En estas fechas se esta anunciando la utilización del Sistema de Pagos Referenciados del IMSS donde los patrones podrán pagar sus cuotas sin utilizar los discos de 3 y media en los bancos, creando una línea de captura similar a la que genera el SAT para los pagos provisionales, esto es una buena noticia para los patrones, pero en los últimos días el servicio del IDSE o IMSS Desde Su Empresa no ha permitido el envió de movimientos afiliatorios ya sean altas, bajas o modificaciones.
Si eres nuevo en la presentación de estos movimientos y solo los has presentado por el IDSE, debes saber que anteriormente se presentaban en la subdelegación que le corresponde al patrón por medio de discos o diskettes de 3 y media, los cuales se generan en el programa DISPMAG
Si aun no puedes presentar tus movimientos afiliatorios es recomendable presentar los movimientos afiliatorios como se presentaban anteriormente (y que se siguen presentando) a falta del IDSE, el IMCP hace una recomendación a los patrones para presentarlos en este esquema:
IMSS/ Presentación de movimientos afiliatorios por interrupciones del servicio (IDSE)
La Comisión Representativa del IMCP ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) les informa que debido a la interrupción del servicio, se recibirán sus movimientos afiliatorios en la Subdelegación de control de su registro patronal, mediante dispositivo magnético con guía 400 o avisos en papel, AFIL-02 Aviso de Inscripción del Trabajador, AFIL-03 Aviso de modificación de salario del Trabajador o AFIL-04 Aviso de Baja del trabajador, sin restricción de número de avisos.
Programa para generar Movimientos Afiliatorios DISPMAG y su Presentación en el IMSS
Entrega de dispositivo, listado de respaldo y Forma AFIL-10 “Aviso para presentar reingresos, modificaciones y bajas mediante Dispositivo Magnético. El patrón recibe dispositivo magnético, reporte de movimientos operados, reporte de errores, cifras control y factura.
Las altas, reingresos y bajas se deberán presentar en un plazo máximo de 5 días hábiles. En los dos primeros casos, a partir del inicio de la relación de trabajo. En el tercer caso a partir del día siguiente del término de la relación de trabajo.
Las modificaciones de salario deberán presentarse en los siguientes plazos:
- Tratándose de salarios fijos en un plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha en que cambie el salario. También podrán presentarse el día hábil anterior al que surte efectos la modificación.
- Para salarios variables, dentro de los primeros 5 días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.
- En caso de salarios de naturaleza mixta, si es el elemento variable el que se modifica, dentro del plazo previsto en el párrafo anterior; cuando sea el elemento fijo, dentro de un plazo de 5 días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió el cambio. También se pueden presentar un día hábil anterior al cambio. El patrón deberá presentar un dispositivo por cada registro patronal.
Descargas el Software: Instalador DISPMAG v1.2.
Documentos que te podrían servir para utilizar el DISPMAG:
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