Las obligaciones a cumplir ante el IMSS es el envio de informes cuatrimestrales a traves del ICSOE, por estar registrado en el REPSE. Las personas físicas o morales inscritas ante el REPSE (registro público de servicios especializados) deben de cumplir con él envió de la información establecida en el artículo 15-A de la Ley del Seguro social, que consiste en el reporte cuatrimestral de los contratos correspondientes.
El seguro social está enviando a las personas registradas en el REPSE el siguiente correo electrónico.
De acuerdo a lo anterior se debe de cumplir dentro del periodo del primero al 17 de septiembre de 2021 con la obligación de la declaración informativa del 24 al 30 de abril (primer cuatrimestre) y mayo a agosto (segundo cuatrimestre), esta obligación se debe de cumplir en el aplicativo ICSOE del IMSS.
Las sanciones por incumplimiento están establecidas en el artículo 304 A y 304 B de la Ley del Seguro Social.
Artículo 304 A. Son infracciones a esta Ley y a sus reglamentos, los actos u omisiones del patrón o sujeto obligado que se enumeran a continuación:
XXII. No presentar o presentar fuera del plazo legal establecido, la información señalada en el artículo 15 A de esta Ley.
Artículo 304 B. Las infracciones señaladas en el artículo anterior, se sancionarán considerando la gravedad, condiciones particulares del infractor y en su caso la reincidencia, en la forma siguiente:
IV. Las previstas en las fracciones I, II, XII, XIV, XVII, XX y XXI, con multa equivalente al importe de veinte a trescientas cincuenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.
V. La prevista en la fracción XXII, con multa equivalente al importe de 500 a 2000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

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