El SAT permitirá a los contribuyentes continuar utilizando el CFDI 3.3 hasta el 31 de diciembre de 2022, pudiendo ir implementando la versión 4.0 durante 2022. Si no otorga una nueva prórroga, los contribuyentes estaremos obligados a emitir el CFDI con la versión 4.0 a partir del 1ro de enero de 2023.
Esto según lo publicado en la 5ta modificación a la RMF 2022, en el décimo séptimo artículo transitorio:
Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.
Exigencia del CFDI 4.0 de clientes
Si bien no se está obligado como contribuyente el emitir el CFDI con la nueva versión 4.0 del SAT, los clientes han modificado sus sistemas de facturación electrónica o su ERP ante el inminente cambio, para procesar las facturas con dicha versión, por lo que los proveedores de este deben adaptarse ante a estas adecuaciones.
Cambios del CFDI 4.0 (nuevos campos)
Como hemos explicado anteriormente, el principal cambio en los CFDI y el que genera mas complicaciones es la validación de la información que se envía por parte del emisor, la cual se obtiene del receptor, la cual podría ser errónea al momento de querer emitir el comprobante.
Los campos por validar de receptor son los siguientes:
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Nombre o razón social.
- Código postal.
Otro de los datos adicionales pero que aún no se valida al momento de la emisión del CFDI 4.0 es el régimen fiscal del emisor el cual también es un nuevo campo por llenar.
Estos datos los puede proporcionar fácilmente el receptor del CFDI (cliente), pero se ha hecho costumbre por parte del emisor el exigir la Constancia de Situación Fiscal del SAT, lo cual puede crear un cuello de botella en el flujo de facturación de una empresa.
Objeto del Impuesto (concepto a facturar)
Es importante que el emisor se asesore para conocer si su actividad es “Objeto de Impuesto”, para definir la selección dentro del catálogo del SAT las siguientes opciones:
- No objeto de impuesto.
- Sí objeto de impuesto.
- Sí objeto del impuesto y no obligado al desglose.
Otros cambios del CFDI 4.0
- El campo “Exportación”, donde deberá señalarse si el comprobante corresponde a una operación de exportación definitiva o temporal.
- Los campos “Periodicidad”, “Meses” y “Año”, para efectos de la emisión de las facturas globales.
- Elemento ACuentaTerceros, el cual sustituye al “Complemento Concepto PorCuentadeTerceros”
Implementa el CFDI 4.0 antes de finalizar 2022
Lo más recomendable es ir haciendo pruebas en la emisión del CFDI 4.0, incluso asignar una nueva serie para diferencias entre versiones utilizadas (3.3 o 4.0), esto servirá identificar errores, medir tiempos de expedición si se hace de forma manual y cuando se tengan controlados los posibles contratiempos cambiar de forma definitiva toda la operación a la versión 4.0 del CFDI.
Ante la duda capacítate
El CFDI 4.0 es un cambio importante para todo el sistema fiscal, ya que no solo se trata de agregar información al XML que se envía al SAT, sino que el Contribuyente, Contador Público, Administrador debe entender el porqué de dichos cambios y en qué parte de la Contabilidad, Impuestos u obligaciones repercuten estos comprobantes fiscales (emitidos y recibidos).
Es común que existan circunstancias especiales al momento de emitir cualquier comprobante fiscal al SAT, esta situación causa incertidumbre para el contribuyente o encargado del área de facturación electrónica.
Por lo que recomiendo ampliamente acceder a una capacitación especializada, para conocer la forma correcta de emitir el CFDI 4.0 y los puntos finos a cuidar como Contribuyente, respecto a la emisión de CFDI de Ingresos, Egreso, Retenciones, Pagos o Nómina.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
EXCELENTE ARTICULO FELICIDADES.
Hola! se que este tema ya es muy viejo pero dentro de los cursos que he tomado no he visto la pregunta y me causa duda estarlo haciendo mal, dentro de contabilidad electrónica la forma de pago 28 (débito) no existe, solo es para CFDI, entonces cual es la clave que debo escoger para contabilidad electrónica cuando me paguen o pague con débito?