Guía personas físicas régimen intermedio del SAT: Conozca requisitos, derechos y obligaciones

Publicado Actualizado por ContadorMx 2 min de lectura

 
Las personas físicas que pueden tributar en el régimen intermedio de las actividades empresariales son las que obtengan ingresos por realizar exclusivamente ciertas actividades empresariales, por ejemplo: quienes tengan tiendas de abarrotes, de ropa, restaurantes, farmacias, tlapalerías, talleres mecánicos, estéticas, fondas, papelerías, jardines de niños, entre otros.

Podrán tener esta opción siempre que no hayan optado por pagar sus impuestos en el régimen General de las Actividades Empresariales o en el régimen de Pequeños Contribuyentes, y que además cumplan con los siguientes requisitos:

  • Que sus ingresos en 2011 no hayan excedido de cuatro millones de pesos.
  • Si inician actividades en 2012, solo si estiman que sus ingresos ese año no excederán del monto referido.
  • Que los ingresos por actividades empresariales representen por lo menos 90 % del total de los ingresos, sin incluir, en su caso, sueldos y salarios percibidos.
  • Si su negocio es de varios copropietarios, que los ingresos que obtengan todos en conjunto no excedan de cuatro millones de pesos.
  • Si son integrantes de personas morales del régimen simplificado, que sus ingresos en 2011 no hayan excedido de 10 millones de pesos.

¿Qué es lo primero que deben hacer?

Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y obtener su Firma Electrónica Avanzada (FIEL) y su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC).

¿Cómo inscribirse en el RFC del SAT y obtener tu FIEL y tu CIEC?
Para saber esto y mucho más, puedes descargar la guía completa en PDF que emitió el SAT desde el siguiente enlace: ➡ http://m.sat.gob.mx/fichas_tematicas/pago_referenciado/Documents/gingresosactempres_regimenintermedioDyP_06062013.pdf.

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1 comentario en «Guía personas físicas régimen intermedio del SAT: Conozca requisitos, derechos y obligaciones»

  1. Las personas físicas que se encuentran en el régimen intermedio, al suspenderse en el SAT también deben suspenderse en Hacienda del Estado? o únicamente procede la suspensión ante el SAT y automáticamente se suspende en Hacienda del Estado (Veracruz)

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