Continúan el envió de carta invitación del SAT y lamentablemente, en ciertos casos, los contribuyentes se encuentran en esta situación debido a la omisión en la cancelación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de tipo ingreso o los recibos de nómina.
Cancelaciones adecuadas de CFDI
En relación con este asunto, es importante destacar que, según lo establecido en el artículo 6, primer y segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, es necesario aplicar las normativas y procedimientos vigentes para abordar las cancelaciones adecuadas de los CFDI para evitar invitación del SAT.
Artículo 6o.- Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran.
Dichas contribuciones se determinarán conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su causación, pero les serán aplicables las normas sobre procedimiento que se expidan con posterioridad.
Es decir el contribuyente no puede cancelar CFDI anteriores al ejercicio de 2023, motivo por el cual no se puede corregir el origen.
Por lo tanto, debemos llevar a cabo la aclaración tal como se especifica en la carta de invitación que hemos recibido.
Además, la autoridad competente señala en su guía de llenado del CFDI que los procedimientos descritos para completar este documento no reemplazan las normativas fiscales aplicables para determinar los impuestos que correspondan.
Página 4 de la guía de llenado del CFDI versión 3.3
Invitación del SAT: Disposiciones Legales y Procedimientos Establecidos
Tal como lo subraya la autoridad competente, es imperativo seguir las disposiciones fiscales vigentes para la determinación precisa del impuesto correspondiente.
Adicionalmente, es importante señalar que la autoridad está aplicando el procedimiento definido en la pregunta 12 de la guía de llenado del CFDI versión 3.2. Este procedimiento se emplea para identificar discrepancias, determinar diferencias y enviar cartas invitación del SAT a los contribuyentes.
Conclusión
En conclusión, se continúan emitiendo Cartas Invitación del SAT, y en algunos casos, los contribuyentes enfrentan esta situación debido a omisiones en la cancelación de CFDI de ingreso o recibos de nómina. Es importante recordar que, según el artículo 6 del Código Fiscal de la Federación, las contribuciones se determinan conforme a las disposiciones vigentes al momento de su causación, y se aplican las normas de procedimiento posteriores.
Dado que no se pueden cancelar CFDI anteriores al ejercicio de 2023 y que la guía del CFDI no sustituye las disposiciones fiscales, se recomienda encarecidamente realizar conciliaciones de ingresos para demostrar que no existen diferencias en la determinación del impuesto y así mantener un cumplimiento adecuado con la autoridad fiscal.
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