Recientemente publicó el SAT la eliminación del beneficio para empresas certificadas o también conocidas como IMMEX, para disminuir los plazos preferenciales en la solicitud de devolución de saldos a favor de IVA e IEPS, esto se dio a conocer en la 2da modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 derogando la regla 2.3.5.
A pesar de la situación económica que se vive en México, el gobierno federal decidió derogar beneficios para las empresas certificadas en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad IVA e IEPS, entre ellos el de plazos preferenciales de 10, 15 y 20 días dependiendo del rubro de certificación para la obtención de la devolución de saldos a favor de IVA.
En el presente artículo hablaremos de los beneficios vigentes para las empresas certificadas y los principales beneficios derogados.
Beneficios vigentes para empresas certificadas (IMMEX)
El día 24 de Julio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas de Comercio Exterior para 2020” (RMRGCE 2020), la cual muestra cambios significativos con relación a la versión anterior; en la regla 7.3.1 “Beneficios del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de IVA e IEPS”, únicamente quedan vigentes 5 beneficios, los cuales detallamos a continuación:
- Utilizar el crédito fiscal para IVA e IEPS.
- Las empresas con programa IMMEX de los sectores eléctrico o electrónico, de autopartes y aeronaves podrán gozar del beneficio de despacho conjunto.
- Las empresas con programa IMMEX en la modalidad de servicios podrán efectuar el cambio de régimen temporal a definitivo de las partes y componentes importados temporalmente, que le hubieran transferido a una empresa de la industria de autopartes.
- Las empresas con Programa IMMEX que bajo su Programa fabriquen embarcaciones de recreo y deportivas, del tipo lancha, yate o velero de más de cuatro y medio metros de eslora, podrán realizar la entrega de dichas mercancías en territorio nacional a extranjeros o mexicanos residentes en territorio nacional o en el extranjero, para su importación temporal.
- Las empresas de la industria de autopartes podrán registrar en su sistema de control de inventarios las mercancías que enajenaron a las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte
Beneficios eliminados para empresas certificadas (IMMEX)
A continuación, presentamos los principales beneficios que desaparecen en materia de Certificación de Empresas en la modalidad IVA e IEPS:
- Devolución de Iva en plazos preferenciales dependiendo del rubro de la certificación (10,15 y 20 días).
- Inscripción de manera inmediata en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.
- La NO suspensión automática en el registro del Padrón de importadores y/o Padrón de exportadores sectorial, proporcionando plazos para subsanar o desvirtuar la causa de la suspensión.
- Plazo de 60 días para la corrección de posibles omisiones o irregularidades posterior al despacho de mercancías.
- Se exime la obligación de proporcionar “manifestaciones de valor”.
- Plazo de 60 días a partir de la fecha de la notificación del acta de inicio del PAMA, para sustituir el embargo precautorio de las mercancías.
- Plazo de hasta 36 meses para la importación de mercancías temporales.
- Plazo de 3 meses para la rectificación de pedimentos.
- Presentación de pedimentos de manera manual.
Vigencia de disminución de plazos en devoluciones de IVA e IEPS (IMMEX)
La SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 publicada el día 24 de Julio de 2020 en su cuarto transitorio establece:
“Los contribuyentes con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas modalidad IVA e IEPS, otorgada con anterioridad a la entrada en vigor de la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020 (25 de Julio de 2020), podrán seguir aplicando el procedimiento de la regla 2.3.5. de la RMF, publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2019, hasta la fecha de vigencia que indique el último oficio en que se le notificó su registro, siempre que sigan cumpliendo con los requisitos y las obligaciones establecidas en las Reglas Generales de Comercio Exterior.”
En otras palabras, las certificaciones obtenidas con anterioridad al 25 de Julio 2020 gozarán de los beneficios establecidos, entre ellos la disminución de plazos para la obtención de saldos a favor de IVA en devolución hasta la vigencia de su certificación.
Conclusiones
Al derogar los beneficios de reducción de plazos para la solicitud de saldos a favor de IVA, las empresas certificadas se podrán ver afectadas en sus flujos de efectivo, por lo que recomendamos realizar proyecciones financieras y en función de estas planear la situación fiscal de la empresa, así como también durante el transcurso del mes en el que se generaran los saldos a favor ir recabando la documentación que pudiera ser requerida por la Autoridad para que de esta manera se pueda proporcionar en menor tiempo y acortar los plazos de la devolución.
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- Contador Público egresado de la Universidad del Valle de Atemajac, con más de 14 años de experiencia como Auditor Externo, Asesor Fiscal y
- Contralor Financiero en firmas BIG 4 y empresas transnacionales en giros de manufactura, comercialización, desarrollo de software, hotelería entre otros.
- Se desempeña como socio fundador de la firma de asesoría integral Tax ID, donde se atienden clientes extranjeros y nacionales de diferentes tipos de industrias.
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