Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el formato 32 oficial para la solicitud de devolución de impuestos de personas físicas y morales. Con este formato puedes solicitar saldos a favor o pago de lo indebido de ISR, IVA, IETU, IEPS, IDE, entre otras contribuciones. Se debe atender lo siguiente:
Por disposición oficial, a partir del 2 de febrero de 2012, solo se recibirán en las administraciones locales de servicios al contribuyente los siguientes trámites:
- Solicitudes de devolución iguales o menores a $13,970.00 de personas físicas que no cuenten con firma electrónica avanzada, cuyo origen sea “saldo a favor” o “pago de lo indebido”.
- Solicitudes de devolución de personas físicas y morales cuyo origen sea una “resolución o sentencia”. En estos casos, puedes solicitar el apoyo del personal de los módulos de servicios al contribuyente, pero es necesario que acudas personalmente, tú o tu representante legal, ya que la solicitud debe firmarse de manera presencial.
Nota: Esta medida aplica desde febrero de 2012. Habrá que esperar la actualización del nuevo monto permitido para este trámite presencial.
Los demás contribuyentes deberán hacer su trámite a través del formato electrónico de devoluciones disponible en Mi portal, usando la clave CIEC para autentificación y FIEL para firmar y enviar la solicitud.
Comentario final
El formato 32 es una herramienta útil para solicitar devoluciones de impuestos, ya sea por saldo a favor o pago indebido. Dependiendo del monto y de tu situación, puedes hacerlo de forma presencial o electrónica. Asegúrate de contar con tu firma electrónica vigente y de seguir los lineamientos establecidos por el SAT. Estar al tanto de estos requisitos te ayudará a agilizar el proceso.
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