóviles nuevos, destinados al transporte hasta de quince pasajeros, y vehículos usados de 1 a 9 años, modelo de antigüedad:

II.- Motocicletas nuevas:

Requisitos para el pago de tenencia y refrendo en el estado de Puebla:
Refrendo
- El contribuyente deberá tener placa para poder consultar su adeudo por Internet.
Pago de tenencia y/o derechos de control vehicular.
Tenencia
- El contribuyente deberá tener placa y número de serie para poder efectuar su pago por Internet.
- El contribuyente podrá utilizar las siguientes formas de pago:
- Tarjeta de crédito.
- Cargo a cuenta de cheques.
- Pago en ventanilla bancaria con referencia.
Pasos para efectuar el pago:
- Ratificar datos: El contribuyente ratificará que los datos del domicilio que le son mostrados continúan vigentes.
- Seleccionar ejercicio fiscal: El contribuyente deberá seleccionar uno o varios ejercicios fiscales que desea pagar.
- Confirmar: El contribuyente confirmará sus pagos y montos que previamente ha seleccionado.
- Pagar: El contribuyente seleccionará la forma de pago.
- Imprimir comprobante: El contribuyente imprimirá el comprobante de la operación bancaria o su comprobante fiscal electrónico de pago.
Nota: Excepto cuando selecciones pagar en ventanilla bancaria.
Preguntas frecuentes sobre la eliminación de la tenencia en México (nivel federal)
¿Hasta qué fecha estará vigente la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos?
Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2011. Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
¿Continuará vigente la Ley Federal sobre Tenencia o Uso de Vehículos cuando, antes de 2012, las entidades federativas establezcan impuestos locales sobre tenencia o uso de vehículos?
En este caso se suspenderá el cobro del impuesto federal correspondiente en la entidad federativa de que se trate.
Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
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