Un punto muy importante a considerar es la obligación de presentar dictamen fiscal, sin embargo existe una facilidad administrativa considerada en la Resolución Miscelánea Fiscal que establece que no habrá obligación cuando no hubieran recibido ingresos (incluyendo donativos) en una cantidad igual o menor a $2, 000, 000 de pesos.
A continuación enumeramos las Obligaciones Fiscales que tiene una Donataria Autorizada por el SAT:
Obligaciones de las Donatarias para el Ejercicio 2014
- Presentar la información relativa a la transparencia y al destino de los donativos recibidos en los dos ejercicios inmediatos anteriores, o correspondientes al ejercicio fiscal anterior. Fecha de Presentación de la Obligación: Durante todo el mes de agosto y septiembre.
- Aviso Anual de las donatarias autorizadas, donde declaran, “bajo protesta de decir verdad”, seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones fiscales para continuar con ese carácter. Fecha de Presentación de la Obligación: Durante todo el mes de enero y febrero.
- Declaración informativa de pagos efectuados a residentes en el extranjero. Fecha de Presentación de la Obligación: A más tardar el día 15 de febrero.
- Declaración informativa de donativos otorgados. Fecha de Presentación de la Obligación: A más tardar el día 15 de febrero.
- Declaración anual por ingresos obtenidos y erogaciones efectuadas. Fecha de Presentación de la Obligación: A más tardar el día 15 de febrero.
- Dictamen Simplificado emitido por contador público autorizada conforme al calendario establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal y Artículos Transitorios del Código Fiscal de la Federación. Fecha de Presentación de la Obligación: Conforme al calendario establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal y Artículos Transitorios del Código Fiscal de la Federación (junio)
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Obligaciones de las Donatarias que quieran presentar una Renovación en 2015
- Presentar la información relativa a la transparencia y al destino de los donativos recibidos en los dos ejercicios inmediatos anteriores, o correspondientes al ejercicio fiscal anterior. Fecha de Presentación de la Obligación: Durante todo el mes de agosto y septiembre.
- Aviso Anual de las donatarias autorizadas, donde declaran, “bajo protesta de decir verdad”, seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones fiscales para continuar con ese carácter. Fecha de Presentación de la Obligación: Durante todo el mes de agosto y septiembre.
- Declaración informativa de pagos efectuados a residentes en el extranjero. Fecha de Presentación de la Obligación: A más tardar el día 15 de febrero.
- Declaración informativa de donativos otorgados. Fecha de Presentación de la Obligación: A más tardar el día 15 de febrero.
- Declaración anual por ingresos obtenidos y erogaciones efectuadas. Fecha de Presentación de la Obligación: A más tardar el día 15 de febrero.
Nota: En la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx en el apartado de donatarias y donaciones, podrá localizar el directorio de autoridades, con los datos de contacto en cada caso que pueden emitir este documento de acuerdo con la actividad que desarrolle la organización civil.
Fuente: SAT
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Eso quiere decir que el aviso anual de transparencia ya no será en noviembre y diciembre? así como las renovaciones ya no serán en enero y febrero? así es como será ya para 2015?