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Si quieres asegurarte de que tus aportaciones a tu cuenta para el retiro se hacen de manera correcta, tienes derecho a exigir que el patrón te entregue el comprobante en el que avala que tus aportaciones se están pagando.

Siempre es positivo verificar que tu patrón te tenga dado de alta con tu sueldo completo, ya que, de no hacerlo, el único afectado serás tú. Si percibes un salario menor al real en tu cuenta de aportaciones, ya sea de ahorro para el retiro o de Infonavit, te perjudicas al momento de solicitar un crédito para vivienda, porque el monto otorgado será menor al que realmente te corresponde. Aún más grave: si llegas a retirarte, el monto acumulado también se calculará con base en esas aportaciones incompletas.

El derecho a exigir al patrón estos comprobantes se basa en la siguiente jurisprudencia:

Fondo de Ahorro para el Retiro. El patrón tiene la obligación de entregar al trabajador los comprobantes de las aportaciones relativas.

Registro no. 165547
Localización: Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXXI, enero de 2010
Página:
1941
Tesis: I.6o.T. J/102
Jurisprudencia
Materia(s):
laboral

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Fondo de Ahorro para el Retiro. El patrón tiene la obligación de entregar al trabajador los comprobantes de las aportaciones relativas.
El Sistema de Ahorro para el Retiro es un esquema de pensiones que prevé el fortalecimiento de la participación estatal y busca estimular el ahorro de los trabajadores al contemplar aportaciones voluntarias a las cuentas individuales. Así, dicho esquema tiene como finalidad prever que las aportaciones de los trabajadores, patrones y del Estado sean manejadas a través de cuentas individuales, propiedad de los trabajadores, con el fin de acumular saldos, mismos que se aplicarán para fines de previsión social o para la obtención de pensiones. Ahora bien, la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y su reglamento prevén un procedimiento para la solicitud del retiro de aportaciones, y es a las instituciones bancarias a quienes corresponde efectuar la entrega de aquellas que se encuentran en cada cuenta individual una vez que se den las condiciones que la ley establece para ello. Por tanto, resulta evidente que si los patrones tienen la obligación de efectuar aportaciones para el fondo de retiro de sus trabajadores, también deben entregar los comprobantes respectivos, para que aquellos, llegado el momento, estén en condiciones de dar inicio al procedimiento de solicitud del fondo de retiro.
Sexto Tribunal Colegiado en materia de trabajo del Primer Circuito.
Amparo directo 9636/2002. Ana María Meseguer Morales. 17 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Bello Sánchez. Secretaria: Iveth López Vergara.
Amparo directo 9646/2002. Martha Eugenia Trápaga Prior. 17 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Bello Sánchez. Secretaria: Iveth López Vergara.
Amparo directo 10926/2002. Universidad Nacional Autónoma de México. 21 de noviembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: Citlalin Carlock Sánchez.
Amparo directo 3886/2007. Maquinaria Ligera Equinter, S.A. de C.V. 17 de mayo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Bello Sánchez. Secretario: Miguel Barrios Flores.
Amparo directo 815/2009. Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. 24 de septiembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: José Antonio Márquez Aguirre.

Fuente: SCJN.

   

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